Resolución 107/2026

Resolución 107/2026
Fecha: 
26/02/2026
Número de Resolución: 
107/2026

La oferta de la recurrente es anormalmente baja por lo que se tramita el procedimento establecido en el artículo 149 de la LCSP. Cuando presenta la justificación para acreditar la viabilidad de su oferta, alega que el importe ofertado es por una anualidad por lo que al ser el contrato por dos años, su oferta real es del doble. No se pueden aceptar las pretensiones de la recurrente, pues ni de los pliegos ni de la oferta presentada puede deducirse que los importes ofertados vayan referidos a un año. 

Número de Expediente: 
065/2026
Tipo de Contrato: 
Tipo de Resolución: 
Objeto: