Resolución número 444/2024
Renuncia. No está motivado el interes publico que no queda demostrado en la renuncia acordada.
Renuncia. No está motivado el interes publico que no queda demostrado en la renuncia acordada.
Presupuesto base de licitación. Costes salariales. No queda acreditado que el presupuesto base de licitación sea insuficiente de tal forma que impida incumplir las obligaciones sociales o laborales de los trabajadores.
Planes de igualdad. Recurso contra adjudicación por no disponer el adjudicatario plan de igualdad inscrito a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas. Desestimación. La inscripción es posterior, pero los efectos que constan en el REGCON son de fecha anterior. En cualquier caso, se aplicaría doctrina del self cleaning siendo válida la inscripción del plan con posterioridad a la fecha de fin de ofertas.
Actos no recurribles. Inadmisión por cuantía. Artículo 44.1.c) de la LCSP.
Actos no recurribles. Inadmisión por cuantía.
Plan de Igualdad. La acreditación de la tenencia de un Plan de Igualdad a los efectos de la adjudicación de contratos del Sector Público se acreditará con el certificado de inscripción en el Registro y Depósito del Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad o la documentación acreditativa del trascurso del plazo del silencio administrativo Positivo.
Inadmisión de recurso interpuesto contra admisión de documentación técnica y valoración de criterios juicio valor efectuados por la Mesa, acto no recurrible.
Allanamiento. Estimación de recurso contra acto de exclusión de oferta incursa en presunción de temeridad por insuficiente motivación. Allanamiento del órgano de contratación a las pretensiones de la recurrente.
Plan de igualdad. El recurrente manifiesta que el adjudicatario no cumple con lo establecido en el art. 71,1d) por lo que se encuentra en prohibición de contratar. Se estima, anulando adjudicación y retrotrayendo para subsanación de la documentación invalida que la mesa de contratación había aceptado
Inadmisión por cuantía.