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Me iba a casar este pasado mes de abril, pero con la situación de confinamiento del coronavirus no he podido hacerlo. La empresa del traje me dice que ya estaba confeccionado y debo pagar. ¿Eso es correcto?
Sí, normalmente, en el caso de los productos que son confeccionados a medida del consumidor, no existe derecho de devolución ni desistimiento una vez la prenda esté acabada. Si ha aplazado la boda, puede intentar negociar con el establecimiento, para que le incluya en el precio los nuevos arreglos que tengan que hacerle cuando finalmente se case.
¿Puedo probarme ropa en los probadores de una tienda? ¿Está permitido?
Sí, pero debe tener en cuenta que solo podrá entrar una persona y han de ser desinfectados de forma frecuente. De la misma manera, la ropa que los usuarios se prueben deberá ser entregada al establecimiento para que se pueda higienizar antes de que sea facilitada a otros clientes.
Puede consultar más información sobre compras durante la nueva normalidad en el siguiente reportaje.
¿Qué entendemos por venta de saldos?
Se trata de la venta de productos cuyo valor de mercado ha disminuido porque están defectuosos, deteriorados, obsoletos. El comerciante debe especificar que los saldos son tales e indicar el tipo de defecto del producto.
Los establecimientos que habitualmente se dediquen a la venta de saldos, deben señalizarlo expresamente y de forma clara en el exterior.
Un establecimiento anunciaba una crema en promoción. Pero cuando fui a comprarla, el dependiente me dijo que estaban agotadas las existencias. ¿Puedo exigir que me proporcionen una?
En principio, el comerciante debe disponer de existencias suficientes para hacer frente a esa oferta o promoción anunciada.
No obstante, si llegaran a agotarse durante el tiempo que dura la promoción, el comerciante deberá hacerle una reserva manteniendo las condiciones y precio de la oferta, y, si finalmente no fuera posible entregarle el producto, deberá ofrecerle uno de similares condiciones y características.
Compré un televisor nuevo durante las rebajas y en la tienda me dijeron que, al ser más barato, sólo tiene una garantía de un año. ¿Es legal?
No. Haya rebajas o no, la garantía es igualmente de dos años a contar desde el momento en que se entrega el producto. Si usted compra, por ejemplo, un televisor rebajado que no funciona bien, está en su derecho de exigir el cumplimiento de la garantía. Los comerciantes no pueden anular la garantía de un producto con la excusa de que está rebajado.
Compré un televisor nuevo durante las rebajas y en la tienda me dijeron que, al ser más barato, sólo tiene una garantía de un año. ¿Es legal?
No. Haya rebajas o no, la garantía es igualmente de dos años a contar desde el momento en que se entrega el producto. Si usted compra, por ejemplo, un televisor rebajado que no funciona bien, está en su derecho de exigir el cumplimiento de la garantía. Los comerciantes no pueden anular la garantía de un producto con la excusa de que está rebajado.
Compré un artículo durante las rebajas y lo quiero devolver dentro del plazo que se especifica en el tique. Sin embargo, no admiten la devolución en la tienda porque el producto es rebajado.
Aunque el producto esté en rebajas, si el tique de compra especifica que se admiten devoluciones, la tienda debe admitirlas.
Algunos comercios suelen admitir la devolución de los artículos a lo largo de todo el año, excepto aquéllos comprados en rebajas. Esto puede hacerse siempre que la información al público sea clara.
Si compro un producto fuera de la Unión Europea, ¿me cubre la garantía igual que en España? ¿A quién tengo que reclamarlo?
De acuerdo con la normativa europea, la garantía del producto la otorga el vendedor, por lo que en este caso, el consumidor debe reclamar a la tienda donde lo adquirió, a través del Centro Europeo del Consumidor en España.
Existen muchos productos en los que el fabricante da una garantía comercial. Conviene leer las condiciones para saber si puede ejercitarla en España.
Llevé un producto defectuoso a la tienda donde lo compré y me indicaron que ellos no daban la garantía sobre el producto, sino que lo hacía el fabricante. ¿Puede la tienda desentenderse de cumplir con las condiciones que figuran en la garantía?
No. Es el vendedor quien responde ante el consumidor de la conformidad del bien vendido, en consecuencia, es la tienda donde lo adquirió la que responde de la conformidad del producto, que en este caso, por ser nuevo, tiene una garantía de dos años.
He ido a devolver unos zapatos que he comprado esta misma mañana. La tienda admite la devolución, pero dice que, a cambio, no me da mi dinero, sino un vale que caduca en seis meses. ¿Puede hacerlo?
Sí. Las tiendas pueden establecer las condiciones en las que admiten la devolución de productos, que deberán estar indicadas en el tique o en carteles.

