Aplicación de la garantía de una lavadora
El consumidor:
Un mes después de comprar una lavadora en un establecimiento, comprueba que la lavadora no coge el suavizante, por lo que da aviso del incidente. El vendedor envía el servicio técnico a su domicilio. Tras revisar la lavadora, el técnico informa de que esta no tiene ningún fallo y pide al consumidor que le abone 49,11 euros por la visita. El consumidor se niega, alegando que la lavadora está en periodo de garantías y el servicio técnico, ante su negativa a pagar, le anula la garantía que tenía contratada. El consumidor reclama la reparación del aparato de manera gratuita ya que se encuentra en garantía.
La empresa:
Asegura que la visita tiene que pagarla, ya que la lavadora tenía un funcionamiento correcto y no presentaba ninguna avería. En referencia a la anulación de la garantía, defiende que cuando un cliente no abona la factura pierde la garantía del fabricante, no la que por ley tiene con el vendedor. Por ello, afirman que la garantía permanecerá suspendida hasta que el cliente abone los 49,11 euros de la visita del técnico.
El colegio arbitral:
Estima la reclamación del consumidor, ya que la garantía debe incluir todos los costes que conlleve la reparación del producto.