
Autorizaciones de transporte regular de viajeros de uso especial
Te habilitan para realizar rutas de escolares, trabajadores y usuarios de centros y servicios.
La autorización de transporte regular de viajeros de uso especial es necesario para realizar transporte regular interurbano de grupos homogéneos y específicos de usuarios (escolares, estudiantes, trabajadores y usuarios de centros y servicios) en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Información general
Para realizar transporte regular de viajeros de uso especial debes ser titular de una autorización de transporte público de viajeros correspondiente y tener suscrito un contrato con el centro de actividad para la prestación del servicio.
Para el transporte escolar, el autobús deberá haber obtenido una habilitación previa de la Comunidad de Madrid para realizar este tipo de transporte. Tanto la renovación de la autorización como la habilitación de los vehículos deberá hacerse cada curso escolar, comenzando éste el 1 de septiembre de cada año.
Requisitos de la autorización
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Como titular:
- Tendrás que ser persona física o jurídica con nacionalidad española o de un Estado Miembro de la Unión Europea.
Tus vehículos:
- Deberán estar adscritos a la autorización de transporte público de viajeros correspondiente.
- En el caso de transporte escolar interurbano en vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, deberán estar habilitados por la Comunidad de Madrid. Entre otros requisitos, habrán de cumplir las condiciones de seguridad exigidas y tener una antigüedad, al inicio del curso escolar, no superior a diez años desde su primera matriculación, o no superior a dieciséis cuando cumplas los requisitos establecidos en la normativa (artículos 3 y 4 del reglamento enlazado).
Además, deberás:
- Tener suscrito el contrato con el cliente, que son los usuarios del servicio o sus representantes.
- Acreditar la disponibilidad de los medios materiales necesarios para la prestación del servicio
- Si haces transporte escolar, tener cubierta la responsabilidad civil obligatoria por los daños que puedas causar con ocasión del transporte.
Si quieres ver más detalles, accede a este enlace.
¿Con quién se puede contratar?
Podrás acordar la realización del transporte con los representantes de los usuarios a través del correspondiente contrato.
Se consideran representantes de los usuarios, las personas que, en base a su específica posición respecto a éstos, asuman la relación con el transportista, tales como órganos administrativos competentes sobre centros escolares, propietarios o directores de colegios o centros de producción, representantes de asociaciones de padres de alumnos o de trabajadores, u otros similares.
¿Qué rutas se autorizan?
Las rutas interurbanas, ya que las de ámbito urbano son de competencia municipal (aquellas que transcurran por un solo municipio).
En el contrato se especificará la ruta o rutas a seguir, con expresión de horarios, los puntos de origen y destino y paradas, así como los vehículos con los que se vaya a prestar el servicio.
Tramitación de solicitudes

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Estado de su Solicitud
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