
Autorizaciones, licencias y permisos en materia de carreteras
Ponemos a tu disposición distintas vías para tus gestiones en la obtención de permisos, tramitación de expedientes, pago de tasas o reclamaciones en materia de carreteras.
Autorización de obras, instalaciones y accesos en las zonas de dominio público y protección de las carreteras regionales
Debes comenzar por presentar la solicitud, bien por internet o presencialmente descargando en esta página el impreso, según te indicamos más abajo.
La documentación requerida es la que figura en la solicitud y cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”
La Dirección General de Carreteras examinará la documentación presentada y requerirá al interesado información complementaria, si fuera necesario.
Una vez estudiada la solicitud, el Servicio responsable del procedimiento elevará al Director General de Carreteras e Infraestructuras de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras el expediente para la resolución que proceda. En ella se fijarán las condiciones en que se otorga la autorización o los motivos por los que la misma se deniega.
Las autorizaciones llevan implícito el pago de la tasa correspondiente conforme a la Ley de Tasas de la Comunidad de Madrid, así como el depósito del aval para garantizar la correcta ejecución de las obras y responder de los daños que pudieran ocasionarse en la carretera. Dicho importe se notificará mediante el medio elegido en su solicitud original (telemáticamente o correo certificado), que deberá hacerse efectivo en el plazo de los QUINCE DÍAS siguientes a la notificación.
Una vez finalizadas las obras y el plazo de garantía de las mismas, se procederá a la cancelación del aval depositado.
El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será de cinco meses.
¿Cuales son los trámites que requieren autorización?
Requiere autorización cualquier obra, instalación o actividad que se lleve a cabo en las zonas de dominio público y/o protección de las carreteras de la red de la Comunidad de Madrid, conforme a la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
Obtención y presentación de solicitudes
Las solicitudes se pueden presentar via telemática o de forma presencial.
Si deseas realizar la gestión por Internet...
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid. Ten preparada toda la documentación que desees presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se ofrece la posibilidad de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando estés dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid y autorizado la consulta de determinados documentos, eximiéndote de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrás aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.

Accede aquí para tramitar tu solicitud via internet
Y si prefieres ir personalmente...
Puedes presentar tu solicitud en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Forma de pago
El pago podrá realizarse a traves del Servicio de Pago de Tasas, Precios Públicos y Otros Ingresos de la Comunidad de Madrid (MODELO 030), eligiendo la modalidad que prefiera para ello (pago con tarjeta, bizum, cargo en cuenta o pago presencial).
En el caso de elegir “pago presencial”, obtendrá una carta de pago en formato PDF con 2 copias de la misma para realizar el pago en cualquiera de las entidades colaboradoras que prestan el servicio de recaudación de la Comunidad de Madrid –Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA); Banco de Sabadell, S.A. (Banco Sabadell); Caixabank, S.A. (Caixabank); y Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito (Cajamar)—. Éste deberá rellenarse indicando: Centro Gestor 405, epígrafe tasa 2300, liquidación, en el apartado servicio que se solicita/motivación liquidación administrativa se hará referencia al nº de expediente arriba referenciado.
IMPORTANTE: Hacer referencia al Número de Expediente en el campo Observaciones del pago de la tasa.
Se abonará en la Caja de Depósitos de la Comunidad de Madrid, mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada a través de la dirección de correo electrónico caja.comunidadmadrid@madrid.org, o bien directamente en una sucursal de CaixaBank presentando los impresos que pueden recoger en Plaza de Chamberí nº 8 (teléfonos 91 420 88 31/32), o bien mediante aval bancario o seguro de caución o cualquier otra fórmula oficial de pago.