Prestaciones de Servicios Sociales
La Atención Social Primaria se desarrolla a través de un conjunto de prestaciones contenidas en la Cartera de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
Las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales tienen carácter universal y son accesibles en las condiciones y términos previstos en la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid y en su normativa específica.
Se orientan a fomentar la autonomía, prevenir la dependencia, promocionar la convivencia, la protección de la infancia, la inserción social y la calidad de vida de las personas, familias y grupos.
Las prestaciones se clasifican, por razón de su naturaleza, en garantizadas y condicionadas.
Prestaciones garantizadas.
- Son prestaciones garantizadas las que así se señalan de manera expresa en la ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o en otras de carácter sectorial.
- Constituyen un derecho subjetivo del usuario o beneficiario, en los términos y con los requisitos establecidos para su concesión.
Prestaciones condicionadas.
Son prestaciones condicionadas las que se hallan sujetas, para su concesión, a la disponibilidad de recursos y a los criterios de prioridad en la asignación que objetivamente se establezcan, y de acuerdo con el principio de igualdad.