¿Qué es la Atención Social Primaria?

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La Atención Social Primaria es el primer nivel de atención del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. Tiene carácter polivalente y ofrece una atención social individualizada, específica, cercana y en el propio entorno de la persona.

Se desarrolla en colaboración con ayuntamientos y mancomunidades, ofreciendo una atención próxima a las personas, las familias y la comunidad.

El equipamiento básico de la Atención Social Primaria es el Centro de Servicios Sociales, dependiente de las entidades locales. El  conjunto de Centros de Servicios Sociales integra la Red de Atención Social Primaria de la Comunidad de Madrid.

En estos centros, los profesionales del Trabajo Social y de otras disciplinas escuchan cada situación, orientan, acompañan y facilitan el acceso a los recursos, prestaciones y servicios más adecuados para mejorar el bienestar y la calidad de vida.

El Sistema Público de Servicios Sociales

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Se define como un servicio público de carácter universal. 

Compuesto por una red integrada de recursos, programas, prestaciones y equipamientos de atención social, de responsabilidad y control público, ejercidos por las Administraciones autonómica y local.

Está organizado en dos niveles de atención:

  •   Atención Social Primaria.
  •   Atención Social Especializada.

Funciones de la Atención Social Primaria

Imagen funciones atención social primaria

Según la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, las funciones de las Atención Social Primaria son las siguientes:

  1. Recepción, detección y análisis de necesidades y demandas sociales en su ámbito de intervención.
  2. Diagnóstico y valoración técnica de situaciones, necesidades o problemas individuales o colectivos, sin perjuicio de lo previsto en el ámbito de la atención y apoyo a la discapacidad y a las personas en situación de dependencia.
  3. Identificación de situaciones y ámbitos sociales de riesgo para el desarrollo de acciones de carácter preventivo y respuesta temprana.
  4. Atención inmediata a personas en situación de riesgo o exclusión social y establecimiento de las acciones más adecuadas de acuerdo con el diagnóstico social.
  5. Atención profesional personalizada en los ámbitos personal, familiar y comunitario, que incluyen la información, valoración y el acompañamiento, así como, si se considera pertinente, el seguimiento y coordinación de otras medidas o prestaciones de Atención Especializada.
  6. Actuación en situaciones de urgencia y emergencia social.
  7. Gestión y seguimiento de prestaciones económicas y servicios de acompañamiento vinculados a ellas.
  8. Fomento de la participación, la solidaridad y la cooperación social.
  9. Emisión de informes sociales, de derivación o que les sean requeridos por vía administrativa o judicial, en relación con la intervención social realizada.
  10. Impulso de proyectos de intervención en los ámbitos grupal y comunitario.
  11. Coordinación con el nivel de Atención Social Especializada, así como con otros sistemas y servicios dirigidos a la promoción del bienestar y la calidad de vida.
  12. Actuación en situaciones de urgencia y emergencia social.