Recuerda: en bares y restaurantes el aceite de oliva siempre en envases no rellenables

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Aceite de oliva cayendo desde un círculo de cristal a una superficie
En bares y restaurantes el aceite de oliva se debe servir en envases con tapón anti-rellenado o en monodosis.

Desde el año 2014, el sector de la hostelería y la restauración colectiva está obligado a cumplir con la normativa que regula la presentación de aceites de oliva en sus establecimientos y que debe hacerse en envases debidamente etiquetados, dotados de un tapón anti-rellenado o en formato monodosis. El motivo es garantizar que el producto que ofrecen al cliente es el que figura en el etiquetado, con el fin de preservar su origen y su calidad.

¿Por qué en envases no rellenables?

Esto se hace para:

  • Evitar el engaño o fraude, garantizando que el aceite consumido corresponde a su categoría (protección de derechos del consumidor)
  • Que el aceite de oliva mantenga sus propiedades y su calidad
  • Que la información obligatoria esté disponible a través de su etiquetado
  • Mejorar la presentación y el envasado higiénico del producto

¿A qué tipos de aceite afecta?

Sólo afecta a los aceites de oliva:

  • Aceite de oliva virgen extra
  • Aceite de oliva virgen
  • Aceite de oliva (contiene exclusivamente aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes)
  • Aceite de orujo de oliva

¿A qué establecimientos afecta?

Esta normativa es aplicable a:

  • Bares y restaurantes
  • Comedores de colegios, de empresa, de hospitales, de hoteles, etc.
  • Servicios de catering

Formatos de los envases de aceite de oliva

El aceite de oliva en restauración al consumidor se puede presentar en dos formatos:

  • Botella con tapón anti-rellenable

Presentaciones de aceite de oliva en restauración en botella a la izquierda y a granel a la derecha

  • Formatos monodosis: sobres, minibotellas, cacitos, etc.

Aceites de oliva en monodosis: pequeños cacitos y minibotellas

¿Cuáles son mis derechos como consumidor si encuentro un formato de aceite de oliva que no cumple la norma?

Si observa un incumplimiento de la norma puede actuar de dos formas:

  • Presentar una hoja de reclamación en el establecimiento
  • Presentar una denuncia de consumo y fraude alimentario, a través del siguiente enlace
Denuncia de consumo y fraude alimentario

Normativa de aplicación

  • Reglamento 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

  • Real Decreto 760/2021, de 31 de agosto, por el que se aprueba la norma de calidad de los aceites de oliva y de orujo de oliva.

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