Comunicación de dispensaciones de medicamentos y sustancias estupefacientes en oficinas y unidades de farmacia
Las oficinas de farmacia y las unidades de farmacia en centros sanitarios deben comunicar anualmente los movimientos de medicamentos y sustancias estupefacientes del 1 al 31 enero del año siguiente.
Aviso: Comunicación de dispensación de medicamentos de uso hospitalario y en envase clínico
Aviso
- Medicamentos de uso hospitalario y en envase clínicoDesde el 23/12/2022 las oficinas de farmacia no tienen que comunicar las dispensaciones de medicamentos calificados de uso hospitalario y en envase clínico.
- ObligaciónDeberán tener la documentación acreditativa de su dispensación a disposición de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria durante 5 años.
Aviso
Comunicación de dispensaciones de medicamentos y sustancias estupefacientes en oficinas y unidades de farmacia
Requisitos para realizar la comunicación
Los titulares propietarios o, en su caso, regentes de la oficina de farmacia y los responsables de las unidades de farmacia en centros sanitarios, a fecha de 31 de diciembre del año objeto de la comunicación anual, deberán:
- Presentar la comunicación anual del 1 al 31 enero del año siguiente, a través de la aplicación Labofar de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
- Disponer de usuario y contraseña de acceso a la aplicación, que le será proporcionado por la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria.
Cómo se comunica
La comunicación se realiza a través de la aplicación Labofar de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios.
En la página web de la AEMPS, las oficinas de farmacia y las unidades de farmacia en centros sanitarios podrán acceder a la aplicación, al manual para la presentación de notificaciones y a los datos de los correos electrónicos a los que deberán dirigir las cuestiones que les puedan surgir en relación a las notificaciones.
Ver más abajo el Listado de sustancias y medicamentos estupefacientes, así como las instrucciones en el manual de notificaciones.
En el caso de que existan discrepancias con el stock final declarado en el año precedente la aplicación no le permitirá continuar la declaración.
Si la declaración corresponde a una oficina de farmacia deberá ponerse en contacto con el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, donde le informarán de los pasos a seguir.
En el caso de corresponder a una unidad de farmacia en centro sanitario deberá dirigirse al correo electrónico estupefacientes@salud.madrid.org con la comunicación de la incidencia, adjuntando documento firmado por el/la responsable de la unidad de farmacia justificativo de las causas por las que se producen las discrepancias con la declaración realizada en el año 2021 y la cumplimentación del archivo excel "Discrepancias".
- Guía Labofar de notificaciones de movimientos de medicamentos estupefacientes
- Discrepancias notificación de stock de medicamentos estupefacientes
- Listado de sustancias y medicamentos estupefacientes
Normativa
- Ley 13/2022, de 21 de diciembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 304, de 22 de diciembre).
- Real Decreto 1675/2012, de 14 de diciembre, por el que se regulan las recetas oficiales y los requisitos especiales de prescripción y dispensación de estupefacientes para uso humano y veterinario (BOE nº 313, de 29 diciembre).
- Real Decreto 717/2019, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente (BOE nº 293, de 6 de diciembre).
Contacto
Área de Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Farmacéuticos
C/ Aduana, 29 - 4ª planta - 28013 Madrid
Teléfonos: 91 426 90 19 / 91 426 92 83