Régimen Jurídico Local: competencias de la Comunidad de Madrid
Acceso a la tramitación de los procedimientos relativos a los expedientes administrativos municipales ante la Comunidad de Madrid.
Funcionarios de Habilitación Nacional (FHN)
Procedimientos de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter Nacional en las entidades locales del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid: Régimen Jurídico. Provisión temporal o definitiva. Creación y designación de puestos reservados.
Consulte a continuación los procedimientos recogidos en el servicio de tramitación digital:
Escudos, banderas y cambio de denominación de municipios
- Autorización para uso de escudos y banderas municipales así como demás símbolos.
- Cambio de denominación de municipios.
Bienes y alteración de términos municipales
- Autorización de enajenaciones, permutas y demás transacciones de bienes inmuebles patrimoniales de los ayuntamientos en caso de exceder el 25% de los recursos ordinarios del presupuesto del Ayuntamiento, así como comunicaciones en caso de no exceder del 25% de los recursos ordinarios.
- Declaración de Urgente Ocupación de bienes o derechos en las expropiaciones forzosas promovidas por los ayuntamientos.
- Alteración de términos municipales, deslindes y resolución de conflictos en estas materias.
Mancomunidades
- Constitución de mancomunidades de municipios para la prestación de servicios propios de la competencia municipal con la aprobación de sus Estatutos.
- Modificación de estatutos de mancomunidades de municipios.
- Adhesión o separación de miembros de una mancomunidad de municipios.
- Disolución de mancomunidades de municipios.
- Declaración de mancomunidad de municipos de interés general.
- Constitución de mancomunidad de municipos de interés general.
Expedientes con intervención de otras administraciones públicas
- Remisión a la comisión jurídica asesora de las solicitudes de dictamen de las entidades locales.
- Procedimiento de solicitud de informes de inexistencia de duplicidades.
- Remisión a la Administración General del Estado de los expedientes municipales sobre convocatoria de consulta popular.
- Envío de actos y acuerdos por parte de las entidades locales.