
Trabajar en Europa: Red EURES
EURES (European Employment Services) facilita información, orientación y colocación a trabajadores y empresarios.
EURES - Servicios Europeos de Empleo
EURES en internet
El Portal Europeo de la movilidad profesional EURES es un portal de servicios para trabajadores que buscan trabajo en algún país europeo, y para empresarios que quieren ampliar su ámbito de búsqueda a Europa.
Seleccionamos a continuación los enlaces más destacados de este portal.
Solicitantes de empleo
Ten en cuenta que...
Para trabajar en cualquier país que integran la red EURES vas a necesitar:
- Pasaporte o DNI en vigor
- Título académico homologado.(consulta información sobre el proceso de homologación- NARIC)
- Curriculum vitae traducido, cartas de presentación y de referencia de otros empleos, títulos académicos y cursos (consulta información sobre el curriculum vitae europeo)
- Tarjeta Sanitaria Europea para asistencia sanitaria en el EEE. Puedes solicitarla en este link. Formularios U1 o U2, cuando proceda.
- Otros permisos y licencias que considere adecuados (carnet de conducir, etc...)
Empresas
Miembros y Socios de la Red EURES España
¿Qué son?
Los miembros y socios de EURES en España son entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, incluidos los interlocutores sociales, que hayan sido autorizadas mediante el Sistema Nacional de Admisión de EURES España, cumplan todos los criterios y requisitos establecidos y participen en la Red EURES realizando las funciones previstas, de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016, y con el Real Decreto 207/2019 de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional de admisión de miembros y socios de la Red EURES en España.
Servicios que prestan
De acuerdo con el artículo 12.2 del Reglamento, los miembros de EURES España cumplirán todas las tareas siguientes, y los socios de EURES España una o dos de las tareas que se enumeran:
- Contribuir al conjunto de ofertas de empleo, de conformidad con el artículo 17, apartado 1, letra a) del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016.
- Contribuir al conjunto de demandas de empleo y de currículos, de conformidad con el artículo 17, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016.
- Prestar servicios de apoyo a trabajadores y empresarios conforme a los artículos 23 y 24, artículo 25, apartado 1, artículo 26 y, en su caso, artículo 27 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016.
Requisitos y obligaciones
- Garantizar el cumplimiento de los criterios mínimos comunes relacionados en el Anexo I del Reglamento 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016.
- Cumplir con las obligaciones como miembro o socio EURES que se enumeran y desarrollan en el artículo 8 del Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional de admisión de miembros y socios de la Red EURES en España.
- Garantizar los principios de igualdad y no discriminación en el acceso al empleo de acuerdo con lo tipificado en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo, así como, en su ámbito de actuación, el servicio a cualquier persona con independencia de su residencia.
- Recabar el consentimiento expreso de las personas atendidas para la incorporación de sus datos personales a los ficheros que a tal efecto existen en el SEPE, en donde la persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición así como garantizar el cumplimento del resto los preceptos contenidos en los Títulos II y III de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
- Remitir a la plataforma informática común la información necesaria para cumplir con lo establecido en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016.
- Sujetarse a las actuaciones de control e inspección que lleven a cabo los Servicios Públicos de Empleo de acuerdo con la normativa de referencia, así como a la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y otros órganos de control.
- Cumplir en todo momento las indicaciones que los Servicios Públicos de Empleo establezcan para contribuir a la mejora del funcionamiento del mercado de trabajo, el incremento de la intermediación laboral, el envío de la información al espacio EURES, así como todas aquellas dirigidas a elevar las oportunidades de las personas desempleadas que posibiliten su colocación.
- Garantizar a trabajadores y empresarios la gratuidad por la prestación de servicios, tanto de la intermediación laboral como de aquellas actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo en el ámbito EURES en los términos previstos en el artículo 7 del Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional de admisión de miembros y socios de la Red EURES en España.
- Emplear la marca y el logo de EURES en todos los servicios y actividades que realicen como MIEMBRO o SOCIO de la red EURES.
- Mantener la condición de agencia de colocación mientras tenga la condición de SOCIO o MIEMBRO EURES dedicado a intermediación laboral.
Solicitud de admisión y autorización como Miembro o Socio de la Red EURES
Cualquier organización establecida legalmente en España podrá solicitar ser miembro o socio de EURES, con sujeción a las condiciones que figuran en el Reglamento (UE) 2016/589 de 13 de abril de 2016 y Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo por el que se regula el sistema nacional de admisión de nuevos miembros y socios de la Red EURES en España.
La organización interesada en convertirse en miembro o socio de EURES, deberá presentar solicitud y obtener autorización del Servicio Público de Empleo de la comunidad autónoma donde tenga establecida su sede social.
La autorización es única y tiene validez en todo el territorio español para trabajar en las actividades de la Red EURES.
Con este breve cuestionario podrás saber rápidamente si tu organización puede formar parte de EURES España.
Para más información nuestro e-mail de contacto es: miembro.socio.eures@madrid.org .
Si su sede social está establecida en la Comunidad de Madrid podrá presentar su solicitud mediante este procedimiento electrónico.
Normativa de referencia
- Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), el acceso de los trabajadores a los servicios de movilidad y a la mayor integración de los mercados de trabajo, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 492/2011 y (UE) nº 1296/2013.
- Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional de admisión de nuevos miembros y socios de la Red EURES en España.
- Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
- Espacio EURES Sistema Nacional de Empleo: https://www.sistemanacionalempleo.es/espacio-eures.html
- Portal EURES Comisión Europea: https://ec.europa.eu/eures/public/es/how-to-become-a-eures-partner/member