
Autorización del trabajo a los menores en espectáculos públicos
Siempre que no suponga peligro para su salud física ni para su formación profesional y humana.
Con carácter general, se prohíbe la realización de trabajo a los menores de 16 años. Como excepción a esta norma, la participación de menores en espectáculos públicos podrá autorizarse por la autoridad laboral en casos excepcionales, siempre que no suponga peligro para la salud física del menor, ni para su formación profesional y humana.-
Solicitud de autorización
La autorización deberá solicitarse con carácter previo y es imprescindible para poder concertar el correspondiente contrato. Para cualquier consulta puede escribir a : automenores@madrid.org o llamar al teléfono: 682049961
Vista la solicitud, la Dirección General de Trabajo emite una resolución en la que se autoriza o deniega la intervención del menor en el espectáculo solicitado. En caso de que se autorice, la resolución especificará cuál es dicho espectáculo y qué intervención tiene el menor en él.
Puedes ampliar información y solicitar la autorización desde aquí
Guía para padres, madres y tutores
En esta guía, elaborada por la Dirección General de Trabajo, encontrará información relevante sobre los distintos aspectos del proceso de solicitud de autorización, así como sobre los derechos y obligaciones que comporta para los padres, madres y tutores de menores de 16 años que participan en espectáculos públicos.
