Autorización del trabajo a los menores en espectáculos públicos
Siempre que no suponga peligro para su salud física ni para su formación profesional y humana.
Con carácter general, se prohíbe la realización de trabajo a los menores de 16 años. Como excepción a esta norma, la participación de menores en espectáculos públicos podrá autorizarse por la autoridad laboral en casos excepcionales, siempre que no suponga peligro para la salud física del menor, ni para su formación profesional y humana.-
Solicitud de autorización
La autorización deberá solicitarse con carácter previo y es imprescindible para poder concertar el correspondiente contrato. Para cualquier consulta puede escribir a : automenores@madrid.org o llamar a los teléfonos: 682049961, 682500790 y 650319656.
Puedes ampliar información y solicitar la autorización desde aquí
Resolución
Vista la solicitud, la Dirección General de Trabajo emite una resolución en la que se autoriza o deniega la intervención del menor en el espectáculo solicitado. En caso de que se autorice, la resolución especificará cuál es dicho espectáculo y qué intervención tiene el menor en él.