Trámites administrativos del personal en centros docentes públicos no universitarios
Trámites administrativos del personal en centros docentes públicos no universitarios
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Información
Información sobre procedimientos administrativos del personal en centros docentes públicos no universitarios, tramitados por las Direcciones de Área Territorial o por la Dirección General de Recursos Humanos.
Cambio de situación administrativa
Solicitud de cambio de situación administrativa. En función del tipo de situación solicitada se debe dirigir la solicitud a:
Dirección de Área Territorial donde la persona interesada preste servicios en la actualidad:
- Excedencia voluntaria por incompatibilidad.
- Excedencia voluntaria por interés particular.
- Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
- Excedencia por cuidado de hijos.
- Excedencia por cuidado de familiares.
- Excedencia por violencia de género.
- Servicios en otras Administraciones Públicas.
Dirección General de Recursos Humanos:
- Reingreso al Servicio Activo
- Servicios especiales
Personal funcionario:
- Cambio de situación administrativa.
Procedimiento por el cual los funcionarios de carrera podrán solicitar el cambio de situación administrativa, según se trate de Reingreso al Servicio Activo, Excedencias, Servicios Especiales o Servicios en otras Administraciones Públicas.
Personal laboral:
- Solicitud de reingreso al servicio activo.
Procedimiento por el cual el personal laboral podrá solicitar el reingreso al servicio activo.
Servicios prestados
Solicitud de reconocimiento de servicios prestados del personal docente en centros docentes públicos no universitarios
Se debe dirigir la solicitud a la Dirección de Área Territorial donde la persona interesada preste servicios en la actualidad.
Personal funcionario:
- Reconocimiento servicios prestados.
Se reconocen a efectos de antigüedad los servicios previos a la condición de funcionario de carrera en cualquier Administración Pública en las vinculaciones de funcionario interino o en prácticas, contratado laboral o administrativo, personal eventual y personal estatutario así como los prestados como funcionario de carrera en la misma, excepto aquellos que tuvieran el carácter de prestaciones personales obligatorias.
Solicitud de reconocimiento de servicios prestados para personal funcionario en centros docentes públicos no universitarios
- Solicitud de certificado de servicios prestados.
Acredita a efectos de antigüedad los servicios prestados como funcionario de carrera o interino no docente en la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de reconocimiento de servicios prestados.
Solicitud de certificado de servicios prestados para personal funcionario no docente
Personal laboral:
- Solicitud de certificado de servicios prestados.
Solicitud de certificado de servicios prestados para personal laboral en centros docentes públicos no universitarios
Se debe dirigir la solicitud a la Dirección de Área Territorial donde la persona interesada preste servicios en la actualidad
Reconocimiento de trienios
El reconocimiento de trienios se realizará de oficio por el cumplimiento de tres años de servicio en función de su vinculación en activo, cuando la totalidad de los servicios prestados por los funcionarios interinos docentes no universitarios sean desempeñados como funcionario interino o de carrera docente no universitario en la Comunidad de Madrid.
Sin perjuicio del apartado anterior, a efectos del reconocimiento y, en su caso, abono de cantidades devengadas y no prescritas en concepto de trienios, los interesados deberán presentar solicitud en los siguientes casos:
- Personal en activo en la Comunidad de Madrid cuyos servicios prestados se hubieran realizado en vinculaciones de empleo distintas a las señaladas en el apartado anterior.
- Personal en activo en la Comunidad de Madrid que solicita el reconocimiento de servicios prestados en cualquier otra Administración Pública.
Procedimiento por el cual se reconoce a los funcionarios interinos no docentes de la Comunidad de Madrid, a efectos de trienios, los servicios prestados en las Administraciones Públicas.
Procedimiento administrativo relativo al reconocimiento de trienios en cada contrato por servicios prestados en la Administración autonómica al personal laboral temporal de la Comunidad de Madrid.
Prolongación de permanencia en el servicio activo
Procedimiento para la solicitud de la permanencia en el servicio activo, como máximo, hasta los 70 años de edad, de los funcionarios docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.
El procedimiento y los criterios son los mismos que para el resto del personal de la Comunidad de Madrid, conforme a lo establecido en la Orden de 21 de enero de 2010 (BOCM nº 23, de 28 de enero), adaptada al ámbito docente por la Resolución, de 24 de marzo de 2014 (BOCM nº 77, de 1 de abril de 2014).
Destino de la solicitud y plazo de presentación:
1 - Dirigida a la DG de Recursos Humanos:
- Si se encuentra en situación de servicio activo: entre 5 y 6 meses antes de cumplir la edad de jubilación.
- Si está prestando servicio en otras Administraciones Públicas: Tres meses antes de cumplir la edad de jubilación.
- En caso de tener la prolongación de la permanencia en el servicio activo previamente concedida, e incorporarse a un puesto gestionado por la Dirección General de Recursos Humanos. Deberá solicitar a la Dirección General de recursos Humanos, continuidad en el servicio activo.
2 - Dirigida a la Dirección de Área Territorial:
- Completar el periodo de carencia para causar pensión de jubilación: Tres meses antes de cumplir la edad de jubilación.
- Prolongación hasta la finalización del curso escolar: Dos meses antes de cumplir la edad de jubilación.
- Finalización de la prolongación previamente concedida: Tres meses antes.
- Otras situaciones diferentes del servicio activo: Tres meses antes de cumplir la edad de jubilación.
Los funcionarios podrán optar por la prolongación de la permanencia en el servicio activo hasta los 70 años de edad.
Devolución de tasas por derechos de examen de los procesos selectivos
Solicitud de devolución de tasas por derechos de examen de los procesos selectivos de personal docente.
Se debe dirigir la solicitud a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería con competencias en educación.
Procedimiento para solicitar la devolución de pagos indebidos de las tasas de derechos de examen para participar en procesos selectivos de personal funcionario y laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Se debe dirigir la solicitud a la Dirección General de Función Pública
Recurso de alzada
Recurso de alzada contra resoluciones y determinados actos de trámite (artículo 121.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) que no pongan fin a la vía administrativa, en materias de la competencia de la Dirección General de Recursos Humanos de Educación.
Se debe dirigir la solicitud a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería con competencias en educación.
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