
La Educación Especial en la Comunidad de Madrid
La Educación Especial se imparte en centros de Educación Especial y en Unidades Especializadas en centros ordinarios
Definición
La Educación Especial es una modalidad de escolarización de la Enseñanza Básica Obligatoria para aquellos alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, que requieren adaptaciones muy significativas del currículo escolar y/o recusos personales y materiales no generalizables en los centros ordinarios.
Finalidad
La educación que se oferta en los centros de Educación Especial y Unidades de Educación Especial en centros ordinarios, tiene por finalidad proporcionar al alumnado los procedimientos, estrategias y herramientas necesarias que faciliten su inclusión en el ámbito personal, académico y social.
Destinatarios
Es objeto de escolarización en centros de Educación Especial o Unidades de Educación Especial el alumnado entre 3 y 21 años de edad con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a condiciones personales de discapacidad que requiera, de acuerdo con la evaluación y el dictamen realizado por los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, adaptaciones significativas y en grado extremo en las áreas del currículo oficial que le corresponda por su edad.
Modelo organizativo
La organización de los centros de Educación Especial se regula por el Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria.
Legislación

Normativa de aplicación