
Becas de Bachillerato
Becas para el estudio de Bachillerato en centros privados autorizados por la Comunidad de Madrid
Consultas sobre becas de Bachillerato
Nuevos Beneficiarios - Renuncia - Cambio de Centro
Procedimiento para la Inscripción en el "Listado de Centros de becas de bachillerato para el curso 2021-2022"
ORDEN 604/2021, de 10 de marzo, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se establece el procedimiento para la inscripción en el “Listado de centros de becas de Bachillerato”, de los centros docentes privados en Bachillerato de la Comunidad de Madrid que admitan alumnos beneficiarios de las becas reguladas por la Orden 1410/2020, de 1 de julio, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se aprueban las bases reguladoras de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid.
PLazo de presentación de solicitudes: hasta el 15 de abril de 2021.
Resolución Definitiva 2020-2021

Orden 3358 /2020, de 21 de diciembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato (primer y segundo curso) en la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2020-2021
PROCEDIMIENTO FINALIZADO
Convocatoria curso 2020-2021
Requisitos de los SOLICITANTES
Los alumnos que soliciten las becas de bachillerato deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
- PRIMERO DE BACHILLERATO:
- Estar matriculado o tener reserva de plaza para el curso completo del año escolar 2020/2021, en primer curso de Bachillerato en cualquiera de los centros que figuran inscritos en el “Listado de centros de becas de Bachillerato”.
- No ser alumno repetidor del primer curso de Bachillerato.
- Haber realizado o estar realizando el 4º curso de la ESO en el mismo centro privado concertado de la Comunidad de Madrid.
- No superar el límite de renta per cápita familiar de 10.000 euros.
- SEGUNDO DE BACHILLERATO:
- Estar matriculado o tener reserva de plaza para el segundo curso completo de Bachillerato del año escolar 2020/2021, en el mismo centro en el que ha cursado primero de Bachillerato y cuyo listado de centros aparece en el Anexo II.
- Haber sido beneficiario de la beca de la Comunidad de Madrid para primero de Bachillerato en el curso 2019/2020.
- No superar el límite de renta per cápita familiar de 10.000 euros.
PLAZOS DE PRESENTACIÓN
SOLICITUDES: TRAMITACIÓN FINALIZADA
SUBSANACIONES: TRAMITACIÓN FINALIZADA
RECURSOS: Desde el día 24 de diciembre de 2020 hasta el día 25 de enero de 2021, ambos inclusive.
NORMATIVA de la convocatoria
¿CÓMO y DÓNDE puedo presentar el RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN?
PRESENTACIÓN TELEMÁTICA (ACONSEJABLE)
Para poder presentar tanto la solicitud como la subsanación o el recurso potestativo de reposición de manera telemática, se requiere disponer de DNI electrónico o de cualquier otro certificado digital reconocido y admitido en la Comunidad de Madrid. El tipo de ficheros que se podrán adjuntar serán los de Ofimática de Microsoft (doc, rtf, ppt, xls, docx, xlsx, pptx) y los genéricos pdf, tif, jpg, xml, txt, zip, png, jpeg, html. El tamaño total de los ficheros no debe superar los 15Mb, y el tamaño individual de cada fichero no debe superar los 4Mb.
PRESENTACIÓN FÍSICA
LA PRESENTACIÓN FÍSICA TIENE CARACTER EXCEPCIONAL DEBIDO A LA SITUACIÓN GENERADA POR LA COVID19
Se podrá realizar mediante cita previa en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, incluidos los de las Direcciones de Área Territorial, y resto de lugares recogidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
- Oficinas de Correos, según el reglamento que establezcan.
- Registros de la Administración General del Estado.
- Registros de otras Comunidades Autónomas.
- Registros de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única.
- Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
RECORDAMOS QUE LAS OFICINAS DE REGISTRO Y ATENCIÓN AL CIUDADANO de la COMUNIDAD DE MADRID SOLO ATIENDEN MEDIANTE CITA PREVIA:
Recurso de reposición
El plazo para la presentación del Recurso Potestativo de Reposición será desde el día 24 de diciembre de 2020 hasta el día 25 de enero de 2021, ambos inclusive.
PROCEDIMIENTO FINALIZADO
Preguntas Frecuentes
