
Reclamaciones de los usuarios de actividades de Juego
Reclamaciones por incidencias surgidas en la práctica de los juegos de suerte, envite o azar.
El ciudadano puede enviar a la administración competente una reclamación para poner de manifiesto un funcionamiento irregular en el desarrollo de las actividades de juego.
Plaza de Chamberí, 8 - 4ª planta - 28010 Madrid
La Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego es la competente en la materia, y a quien debe enviarse la reclamación, a través de las oficinas de Registro y oficinas de Correos.
Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego
Plaza de Chamberí, 8 - 4ª planta - 28010 Madrid
Debe saber
El objetivo de la Administración es fundamentalmente proteger los intereses generales para evitar que vuelvan a producirse hechos o conductas irregulares por parte de las empresas u operadores de Juego, e imponer, en su caso, las sanciones administrativas que correspondan, pero no es de su competencia dictaminar sobre la compensación que pueda solicitar el reclamante por los hechos ocurridos.
Tampoco son competencia de esta Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego las loterías, las actividades relativas a juegos y apuestas que se desarrollan fuera del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, ni los asuntos relacionados con el derecho de admisión, la atención al cliente y los horarios de apertura de los establecimientos.
Hojas de Reclamaciones

Estarán a disposición de los usuarios, de forma gratuita, tanto en los establecimientos en los que se celebran las actividades de juegos y apuestas, como cuando se realizan a través de medios informáticos, interactivos o de comunicación a distancia.
Cómo reclamar
En los establecimientos, el usuario cumplimentará la hoja de reclamación haciendo constar los datos identificativos y exponiendo los hechos que han motivado la reclamación.
Una vez cumplimentada, entregará el ejemplar para el establecimiento al responsable o empleado del mismo y conservará en su poder los ejemplares para la Administración y para el reclamante.
La Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego es la competente en la materia, y a quien debe enviarse la reclamación, a través de las oficinas de Registro y oficinas de Correos.
C/ Ventura Rodríguez, 7 - 28008 Madrid
Cuando no se disponga de hojas de reclamaciones o se niegue su entrega, podrá dirigir la reclamación directamente, utilizando el medio que considere más adecuado y haciendo constar dichas circunstancias.
Junto con la hoja de reclamación, el usuario podrá aportar cuantas pruebas o documentos sirvan para mejorar la valoración de los hechos.
Los usuarios de actividades de juego por medios telemáticos, podrán enviar la hoja de reclamación telemáticamente.
Tramitación administrativa
Si de los hechos expuestos en el escrito de reclamación se deducen indicios de infracción en materia de juego, se realizarán las actuaciones que procedan, y, en su caso, se iniciará el correspondiente expediente sancionador, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden en que pudiera incurrir el presunto infractor.