
Atención al contribuyente
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En estas páginas encontrarás información sobre las gestiones y trámites que puedes realizar ante la Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid, todo lo que necesitas saber sobre los tributos cedidos a esta Comunidad Autónoma y los beneficios fiscales de los que te puedes beneficiar. Si deseas información adicional puedes acceder al Portal del Contribuyente.
AVISO IMPORTANTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
INFORMACIÓN GENERAL:
- Desde el 1 de julio de 2020, el plazo de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los hechos imponibles realizados a partir de esa fecha, será el establecido en la normativa propia de cada impuesto, dejando de estar en vigor la ampliación de plazos establecida por la Orden del Consejero de Hacienda y Función Pública de 26 de marzo de 2020.
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Desde el 8 de junio de 2020 se ha retomado la atención al público en las oficinas de información y asistencia al contribuyente situadas en el Paseo del General Martínez Campos, 30.
- Para las gestiones en Pº General Martínez Campos,30, se atenderá con cita previa, la cita puede solicitarse a través de los siguientes medios:
1. Por teléfono: 91 580 94 04 en horario de 8:00 a 15:30, de lunes a viernes (no festivos).
2. Por vía telemática: https://gestiona7.madrid.org/CTAC_CITA/tributos
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Para las gestiones en Oficinas liquidadoras la cita puede solicitarse por vía telemática en: https://www.registradores.org/informacion-al-ciudadano/cita-previa/cita-previa-oficinas-liquidadoras
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Para la elaboración y presentación telemática de autoliquidaciones relativas a operaciones societarias puede solicitarse cita en el Registro Mercantil por vía telemática en:
- Le recordamos que se pueden seguir realizando los trámites de forma telemática a través de la Oficina Virtual, así como la presentación de escritos y solicitudes a través del Registro Telemático de la Comunidad de Madrid.
- A efectos del cómputo de plazos, se interrumpen desde el día 13 de marzo y hasta el momento en que pierdan vigencia todas las medidas adoptadas. A tales efectos, la Comunidad de Madrid ha declarado inhábiles los días del 13 al 26 de marzo de 2020 (ambos incluidos) y amplió en un mes los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los tributos que gestiona cuyo plazo de presentación no hubiera vencido el 12 de marzo de 2020. Dicho plazo ha sido nuevamente ampliado por dos meses adicionales.
- Para cualquier consulta, pueden ponerse en contacto a través del teléfono de atención 915809404 (de 8:00 a 15: 30 de lunes a viernes no festivos).
- Para cuestiones relacionadas con la Junta Superior de Hacienda, pueden dirigirlas a junta.superior.hacienda@madrid.org.
- Para cuestiones relacionadas con valoraciones de bienes inmuebles, pueden dirigirse a subdir.gral.valoraciones@madrid.org .
- Para cuestiones relacionadas con Recaudación Ejecutiva, pueden dirigirse a la web https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-contribuyente/recaudacion-ejecutiva
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En relación a la Inspección de Tributos será necesario solicitar cita previa para los trámites relacionados con notificaciones, procedimiento sancionador derivado de un Acta de Inspección y cualesquiera otros posteriores a la firma de un Acta de Inspección, en el correo inspeccion.hacienda@madrid.org
En el enlace que se muestra a continuación podrá encontrar información adicional.
AUTOLIQUIDACIÓN OBLIGATORIA PARA EL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES
Con la entrada en vigor el 31 de diciembre de 2020 de la Ley 10/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo de 25 de mayo de 2018, se modifica la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y se establece el régimen de autoliquidación del impuesto con carácter obligatorio, por lo que a partir de esa fecha, no se admitirá la presentación de declaraciones que no vayan acompañadas de las autoliquidaciones de los interesados.
Cita previa obligatoria
Al objeto de evitar la afluencia de usuarios en la oficina liquidadora del Paseo del General Martínez Campos, es imprescindible cita previa. La atención presencial se limitará a los servicios indispensables. El resto de servicios que puedan realizarse por vía telemática o telefónica, se realizarán por esa vía.
Recordamos que el teléfono de atención telefónica es el 91 580 94 04.
Para solicitar cita en la oficina liquidadora del Paseo del General Martínez Campos, éste el enlace:https://gestiona7.madrid.org/CTAC_CITA/tributos
Para solicitar cita en el resto de Oficinas Liquidadoras, el enlace es el siguiente:
https://www.registradores.org/informacion-al-ciudadano/cita-previa/cita-previa-oficinas-liquidadoras
Pago de tasas, precios públicos y otros ingresos

Podrás realizar los pagos de tasas, precios públicos y otros ingresos a través de Internet y otros dispositivos móviles.
Accede al Servicio y podrás descargarte la aplicación móvil “app tasas” disponible tanto para el entorno IOS como ANDROID.
Asimismo, podrás acceder a realizar el pago por internet utilizando los servicios de banca electrónica a través de la “aplicación web”.
Descarga de los Programas de Ayuda

Ya puedes presentar los impuestos gestionados por la Comunidad de Madrid de forma telemática, sin necesidad de acudir presencialmente a nuestras oficinas.
La Orden de 5 de abril de 2019 (BOCM 94) establece que a partir del 22 de abril están obligados a la presentación y pago de forma telemática de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos: 600, 601, 620, 630, 650 y 651 los siguientes sujetos:
1. Las personas jurídicas cuando actúen como sujeto pasivo.
2. Las personas o entidades que pertenezcan a instituciones, asociaciones o colegios profesionalescon los que la Comunidad de Madrid tiene firmados Convenios de Colaboración Social en base al artículo 92.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
No obstante lo anterior, tendrá carácter obligatorio la presentación y pago telemático del modelo 630 “Exceso de letras de Cambio”, para todos los obligados tributarios.
Te informamos
Es posible hacer la presentación telemática de autoliquidaciones con solicitud de aplazamiento a través de la Oficina Virtual.
El tratamiento de las autoliquidaciones se realiza de manera individual, por lo que si en una misma declaración deben elaborarse varias autoliquidaciones, podrá seleccionarse lo que se quiere hacer con cada una de ellas: pagarlas, aplazarlas o fraccionarlas.
La Oficina Virtual enlazará con el modelo de solicitud del aplazamiento para que se pueda presentar esta solicitud de forma telemática, debiendo introducirse posteriormente el número de referencia de dicha solicitud y su fecha de presentación.
Recaudación Ejecutiva

La recaudación tributaria ejerce las funciones administrativas para el cobro de las deudas tributarias
Entidades Colaboradoras
Las entidades colaboradoras en la prestación de los servicios de tesorería y recaudación de la Comunidad de Madrid son:
- Caixabank (incluye la red de oficinas de BANKIA)
- BBVA
- Banco Sabadell
- Cajamar
Valoración de bienes inmuebles
En este enlace obtendrás información acerca de la valoración de bienes inmuebles urbanos y rústicos previa a la presentación de la autoliquidación del impuesto de sucesiones y donaciones y del impuesto de transmisiones.
Solicitud de Adhesión a los Acuerdos de Colaboración
Solicita el modelo de adhesión a los Acuerdos de Colaboración
Listado de los Acuerdos de Colaboración firmados:
Oficinas Liquidadoras
Cada oficina liquidadora presta servicio al municipio en el que se encuentra y a otros de su área de influencia.

CARTA DE SERVICIOS
CARTA DE SERVICIOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
CARTA DE SERVICIOS DE LA JUNTA SUPERIOR DE HACIENDA