El plan estratégico forma parte de la documentación a aportar en la fase de solicitud para las instalaciones con potencia nominal de producción superior a 100 kW, según establece el Anexo AII.1 del mencionado Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre.
Dicho plan debe indicar el origen o lugar de fabricación (nacional, europeo o internacional) de los componentes de las instalaciones y su impacto medioambiental, incluyendo el almacenamiento, los criterios de calidad o durabilidad utilizados para seleccionar los distintos componentes, la interoperabilidad de las instalaciones o su potencial para ofrecer servicios al sistema, así como el efecto tractor sobre las PYME y autónomos que se espera que tenga el proyecto. Podrá incluir, además, estimaciones de su impacto sobre el empleo local y sobre la cadena de valor industrial local, regional y nacional.

