Crisis en la cadena de suministros. ¿Cuáles son mis derechos?

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En los últimos meses venimos asistiendo a una crisis en el abastecimiento de suministros a nivel mundial. Un problema que se cierne sobre las compras navideñas, dada la posibilidad de que se produzcan retrasos en la llegada de productos y componentes. Le contamos en este reportaje todo lo que usted debe saber para afrontar esta situación.

Cómo actuar

Ante la situación generada por la crisis de suministros, las personas consumidoras deben hacer valer sus derechos y garantías en el proceso de compra de cualquier producto o contratación de cualquier servicio.

En primer lugar, dado el actual escenario, es recomendable que, si vamos a realizar una compra en un establecimiento físico, nos aseguremos de que el producto que vamos a adquirir está disponible. Si no es así, es aconsejable que busquemos algún otro comercio que pueda disponer de él.

crisis suministros

Si finalmente vamos a encargar un producto que no se encuentra en tienda, el empresario deberá informarnos de si prevé retrasos en el suministro. La mejor forma de no vernos perjudicados por la actual saturación de la distribución global es acordar en el contrato un plazo determinado de entrega. De no cumplirse ese plazo, podremos exigir la devolución del dinero.

En el caso de las compras online, si hemos adquirido un producto que en ese momento no se encuentra disponible, el vendedor deberá informarnos de una fecha de entrega y en caso de que finalmente no llegue en el plazo acordado, facilitarnos la recuperación del dinero sin ninguna demora indebida. Si el empresario se retrasa en la devolución del dinero, podremos reclamarle que nos pague el doble de la cantidad adeudada.

El vendedor online también podrá ofrecernos, como alternativa sin aumento de precio, un bien o servicio de características similares, que tenga la misma o superior calidad.

En el caso del suministro de contenidos o servicios digitales, si no se ha pactado previamente ningún plazo, deberán entregarse en un plazo máximo de 30 días desde la celebración del contrato.