Cambio en las condiciones de dispensación de VERSATIS® 5% a partir del 1 de octubre

El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social ha cambiado las condiciones de dispensación de Versatis® 5%, de forma que a partir del 1 de octubre será necesario el visado de inspección de la receta oficial para su dispensación en el ámbito del Sistema Nacional de Salud (SNS).
El visado es el acto mediante el cual la inspección médica autoriza la financiación del medicamento conforme a la ficha técnica de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS). La indicación autorizada por la AEMPS para Versatis® es el alivio sintomático del dolor neuropático asociado a infección previa por herpes Zóster (neuralgia postherpética) en adultos.
Esta indicación es para la que se dispone de más datos de eficacia de este medicamento y por eso es la autorizada en la ficha técnica. Para otros tipos de dolor, los datos sobre Versatis ® 5% son más limitados.
El visado implica una gestión administrativa que actualmente puede realizarse a través de la receta electrónica.

