
Habilitación de empresas y profesionales relacionados con gases fluorados
Certificaciones, habilitaciones y autorización de centros de formación
Aquí podrá encontrar información sobre las certificaciones, habilitaciones y autorizaciones previstas en el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.
Este Real Decreto establece que:
- Aquellos profesionales que realicen determinadas actividades relacionadas con la manipulación de gases fluorados deban disponer de un certificado personal para poder hacerlo.
- Aquellas empresas que realicen determinadas actividades relacionadas con la manipulación de gases fluorados deban disponer de un certificado de empresa para poder hacerlo.
- Aquellas empresas que distribuyan gases fluorados únicamente puedan suministrar dichos gases a aquellas empresas que cumplan lo establecido en el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero.
- Aquellas empresas que distribuyan halones deban disponer de una autorización previa para poder hacerlo.
En la Comunidad de Madrid, el órgano competente para emitir estos certificados personales, certificados de empresa y autorizaciones para distribuir halones es la DG de Promoción Económica e Industrial, quien es además la competente para autorizar a aquellos centros que imparten los cursos que son necesarios para obtener algunos de los certificados personales que se han mencionado anteriormente cuando no se trata de centros autorizados por la administración educativa o laboral.
Instrucciones
Para ello, la DG de Industria, Energía y Minas aprobó las siguientes instrucciones que establecen los criterios generales de aplicación.
Certificados personales
Procedimiento para la obtención de los certificados personales
Para obtener los certificados personales en cada uno de los sectores que se relación a continuación, los interesados deberán presentar en la DG de Promoción Económica e Industrial los siguientes documentos:
- Impreso de solicitud según modelo que puede encontrarse en la llamada a la acción que aparece más abajo y que se denomina Habilitación de profesionales para manipular gases fluorados.
- Copia del recibo que acredite que se han abonado las tasas correspondientes .
- Copia de la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones que se señalan en el Anexo I del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero.
En el siguiente enlace se puede realizar la tramitación telemática, el acceso a la Autoliquidación de Tasa y se encuentra el formulario de solicitud.
En cumplimiento de lo establecido en el apartado cuarto del artículo 2 de la Orden TEC/544/2019, de 25 de abril, por la que se constituye y regula el registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, se INFORMA al interesado que, en caso de obtener el certificado personal solicitado, sus datos personales imprescindibles podrán ser consultados por cualquier ciudadano en el Registro unificado y centros de formación de gases fluorados, regulado en el apartado primero del artículo 7 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados
Sector: Refrigeración
1) Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de cualquier carga de refrigerantes fluorados (anexo I.1 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero): Es imprescindible disponer de este certificado para desarrollar las siguientes actividades:
en relación con los equipos de refrigeración o climatización con sistemas frigoríficos de cualquier carga, tanto fijos como no (como por ejemplo barcos, trenes, transporte refrigerado de cualquier carga).
Si únicamente realizan estas actividades en equipos de carga inferior a 3 kg, podrían operar con la certificación de abajo, de más sencillo acceso.
2) Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de carga de refrigerante inferior a 3 kg de gases fluorados (anexo I.2 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero): Es imprescindible disponer de este certificado para desarrollar las siguientes actividades:
en relación con los equipos de refrigeración o climatización con sistemas frigoríficos de carga inferior a 3 kg de gases fluorados, tanto fijos como no (por ejemplo barcos, trenes, etc.)
Asimismo, pueden realizar controles de fugas en equipos con sistemas frigoríficos de cualquier carga.
3) Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos de transporte refrigerado de mercancías que empleen menos de 3 kg de refrigerantes fluorados (anexo I.2.2, vía de acceso e) del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero): Es imprescindible disponer de este certificado para desarrollar las siguientes actividades:
b) Mantenimiento o revisión, incluido el control de fugas, carga y recuperación de refrigerantes fluorados.
c) Manipulación de contenedores de gas.
en relación con equipos transporte refrigerado de mercancías que empleen menos de 3 kg de refrigerantes fluorados.
4) Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de sistemas frigoríficos que empleen refrigerantes fluorados destinados a confort térmico de personas instalados en vehículos (anexo I.3 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero): Es imprescindible disponer de este certificado para desarrollar las siguientes actividades:
en relación a sistemas frigoríficos que empleen refrigerantes fluorados para confort térmico de personas en cualquier medio de transporte de personas o mercancías, exceptuando ferrocarriles, embarcaciones y aeronaves e incluyendo maquinaria móvil de uso agrario o industrial
Sector: Sistemas de Protección Contra Incendios y Extintores
1) Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos de protección contra incendios que empleen gases fluorados como agente extintor (anexo I.4 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero): Es imprescindible disponer de este certificado para desarrollar las siguientes actividades:
en relación con los sistemas de protección contra incendios que empleen gases fluorados como agente extintor, cuando se trate de trabajos que se realicen fuera de las instalaciones del fabricante de equipos de extinción,
Sector: Disolventes
1) Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de disolventes que contengan gases fluorados y equipos que los emplean (anexo I.5 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero): Es imprescindible disponer de este certificado para desarrollar las siguientes actividades:
en relación al empleo de disolventes que contengan gases fluorados.
Sector: Equipos de Conmutación de Alta Tensión
1) Certificado acreditativo de la competencia para la recuperación de hexafluoruro de azufre de equipos de conmutación de alta tensión (anexo I.6 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero): Es imprescindible disponer de este certificado para desarrollar las siguientes actividades.
- Obtención de certificados de profesionales que realicen aquellas actividades de manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos enumeradas en el artículo 3 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero.
Certificados de empresas
Procedimiento para la obtención del certificado de empresa
Para obtener las certificaciones de empresa que se relacionan más abajo, los interesados deben presentar en la DG de Promoción Económica e Industrial los siguientes documentos:
- Impreso de solicitud/declaración según el modelo que puede descargarse en la llamada a la acción que aparece más abajo y que se denomina Habilitación de empresas para actuar sobre equipos o sistemas que contengan gases fluorados.
- Copia del recibo que acredite que se han abonado las tasas correspondientes.
En el siguiente enlace se puede realizar la tramitación telemática, el acceso a la Autoliquidación de Tasa y se encuentran los formularios de solicitud.
En cumplimiento de lo establecido del apartado cuarto del artículo 2 de la Orden TEC/544/2019, de 25 de abril, por la que se constituye y regula el registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, se INFORMA a aquellos interesados que sean personas físicas que, en caso de obtener el certificado de empresa habilitada soliciado, sus datos personales imprescindibles podrán ser consultados por cualquier ciudadano en el Registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados regulado en el apartado primero del artículo 7 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.
Requisitos que deben cumplir las empresas
Para obtener cualquiera de las certificaciones de empresa que se relacionan más abajo, las empresas deben cumplir lo siguiente:
- Emplear a personal en posesión del certificado personal previsto en el Real Decreto 115/2017 de 17 de febrero o emitido por cualquier otro país de la Unión europea, para las actividades que requieran certificación y en número suficiente para abarcar el volumen previsto de actividades; y
- Demostrar que el personal dedicado a actividades que requieren certificación puede tener acceso a los instrumentos y procedimientos necesarios.
- Habilitación de empresas que realicen las actividades de instalación, mantenimiento o revisión de equipos fijos de refrigeración, aire acondicionado, bombas de calor y sistemas de protección contra incendios que contengan gases fluorados de efecto invernadero y de empresas fabricantes o recargadoras de equipos de extinción de incendios basados en halones
Autorización de distribuidores de halones
Procedimiento para la obtención de la autorización para los distribuidores de halones
Para obtener la autorización para distribuir halones, los interesados deben presentar en la DG de Promoción Económica e Industrial los siguientes documentos:
- Impreso de solicitud/declaración según el modelo que puede descargarse en el botón descarga.
- Copia del recibo que acredite que se han abonado las tasas correspondientes.
Cumplimiento reglamentario
Autorización de Centros de Formación
Cumplimiento reglamentario
El artículo 8 del Real Decreto 115/2017 de 17 de febrero, establece que los programas formativos especificados en el anexo II podrán impartirse y evaluarse por los centros formativos enumerados a continuación que hayan sido autorizados por la administración competente que corresponda en cada caso, para impartir formaciones relacionadas con las materias que se regulan en este real decreto. Los centros deberán realizar una notificación a la citada autoridad competente con dos meses de antelación al inicio de cada curso en la que especifiquen los programas formativos que se van a cursar en su centro:
Centros autorizados por la DG de Industria, Energía y Minas / DG de Promoción Económica e Industrial.
Los programas formativos del anexo II podrán ser impartidos y evaluados por centros autorizados por la administración competente, que en el caso de la Comunidad de Madrid es la DG de Promoción Económica e Industrial, previa comprobación de la disponibilidad del personal docente y los medios técnicos y materiales adecuados, así como de los procedimientos de notificación y conservación de registros que aseguren la documentación de los resultados individuales y globales de la evaluación de los programas formativos impartidos.
A continuación puede descargarse el listado actualizado de centros de formación autorizados por la DG de Industria, Energía y Minas / DG de Promoción Económica e Industrial.