Alimentos envasados: cómo leer las etiquetas
Cada vez que compramos en el supermercado, los consumidores nos encontramos con una amplia variedad de marcas y productos, con diferentes presentaciones y formatos que, en ocasiones, pueden llegar a confundirnos, y provocar que el producto que compremos no se ajuste a nuestras necesidades o contenga sustancias o aditivos que puedan causarnos alergias o intolerancias alimenticias.
Saber interpretar la etiqueta de los alimentos es fundamental para evitar estas situaciones, ya que esta nos revela información acerca del origen, el modo de conservación, la fecha de consumo, la información nutricional o los ingredientes de los alimentos, lo que nos permitirá poder comparar entre diferentes marcas para aceptar la que más se acerque a nuestras necesidades.
En el siguiente reportaje del Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid le ofrecemos algunas claves que le permitan saber en qué debe fijarse cuando compra alimentos.
Qué debe contener el etiquetado de alimentos envasados
La legislación europea sobre etiquetado establece la información obligatoria que debe aparecer en la etiqueta de los alimentos, con el propósito de mejorar la protección de la salud de los consumidores y garantizar su derecho a estar informados. Esta información es obligatoria para los alimentos envasados, debe figurar en un lugar destacado del mismo, con caracteres claros, visibles e identificables para el consumidor y con un tipo de letra que sea legible.
Es conveniente leer la etiqueta antes de comprar cualquier producto. Recuerde que cuando hace la compra por internet, también debe aparecer la información del producto antes de finalizar la compra (salvo la “fecha de duración mínima”/“caducidad”, que deberá comunicarse en el momento de entrega).
La etiqueta debe contener:
- El nombre del producto, con indicación de su estado, si es congelado, en polvo, ahumado o fresco.
- La lista de ingredientes, que deberán estar colocados en orden decreciente de peso, de manera que resulte fácil conocer qué cantidad de cada sustancia componen el producto. Entre estos ingredientes deben estar incluidos los aditivos y los productos que puedan causar alergias o intolerancias. Los alérgenos de declaración obligatoria deben destacarse claramente dentro de la lista (por ejemplo, con otra tipografía, estilo o color).
- Fecha de caducidad, fecha de duración mínima y fecha de congelación. Es importante saber distinguir entre estas tres fechas:
- Fecha de caducidad. Se utiliza en los productos que son muy perecederos, como la carne o el pescado, y debe ir acompañada de las condiciones de conservación o almacenamiento adecuadas.
- Fecha de duración mínima. Indica la fecha hasta la que el producto conserva sus propiedades, en condiciones apropiadas de conservación. Viene reflejado por la frase, “consumir preferentemente antes de…” O “consumir preferentemente antes del fin de…”.
- Fecha de congelación. Debe indicar el día, mes y año de congelación de productos como el pescado no transformado, la carne y sus derivados.
- Lote de fabricación y datos del fabricante. El lote de fabricación nos indica el número de unidades idénticas de un producto puesto a la venta. Además, debe figurar el nombre o razón social y la dirección del operador alimentario responsable de la información del alimento (normalmente el fabricante o quien lo comercializa en la UE).
- Contenido neto, en litros, gramos del producto, así como el grado alcohólico de las bebidas con un volumen de alcohol superior al 1,2%.
- Para ciertos productos es obligatorio indicar el lugar de origen o procedencia. Entre otros, cuando su omisión pudiera inducir a error al consumidor en cuanto al país de origen o el lugar de procedencia real del alimento. Por ejemplo, es obligatorio en miel y aceite de oliva, y también en determinadas carnes frescas (por ejemplo, porcino/ovino/caprino/aves, además de normas específicas para vacuno). Y si se indica el origen del alimento, pero el “ingrediente primario” (el principal) es de otro origen, debe informarse también de ello (o indicar que es distinto).
- Información nutricional. Incluirá el valor energético y las cantidades de grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono azúcares, proteínas y sal.
Además, en los productos que se comercializan en envases, el marcado del propio envase o de la etiqueta debe incluir también información ambiental obligatoria sobre cómo gestionarlo una vez vacío (por ejemplo, el contenedor donde depositar el residuo de envase y, en su caso, si el envase es reutilizable o está sujeto a un sistema de depósito, devolución y retorno), de forma visible y fácilmente legible. Esta obligación está vigente y, con carácter general, aplica a los envases domésticos.
Aditivos y alérgenos: tipos y cómo identificarlos
Dentro de la lista de ingredientes que debe aparecer en la etiqueta del producto, cabe hacer mención especial a los aditivos alimentarios y a los alérgenos que pueden causar intolerancias a los productos.
Los aditivos son aquellas sustancias naturales o químicas que se añaden a los alimentos para facilitar su conservación o mejorar su apariencia, su sabor o color. Se reconocen en la etiqueta porque vienen marcados por la letra E, que indica que el uso de este aditivo está autorizado en la Unión Europea, seguida de un número.
Entre los más habituales, nos encontramos los colorantes (E- 100 a E-199) que sirven para dar color a los alimentos, los conservantes (E200 a E299) que se usan para retrasar el deterioro de los alimentos, los antioxidantes (E300 a E399), utilizados para conservar un producto en buen estado o los potenciadores de sabor (E600 a E699) utilizados en especial en la comida oriental.
Los alérgenos se definen como sustancias o productos que pueden causar alergias o intolerancias. Es el caso del trigo, la lactosa o el huevo. En los productos envasados, la información sobre alérgenos debe aparecer en la lista de ingredientes, en un color o tipo de letra que los diferencie claramente del resto de ingredientes del producto. Si no existe lista de ingredientes, en el envase debe incluirse la mención “contiene” seguida de la sustancia o producto alérgeno.
En el caso de alimentos sin envasar o envasados en el propio establecimiento (por ejemplo, en bares, restaurantes, comedores o comercios minoristas), el consumidor también tiene derecho a ser informado sobre la presencia de cualquiera de los 14 alérgenos de declaración obligatoria. Esta información debe facilitarse al menos de forma escrita o claramente accesible para el consumidor antes de la compra o el consumo.
Puede consultar la lista de los 14 alérgenos más comunes, en el siguiente enlace
Información nutricional: qué nos aporta y cómo interpretarla
La información nutricional es clave para conocer las propiedades nutritivas que contiene un alimento, entre ellas, el valor energético y el contenido en proteínas, las grasas, hidratos de carbono, fibra, sal, vitaminas y los minerales. La declaración nutricional obligatoria incluye, como mínimo, el valor energético y las cantidades de grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal (por cada 100 g o 100 ml). También puede incluirse, de forma complementaria, por porciones.
En relación a este tipo de información, es importante tener en cuenta que:
- Las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables (por ejemplo, “ayuda a…”) sólo se permiten si cumplen la normativa y, en el caso de las saludables, si están autorizadas y acompañadas de la información exigida. Además, no pueden ser engañosas.
- Están prohibidos mensajes del estilo “evita, alivia o cura enfermedades humanas” (salvo las menciones muy específicas permitidas en el marco de la normativa de declaraciones, cuando proceda) o frases que hagan referencia a pérdidas de peso en un tiempo o una cantidad determinada, o que sugieran que la salud podría verse afectada si no se consume el alimento en cuestión.
- Hay alimentos que no están obligados a llevar el etiquetado nutricional, como, por ejemplo: el agua, la sal, el vinagre, las especias, el té, la gelatina, la levadura, las gomas de mascar, las bebidas que tengan más de un 1,2% en volumen de alcohol y los envases cuya superficie mayor es inferior a 25 cm2.
En algunos productos concretos pueden existir normas sectoriales que añadan obligaciones específicas.
Puede consultar más datos sobre información nutricional en el apartado de Salud en la Comunidad de Madrid.
Cómo reclamar
Si ha detectado un alimento mal etiquetado, puede comunicarlo y denunciarlo a las autoridades de Sanidad. Si lo que quiere reclamar está relacionado con la seguridad de los alimentos o con condiciones higiénicas incorrectas en establecimientos de alimentación, puede hacerlo a través del siguiente enlace.
Puede consultar más información sobre etiquetado de alimentos en la sección de Salud de la Comunidad de Madrid.

