Buscador de actividades de tratamiento de datos personales de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid pone a su disposición el inventario de actividades de tratamiento de datos personales organizado por Responsables del tratamiento, al que se accede filtrando por las Consejerías y unidades administrativas que se muestran a la izquierda. También se pueden localizar determinadas actividades de tratamiento introduciendo palabras relacionadas con el nombre de la actividad o con su finalidad en el campo de búsqueda.
- Consejería de Sanidad - Viceconsejería de SanidadActividad de TratamientoELABORACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN INDIVIDUAL DE TELETRABAJOBase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónReal Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios sobre condiciones de trabajo del persoal funcionadio de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid. Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.Fines del tratamientoElaboración del Plan Individual de Teletrabajo para el seguimiento y evaluación por los Centros Directivos y por los responsables en materia de personal de las jornadas laborales desarrolladas en régimen de teletrabajoCategorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Características personales, Datos académicos y profesionales, Detalles del empleo
- Consejería de Sanidad - Viceconsejería de SanidadActividad de TratamientoAGENDA DE TRABAJO DE LA CONSEJERÍA DE SALUDBase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de MadridFines del tratamientoOrganización de las reuniones del titular del órgano y del resto de los sujetos obligados, con personas físicas o representantes de las jurídicas en el ámbito de las competencias atribuidas a dicho órganoCategorías de datos personalesDatos de carácter identificativo
- Consejería de Sanidad - Viceconsejería de SanidadActividad de TratamientoCOVIDAPPBase jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud PúblicaFines del tratamientoAutoevaluación por parte de los usuarios en base a los síntomas médicos que comuniquen a través de la aplicación. Reducir el volumen de llamadas al numero de emergencias sanitarias que trata las dudas sobre la enfermedad infecciosa COVID-19 (de la familia de infecciones del Coronavirus), tranquilizar a la población, permitir un triaje o autoevaluación inicial de posibles casos y un seguimiento posteriorCategorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Características personales, Datos especialmente protegidos
- Consejería de Sanidad - Viceconsejería de SanidadActividad de TratamientoSERECOLBase jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 12/2001, de 21 diciembre, Ordenación Sanitaria de la Comunidad de MadridFines del tratamientoEstudio de Seroprevalencia (IgM e IgG) frente a SARS-CoV-2 en Centros Educativos durante la Pandemia COVID-19 en la Comunidad de Madrid (SeroCOL)Categorías de datos personalesCaracterísticas personales, Datos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Circunstancias sociales, Datos académicos y profesionales
- Consejería de Sanidad - Dirección General de Salud PúblicaActividad de TratamientoPORTAL CRIBADO NEONATALBase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónReal Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización recoge que los programas poblacionales de cribado que forman parte de la cartera común de servicios. La ORDEN 237/2010 por la que se dictan normas en relación a las pruebas de cribados para detección precoz de enfermedades y prevención de minusvalías en recién nacidos. Resolución 27/2023 del Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y Director General de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud, que define las Unidades de Referencia del Programa de Cribado Neonatal de enfermedades endocrino-metabólicas de la Comunidad de Madrid.Fines del tratamientoRegistrar, para todos los nuevos nacimientos en la Comunidad de Madrid, la información relativa al neonato, a la madre y al parto por parte de los profesionales que asisten a él, facilitando su gestión y un manejo eficiente y ágil de las casuísticas producidas...El portal sirve para disponer de una fuente de datos única y fiable de todos los nacimientos que se produzcan en la CM, para identificar a la población diana de los programas de salud pública dirigidos a la población recién nacida (programas de cribado neonatal), así como para desarrollar estrategias poblacionales de vigilancia y protección de la salud de los recién nacidos.Categorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Características personales
- Consejería de Sanidad - Dirección General de Investigación y Docencia (Sanidad)Actividad de TratamientoPROGRAMA LÁNZATE: AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN EN BIOMEDICINABase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.Fines del tratamiento Gestión, tramitación y concesión de las solicitudes relativas al Programa LánzateCategorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Características personales, Datos académicos y profesionales
- Consejería de Sanidad - Dirección General de Investigación y Docencia (Sanidad)Actividad de TratamientoESPACIO DE DATOS HEALTHDATA@MAD-R&I ®Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Ley 12/2001, de 21 de diciembre , de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica; Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública y Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de SaludFines del tratamientoLa finalidad del tratamiento de los datos en el Espacio de Datos HealthData@MAD-R&I® es facilitar el uso secundario de datos sanitarios para la investigación científica y la innovación. Esto incluye el desarrollo de estudios en áreas como salud pública, epidemiología, medicina personalizada y evaluación de tecnologías sanitarias y optimización de políticas públicasCategorías de datos personalesDatos especialmente protegidos
- Consejería de Sanidad - Dirección General de Salud PúblicaActividad de TratamientoINSPECCION EN ADICCIONESBase jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos AdictivosFines del tratamientoInspección en materia de la ley 5/2002 y de la ley 28/2005, restricciones en la publicidad, venta, consumo de alcohol, tabaco y productos relacionados.Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo
- Consejería de Sanidad - Dirección General de Salud PúblicaActividad de TratamientoCARNEPLABase jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 12/2001, de 21 diciembre, Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.Fines del tratamientoCenso de empresas de formación para el personal aplicador de biocidas o que realiza mantenimiento higiénico sanitario en instalaciones de riesgo de legionelosis. Censo de personal aplicador de biocidas o que realiza mantenimiento higiénico sanitario en instalaciones de riesgo de legionelosis.Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo
- Consejería de Sanidad - Dirección General de Salud PúblicaActividad de TratamientoREGISTRO DE VIGILANCIA DE EXPOSICION AL AMIANTOBase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales - Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Real Decreto 483/2025, de 17 de junio, por el que se establecen los requisitos y se regula el procedimiento para reconocer el derecho a la compensación económica para las víctimas del amianto.Fines del tratamientoRecogida de información para vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos al amianto (RD 396/2006, de 31 de marzo). Gestión de los certificados de patologías derivadas de la exposición al amianto (RD 483/2025, de 17 de junio).Categorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Características personales, Datos académicos y profesionales, Detalles del empleo