Buscador de actividades de tratamiento de datos personales de la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid pone a su disposición el inventario de actividades de tratamiento de datos personales organizado por Responsables del tratamiento, al que se accede filtrando por las Consejerías y unidades administrativas que se muestran a la izquierda. También se pueden localizar determinadas actividades de tratamiento introduciendo palabras relacionadas con el nombre de la actividad o con su finalidad en el campo de búsqueda.

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  • Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
    Base jurídicaRGPD 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos. RGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
    LegitimaciónLey 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid
    Fines del tratamientoOrganización de las reuniones del titular del órgano y del resto de los sujetos obligados, con personas físicas o representantes de las jurídicas en el ámbito de las competencias atribuidas a dicho órgano
    Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo
  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo
    Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
    LegitimaciónLey 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST).
    Fines del tratamiento1) Identificar los accidentes de trabajo a partir de la información recepcionada.2) Realizar estadísticas a partir de la recepción de los Accidentes de Trabajo ocurridos para actuar en consecuencia y diseñar estrategias de intervención para eliminar o reducir la siniestralidad. 3) Completar correctamente las investigaciones de accidentes de trabajo a fin de identificar a las personas involucradas en los mismos como testigos.
    Categorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Características personales, Detalles del empleo
  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo
    Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
    LegitimaciónLey 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST).
    Fines del tratamiento1) Identificar los accidentes investigados a partir de la información pertinente a los accidentados tanto para procesos internos como para contestar peticiones sobre informes de investigación de otras instituciones. 2) Realizar tratamientos estadísticos en base a las variables comunes a fin de analizar distintos parámetros de la accidentabilidad en la Comunidad de Madrid y diseñar las oportunas estrategias de intervención.
    Categorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Características personales, Detalles del empleo
  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Intervención General (E.H.y E)
    Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
    LegitimaciónReal Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de la Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid. Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.
    Fines del tratamientoElaboración del Plan Individual de Teletrabajo para el seguimiento y evaluación por los Centros Directivos y por los responsables en materia de personal de las jornadas laborales desarrolladas en régimen de teletrabajo.
    Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Características personales, Detalles del empleo
  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Viceconsejería de Hacienda y Función Pública (E.H.y E.)
    Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
    LegitimaciónReal Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de la Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid. Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.
    Fines del tratamientoElaboración del Plan Individual de Teletrabajo para el seguimiento y evaluación por los Centros Directivos y por los responsables en materia de personal de las jornadas laborales desarrolladas en régimen de teletrabajo.
    Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Características personales, Detalles del empleo
  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo
    Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
    LegitimaciónReal Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de la Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid. Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.
    Fines del tratamientoElaboración del Plan Individual de Teletrabajo para el seguimiento y evaluación por los Centros Directivos y por los responsables en materia de personal de las jornadas laborales desarrolladas en régimen de teletrabajo.
    Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Características personales, Detalles del empleo
  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Secretaría General Técnica de Economía, Hacienda y Empleo
    Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
    LegitimaciónReal Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de la Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid. Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.
    Fines del tratamientoElaboración del Plan Individual de Teletrabajo para el seguimiento y evaluación por los Centros Directivos y por los responsables en materia de personal de las jornadas laborales desarrolladas en régimen de teletrabajo.
    Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Características personales, Detalles del empleo
  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Dirección General de Trabajo (E.H.y E.)
    Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
    LegitimaciónReal Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de la Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid. Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.
    Fines del tratamientoElaboración del Plan Individual de Teletrabajo para el seguimiento y evaluación por los Centros Directivos y por los responsables en materia de personal de las jornadas laborales desarrolladas en régimen de teletrabajo
    Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Características personales, Detalles del empleo
  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Dirección General del Servicio Público de Empleo (EHE)
    Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
    LegitimaciónReal Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de la Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid. Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.
    Fines del tratamientoElaboración del Plan Individual de Teletrabajo para el seguimiento y evaluación por los Centros Directivos y por los responsables en materia de personal de las jornadas laborales desarrolladas en régimen de teletrabajo.
    Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Características personales, Detalles del empleo
  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Dirección General de Formación (E.H.y E.)
    Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
    LegitimaciónReal Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de la Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid. Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.
    Fines del tratamientoElaboración del Plan Individual de Teletrabajo para el seguimiento y evaluación por los Centros Directivos y por los responsables en materia de personal de las jornadas laborales desarrolladas en régimen de teletrabajo.
    Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Características personales, Detalles del empleo