Actividad de Tratamiento: PRUEBAS EXTRAHOSPITALARIAS

ConsejeríaConsejería de Sanidad
Unidad AdministrativaHospital Universitario Príncipe de Asturias
Responsable o Titular del Centro DirectivoDIRECTOR/A GENERAL DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO PRÍNCIPE DE ASTURIAS
Delegado de Protección de Datos (e-mail del DPD)protecciondedatos.sanidad@madrid.org
Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
LegitimaciónLey 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, de autonomía del paciente
Fines del tratamientoGestion diaria y estadística del control de analítica envidada a otro hospital
Colectivo de interesadosPacientes atendidos en el hospital universitario principe de asturias y su área de influencia
Categoría de datos personalesDatos de carácter identificativo, Datos especialmente protegidos
Conjunto de datos por categoríaNombre y apellidos, Datos relativos a salud (bajas por enfermedad, accidentes laborales y discapacidades)
Categorías de destinatariosNo se realizan
Transferencias internacionales de datosNo
Periodo de conservación de los datosPeriodo indeterminado
Criterio de conservación Los datos se mantendrán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, siendo de aplicación la normativa de archivos y documentos de la Comunidad de Madrid.
Medidas de seguridadLas medidas de seguridad implantadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Esquema Nacional de Seguridad vigente.