Actividad de Tratamiento: AUTORIZACIÓN DE BIOBANCOS CON FINES DE INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA

ConsejeríaConsejería de Sanidad
Unidad AdministrativaDirección General de Investigación y Docencia (Sanidad)
Responsable o Titular del Centro DirectivoDirector/a General de la D.G. de Investigación y Docencia
Delegado de Protección de Datos (e-mail del DPD)protecciondedatos.sanidad@madrid.org
Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
LegitimaciónLey 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica. Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para investigación biomédica
Fines del tratamientoInscripción en el Regitro Nacional de Biobancos
Colectivo de interesadosEl titular del biobanco o el Representante Legal
Categoría de datos personalesDatos de carácter identificativo, Datos académicos y profesionales
Conjunto de datos por categoríaNombre y apellidos, DNI / NIF / NIE / pasaporte / documento identificativo, Dirección postal, Dirección electrónica (e-mail, IP, etc.), Datos académicos y profesionales, Teléfono / fax
Categorías de destinatariosOtros órganos de la administración del estado (Instituto de Salud Carlos III)
Transferencias internacionales de datosNo
Periodo de conservación de los datosPeriodo indeterminado
Criterio de conservación Los datos se mantendrán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, siendo de aplicación la normativa de archivos y documentos de la Comunidad de Madrid.
Medidas de seguridadLas medidas de seguridad implantadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Esquema Nacional de Seguridad vigente.