Actividad de Tratamiento: CENTROS DE TESTAJE EN MATERIA GANADERA Y ANIMALES DONANTES DE MATERIAL REPRODUCTIVO

ConsejeríaConsejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Unidad AdministrativaInstituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (Imidra)
Responsable o Titular del Centro DirectivoDIRECTORA- GERENTE
Delegado de Protección de Datos (e-mail del DPD)protecciondatosmambiente@madrid.org
Base jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
LegitimaciónReal Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre. Reglamento (UE) 2016/1012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo
Fines del tratamientoRegistro de datos de las asociaciones de ganaderos y de ganaderos particulares.
Colectivo de interesadosRepresentantes de personas jurídicas, Clientes, otros (colaboración I+D)
Categoría de datos personalesDatos de carácter identificativo, Datos académicos y profesionales
Conjunto de datos por categoríaNombre y apellidos , DNI / NIF / NIE / pasaporte / documento identificativo, Dirección postal , Dirección electrónica (e-mail, IP, etc.) , Firma manuscrita y/o electrónica , Teléfono / fax , Pertenencia a colegios o asociaciones profesionales
Categorías de destinatariosOtros órganos por obligación legal
Transferencias internacionales de datosNo
Periodo de conservación de los datosPeriodo indeterminado
Criterio de conservación Los datos se mantendrán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, siendo de aplicación la normativa de archivos y documentos de la Comunidad de Madrid.
Medidas de seguridadLas medidas de seguridad implantadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Esquema Nacional de Seguridad vigente.