Actividad de Tratamiento: MEDIDAS ORGANIZATIVAS Y DE PREVENCIÓN, HIGIENE Y PROMOCIÓN DE LA SALUD FRENTE A COVID-19 PARA CENTROS EDUCATIVOS
ConsejeríaConsejería de Educación, Ciencia y Universidades
Unidad AdministrativaDirección General de Enseñanzas Artísticas
Responsable o Titular del Centro DirectivoDIRECTOR/A GENERAL DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS
Delegado de Protección de Datos (e-mail del DPD)protecciondatos.educacion@madrid.org
Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 d) el tratamiento es necesario para proteger intereses vitales del interesado o de otra persona física.
LegitimaciónLey Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, cuyo artículo 65 establece que las declaraciones de actuaciones coordinadas por el Ministerio de Sanidad resultan de obligado cumplimiento para las comunidades y ciudades autónomas, que deben incorporarlas a través de los instrumentos jurídicos correspondientes para que sean aplicables en su ámbito territorial.Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública .Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.Orden 1035/2020, de 29 de agosto, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 668/2020, de 19 de junio, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
Fines del tratamientoAdoptar las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al COVID-19 que garanticen que la actividad educativa presencial se realiza de la manera más segura posible, con el objetivo de prevenir, controlar y contener la pandemia en el ámbito de la Comunidad de Madrid. En función de la evolución epidemiológica, los titulares de la Consejería de Sanidad y de la Dirección General de Salud Pública, en su calidad de autoridades sanitarias, podrán modificar o suprimir las medidas de contención establecidas o bien establecer adicionales en caso de ser necesario
Colectivo de interesadosAlumnos, Empleados
Categoría de datos personalesDatos de carácter identificativo, Datos especialmente protegidos, Características personales
Conjunto de datos por categoríaDirección electrónica (e-mail, IP, etc.), Dirección postal, DNI / NIF / NIE / pasaporte / documento identificativo, Nombre y apellidos, Teléfono / fax, Firma manuscrita y/o electrónica, Número de la Seguridad Social / mutualidad, Datos relativos a salud (bajas por enfermedad, accidentes laborales y discapacidades), Vida sexual / orientación sexual, Sexo, Lengua materna, Fecha de nacimiento
Categorías de destinatariosEn aparición de un caso o brote, a las autoridades sanitarias para que puedan gestionar la evaluación del riego en cada caso y valorar el correcto seguimiento de las medidas en los casos confirmados
Transferencias internacionales de datosNo
Periodo de conservación de los datosPeriodo determinado
Plazo de conservación
Los datos de temperatura no se coservarán en ningún caso.Los datos obtenidos mediante pruebas de salud se mantendrán durante el tiempo que sea estrictamente necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Asimismo, los datos podrán ser conservados para fines científicos y estadísticos de carácter sanitario durante el tiempo que las autoridades sanitarias consideren necesario, en cuyo caso serán bloqueados para cualquier otra finalidad
Medidas de seguridadLas medidas de seguridad implantadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Esquema Nacional de Seguridad vigente.