Actividad de Tratamiento: MEDIDAS ORGANIZATIVAS Y DE PREVENCIÓN, HIGIENE Y PROMOCIÓN DE LA SALUD FRENTE A COVID-19 PARA CENTROS EDUCATIVOS
ConsejeríaConsejería de Educación, Ciencia y Universidades
Unidad AdministrativaDirección General de Recursos Humanos (Educación)
Responsable o Titular del Centro DirectivoDIRECTOR GENERAL
Delegado de Protección de Datos (e-mail del DPD)protecciondatos.educacion@madrid.org
Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 d) el tratamiento es necesario para proteger intereses vitales del interesado o de otra persona física.
LegitimaciónLa Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, cuyo artículo 65 establece que las declaraciones de actuaciones coordinadas por el Ministerio de Sanidad resultan de obligado cumplimiento para las comunidades y ciudades autónomas, que deben incorporarlas a través de los instrumentos jurídicos correspondientes para que sean aplicables en su ámbito territorial. Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública . Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Orden 1035/2020, de 29 de agosto, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 668/2020, de 19 de junio, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
Fines del tratamientoAdoptar las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al COVID-19 que garanticen que la actividad educativa presencial se realiza de la manera más segura posible, con el objetivo de prevenir, controlar y contener la pandemia en el ámbito de la Comunidad de Madrid. En función de la evolución epidemiológica, los titulares de la Consejería de Sanidad y de la Dirección General de Salud Pública, en su calidad de autoridades sanitarias, podrán modificar o suprimir las medidas de contención establecidas o bien establecer adicionales en caso de ser necesario
Colectivo de interesadosEmpleados
Categoría de datos personalesDatos de carácter identificativo, Detalles del empleo, Características personales, Datos especialmente protegidos
Conjunto de datos por categoríaDNI / NIF / NIE / pasaporte / documento identificativo, Nombre y apellidos, Dirección postal, Puesto de trabajo, Fecha de nacimiento, Datos relativos a salud (bajas por enfermedad, accidentes laborales y discapacidades)
Categorías de destinatariosAnte la aparición de un caso o brote o para la adopción de medidas de caracter sanitario en cumplimiento de las responsabilidades del empleador en materia de seguridad e higiene en el trabajo. los datos serán cedidos a las autoridades sanitarias para que puedan gestionar la evaluación del riesgo en cada caso, adopción de medidas de caracter sanitario y valorar el correcto seguimiento de las mismas
Transferencias internacionales de datosNo
Periodo de conservación de los datosPeriodo indeterminado
Criterio de conservación
Los datos se mantendrán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, siendo de aplicación la normativa de archivos y documentos de la Comunidad de Madrid.
Medidas de seguridadLas medidas de seguridad implantadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Esquema Nacional de Seguridad vigente.