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Unidad de Tratamiento Neurorehabilitador

Presentación

  • Dentro de la unidad de  recuperación funcional se ha definido un área especializada  para tratamiento rehabilitador intensivo de pacientes con daño cerebral adquirido, principalmente tras un ICTUS. Su actuación se dirige a la fase subaguda de la enfermedad, una vez que el paciente ha superado la fase aguda en un hospital de agudos, donde se hayan realizado los procesos diagnósticos y terapéuticos correspondientes y hasta que puede ser dado de alta a la comunidad para continuar el tratamiento de forma ambulatoria.

    Son pacientes que se encuentran estables desde el punto de vista neurológico, con un riesgo bajo de presentar complicaciones derivadas de la lesión cerebral o sus secuelas, y con suficiente capacidad para colaborar activamente en la rehabilitación de los aspectos funcionales, cognitivos y conductuales. Esta fase precisa una atención en régimen de ingreso hospitalario, tanto para la atención del propio paciente como para la mejor formación y adaptación de su entorno familiar y afectivo. La duración de esta fase es variable, si bien no debería superar los cuatro meses tras haber superado la fase crítica.

Criterios de admisión

    • Pacientes adultos, con situación funcional (Índice de Barthel > 60) y buena situación cognitiva previas al ingreso, que han sufrido un ACVA isquémico o hemorrágico y que son subsidiarios de tratamiento rehabilitador.
    • Pacientes con estabilidad en la evolución del ictus. (Ingreso en la 1ª semana de evolución en los ictus isquémicos y en la 2º semana en los hemorrágicos).
    • Haber realizado en el hospital solicitante el estudio etiopatogénico.

    Para poder valorar la adecuación del paciente a los criterios de ingreso es necesario:

    • Un Informe clínico del hospital peticionario donde se debe hacer mención expresa de:
      • Antecedentes personales. Situación funcional y cognitiva basal. Exploración general y exploración neurológica al ingreso.
      • Pruebas complementarias realizadas; Complicaciones y evolución del cuadro neurológico durante el ingreso.
      • Exploración neurológica al alta donde se especifique:
        • Grado de afectación de funciones superiores: situación cognitiva (Pfeiffer), trastornos de atención, afasia, hemianopsia y disfagia.
        • El grado de afectación motora y sensitiva. Control de tronco. Capacidad de marcha. Control de esfínteres.
        • Situación funcional al alta: índice de Barthel.
      • Pautas de tratamiento recomendadas, según el diagnóstico etiopatogénico del ictus, actualizadas a fecha de alta.
    • Pruebas complementarias pendientes y revisiones en consultas con las citas pertinentes.Informe del Servicio de Rehabilitación donde se haga constar la evolución del paciente en rehabilitación y la indicación de seguir dicho tratamiento en el centro receptor.
    • Informe de trabajo social.
    • Facilitar el seguimiento de los pacientes en el ámbito ambulatorio, posibilitando la cita en las consultas de Rehabilitación del Área Sanitaria correspondiente cuando el paciente sea dado de alta en el hospital.

Criterios de exclusión

  • Los criterios de exclusión son los mismos que para la URF:

    1. Presencia de una enfermedad aguda o inestable para la que se precisen todavía de los métodos de diagnóstico/terapéuticos que se proporcionan en las unidades de agudos.
    2. Deterioros cognitivos y/o conductuales severos que impiden una adecuada colaboración en el tratamiento o ponen en riesgo la integridad física propia o de los demás pacientes.
    3. Deterioros funcionales severos previos ya establecidos.
    4. Presencia de una enfermedad en fase terminal.