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Unidad de Recuperación Funcional

Presentación

  • La Unidad de Rehabilitación Funcional (UEF), cuanta con un gimnasio completo equipado con la tecnología y los sistemas más avanzados para el abordaje de los pacientes con necesidades de rehabilitación post-cirugía ortopédica y pacientes amputados. Así mismo, se abordan las necesidades derivadas del abordaje de los inmovilismos y desacondicionamientos funcionales (entendiendo por tales la situación de pérdida de condiciones fisiológicas y metabólicas de diversos sistemas ocasionada por la permanencia en reposo, afectando los desempeños y posibilidades funcionales de la persona). También se abordan los casos de rehabilitación respiratoria, frecuentemente asociadas a EPOC.

Criterios de admisión

    1. Pacientes adultos, con deterioro funcional moderado o grave por patología osteoarticular, con indicación de tratamiento rehabilitador, por procesos traumatológicos quirúrgicos o no.
    2. Pacientes con inmovilismo secundario a hospitalización reciente por patología médica o quirúrgica.
    3. Pacientes adultos, con situación funcional (Índice de Barthel > 60) y buena situación cognitiva previas al ingreso, que han sufrido un ACVA isquémico o hemorrágico y que son subsidiarios de tratamiento rehabilitador.
    4. Pacientes con estabilidad en la evolución del ictus. (Ingreso en la 1ª semana de evolución en los ictus isquémicos y en la 2º semana en los hemorrágicos).
    5. Haber realizado en el hospital solicitante el estudio etiopatogénico.

    Con objeto de poder valorar la adecuación del paciente a los criterios de ingreso, es necesario, un informe del hospital peticionario donde se debe hacer mención expresa de:

    1. Antecedentes personales. Situación funcional y cognitiva basal. Exploración general al ingreso.
    2. Informe de trabajo social.
    3. Pruebas complementarias realizadas.
    4. Pruebas complementarias pendientes y revisiones en consultas ambas con cita.

    Además aportará Informe del Servicio de Rehabilitación donde se haga constar la evolución del paciente y la indicación de seguir tratamiento rehabilitador en el centro receptor.

    El Hospital de procedencia deberá facilitar el seguimiento de los pacientes en el ámbito ambulatorio, posibilitando la cita en las consultas de Rehabilitación del Área Sanitaria correspondiente cuando el paciente sea dado de alta en el hospital La Fuenfria.

Criterios de exclusión

    1. Pacientes que presentaban una mala situación funcional con dependencia para las AVD o incapacidad para la marcha y/o una mala situación cognitiva previa al ingreso que impida la colaboración en el tratamiento rehabilitador.
    2. Pacientes que pasado un mes de evolución del episodio agudo, presentan con un Índice de Barthel < 20.
    3. Pacientes inestables desde el punto de vista clínico que requieran ingreso en hospital de agudos.
    4. Pacientes con patología crónica previa que les impide realizar rehabilitación.
    5. Problema social como motivo principal de ingreso. Si existe problema social asociado se iniciará por parte de la trabajadora social del hospital de referencia la vía de solución.
    6. Pacientes subsidiarios de cuidados paliativos.