Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación 2022-2026
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La Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación 2022-2026 incluye 80 medidas que se vertebran en torno a tres ejes u objetivos estratégicos:
- Apoyo a la natalidad
- Protección a la maternidad y a la paternidad
- Conciliación de la vida laboral, familiar y personal
Para su elaboración se ha realizado un profundo análisis de la situación de la natalidad y la fecundidad en la Comunidad de Madrid y se han tenido en cuenta los resultados que desprenden de un estudio sociológico realizado “ad hoc” en el que han participado mujeres madrileñas de entre 20 y 45 años a través de distintos grupos de discusión y de un estudio demoscópico en el que han participado 800 hombres y mujeres.
Las 80 medidas se distribuyen en 6 líneas de actuación, a través de las cuáles se da respuesta a las principales barreras que los hombres y mujeres madrileños encuestados identifican a la hora de tomar la decisión de tener hijos
Ayudas directas y beneficios fiscales al nacimiento de hijos
AYUDAS DIRECTAS Y BENEFICIOS FISCALES AL NACIMIENTO DE HIJOS
1. Ayuda directa de 14.500 euros de apoyo a la maternidad para mujeres menores de 30 años
Para evitar que ninguna mujer joven renuncie a iniciar un proyecto familiar por cuestiones económicas, se ha puesto en marcha una ayuda económica directa de 500 euros mensuales a mujeres embarazadas desde el quinto mes de gestación y hasta que el bebé cumpla los dos años de edad, lo que supone un total de 14.500 euros por hijo.
Esta ayuda está dirigida a mujeres menores de 30 años que lleven al menos cinco empadronadas en la Comunidad de Madrid en el momento de su embarazo, y es compatible con el desarrollo de una actividad laboral remunerada, ya que se podrá recibir siempre que los ingresos de la solicitante no superen los 30.000 euros anuales.
En el caso de gestación, parto o adopción múltiple, cada feto o hijo adicional dará derecho a la percepción de un importe adicional de 500 euros y el plazo de devengo de la ayuda será el mismo, es decir, desde la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que menor cumpla 24 meses.
2. Ampliación de la deducción por nacimiento o adopción de hijos
Las personas que tengan o adopten hijos se beneficiarán de deducción en el IRPF que se ampliará de 600 a 700 euros anuales aplicables tanto en el año del nacimiento o adopción como en los dos siguientes. De esta forma, a lo largo de los tres años posteriores al nacimiento o adopción del menor, la deducción aplicable llegará hasta 2.100 euros.
En el caso de partos o adopciones múltiples se aplicará un beneficio fiscal de 600 euros adicionales por cada hijo.
Para la aplicación de esta deducción la suma de la base imponible general y la del ahorro no debe ser superior a 30.000 euros en tributación individual o a 36.200 euros en tributación conjunta, y la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar de la que el contribuyente pueda formar parte no será superior a 60.000 euros.
3. Deducción por la adopción internacional de niños
Las personas que adopten niños podrán aplicarse una deducción de 600 euros en el impuesto de la Renta por cada niño adoptado durante el periodo impositivo siempre que dicha adopción tenga el carácter de internacional.
Con ello se pretende facilitar la adopción de menores y aliviar los costes que supone dicha adopción.
4. Deducción de hasta 900 euros por acogimiento familiar de menores
Las familias que acojan menores podrán beneficiarse de una deducción en el IRPF de una cuantía variable en función del número de menores acogidos, administrativa o judicialmente, en régimen de acogimiento familiar temporal, permanente o guarda con fines de adopción, que tenga el contribuyente durante, al menos, 183 días del periodo impositivo.
El objeto de esta actuación es facilitar el acogimiento de menores en un entorno familiar donde puedan tener un mayor desarrollo personal y social.
Las cuantías previstas son:
- 600 euros por el primer menor acogido.
- 750 euros por el segundo.
- 900 euros por el tercero y siguientes.
La suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente, no debe ser superior a 25.620 euros en tributación individual o a 36.200 euros en tributación conjunta.
5. Ayudas de hasta 1.100 euros por nacimiento, adopción, acogimiento permanente o temporal para empleados públicos
Los empleados públicos de la Comunidad de Madrid podrán beneficiarse de una ayuda de hasta 1.100 euros por nacimiento, adopción o acogimiento permanente o temporal de un hijo. Solo se considerará acogimiento temporal, a efectos de concesión de esta ayuda, aquel que tenga una duración superior a un año.
En el supuesto de que ambos progenitores reúnan los requisitos establecidos, solo uno de ellos podrá ser beneficiario de esta ayuda.
Medidas para proteger la maternidad y la paternidad
MEDIDAS PARA PROTEGER LA MATERNIDAD Y LA PATERNIDAD
6. Planes de asesoramiento y asistencia personalizada a la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio
Se pondrán en marcha nuevas iniciativas de humanización para acompañar a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio.
Entre ellas, se encuentran las siguientes actuaciones:
- Establecimiento del plan personalizado del parto y asesoramiento a gestantes sobre posibilidad de elegir el desarrollo del mismo.
- Elaboración de un documento que facilita las gestiones administrativas en relación con el parto.
- Desarrollo de estrategias y talleres para la promoción de lactancia materna, contacto piel con piel, descanso nocturno, ambientes amables y detección de casos de vulnerabilidad, entre otros.
- Información sobre trámites de entrega en adopción del recién nacido.
7. Refuerzo de las iniciativas de humanización de la asistencia al nacimiento y la lactancia
Se van a reforzar las actuaciones dirigidas a promover la lactancia materna e impulsar la humanización en la atención al parto y primeras etapas de la vida en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.
Los objetivos son:.
- Facilitar que los hospitales y centros de salud sigan las recomendaciones de la OMS/UNICEF de promoción, protección y apoyo a la lactancia natural.
- Impulsar la actividad regular de los comités de lactancia materna en Hospitales y Atención Primaria.
- Promover la continuidad asistencial entre el Hospital y el Centro de Salud para favorecer el mantenimiento de la lactancia materna y el mejor cuidado del recién nacido.
- Promover que los centros sanitarios obtengan el reconocimiento “Iniciativa para la Humanización de la Asistencia al Nacimiento y la Lactancia” de la OMS y UNICEF.
En este marco se promoverá la creación de infraestructuras organizativas –Comités de Lactancia Materna- en los centros sanitarios –hospitales y Primaria, se impartirá más Formación a los profesionales –sanitarios y no sanitarios- y se realizarán actuaciones de sensibilización y divulgación entre los sanitarios y la ciudadanía.
8. Nueva regulación de los centros de reproducción asistida para mejorar la calidad y la seguridad de los servicios que ofrecen
Se aprobará una nueva regulación de la actividad que realizan los centros de Reproducción Humana Asistida para dar respuesta a la creciente necesidad de las mujeres y de las familias de acudir a esos recursos asistenciales, ante los imparables cambios sociales que condicionan una maternidad cada día más tardía.
El objetivo es mejorar la calidad y seguridad de los servicios que prestan estos centros y servicios, así como la asistencia sanitaria que se presta en ellos, incrementando las garantías en la aplicación de estas técnicas y contribuyendo a la consolidación de los centros en la vanguardia europea de la reproducción humana asistida.
9. Medidas para mejorar el diagnóstico precoz de los problemas de fertilidad y adelantar el inicio de los tratamientos
Con el objeto de reconocer de forma precoz las personas con problemas de fertilidad y evitar retrasos en la gestación que puedan conllevar futuros riesgos se realizarán las siguientes actuaciones:
- Mejorar la accesibilidad desde atención primaria a consultas monográficas de fertilidad.
- Creación de consultas de alta resolución para agilizar la atención y los diagnósticos y poder adelantar, en su caso, el inicio de los tratamientos.
- Incremento del número de hospitales con técnicas de Diagnóstico Genético Preimplantacional.
- Potenciación, como alternativas a posibles problemas de fertilidad, de los Bancos de Gametos y de los Bancos de Embriones.
10. Flexibilización y ampliación de los criterios de acceso a los tratamientos de reproducción asistida
Para hacer posible que más mujeres puedan someterse a tratamientos de reproducción asistida se van a flexibilizar los criterios y las condiciones de acceso. Para ello:
- De forma progresiva, se incrementará hasta los 45 años la edad a la que las mujeres pueden acceder a los tratamientos de reproducción asistida. En la actualidad tienen que tener menos de 40 años en el momento del inicio del estudio.
- Las mujeres madrileñas podrán someterse a tratamientos de reproducción asistida después de haber tenido el primer hijo.
- Y, también, se aumentará el número de intentos completos para cada paciente, pasando de 3 a 4 por mujer.
11. Reducción de las listas de espera en las consultas de reproducción asistida y garantía de libertad de elección de hospital para la realización de los tratamientos
Con el objetivo de reducir la lista de espera para someterse a un tratamiento de reproducción asistida, se van a llevar a cabo distintas actuaciones entre las que se encuentran:
- Puesta en marcha del Plan de Fertilidad en Red para generar una lista de espera común en todos los centros públicos de la Comunidad de Madrid y, sin perjuicio de lo anterior, garantizar la libre elección de hospital donde poder realizarse el tratamiento.
- Establecer en 60 días la demora media para pacientes de prioridad normal, y prestar atención urgente en los casos en los que se requiera.
- Potenciar y desarrollar la cartera de servicios en las unidades existentes y valorar la apertura de nuevas unidades.
12. Puesta en marcha del Banco Madrileño de Ovocitos y potenciación del Banco de Embriones de la Comunidad de Madrid, garantizando la custodia de embriones sin límite de tiempo
La Comunidad de Madrid reactivará el Banco de Ovocitos ubicado en el Hospital Príncipe de Asturias de Alcalá de Henares que permitirá la preservación de óvulos en condiciones óptimas.
Además, se potenciará el funcionamiento del Banco de Embriones de la Comunidad de Madrid, garantizando la custodia de embriones sin límite de tiempo y la preservación de embriones de buena calidad excedentes de las parejas que han llevado a cabo un tratamiento de reproducción asistida, con el objetivo de emplearlos en un nuevo intento si con la transferencia no se diera el embarazo, o en un futuro para ampliar la familia.
13. Programa de apoyo a las familias acogedoras
Desde la Comunidad de Madrid garantizaremos el derecho de las familias acogedoras a percibir las ayudas económicas que les corresponden con cuantías de hasta 15.500 euros y reforzaremos los recursos y programas de apoyo dirigidos a estas familias.
14. Línea telefónica gratuita de atención a la maternidad
Se trata un servicio gratuito de atención telefónica de orientación psicológica e información sobre los recursos que se encuentran a disposición de mujeres gestantes y madres.
Para la prestación de este servicio se dispone de un equipo multidisciplinar especializado integrado por psicólogos y trabajadores sociales. El servicio funciona de lunes a viernes de 8.00 a 22.00 horas, y los sábados y domingos de 9.00 a 15.00 horas.
El objetivo es ofrecer a las mujeres gestantes o madres un servicio gratuito de atención, información, acompañamiento y apoyo psicológico.
15. Apoyo a la vida de los no nacidos, dando alternativas a las madres embarazadas
Se van a adoptar todas las medidas para apoyar la vida de los no nacidos, dando alternativas a las madres embarazadas: información sobre ayudas existentes, enlazar con las personas que no encuentran niños en adopción, acogimiento,..
El objetivo es eliminar desde el primer momento todos los obstáculos existentes para que las familias tengan los hijos que puedan desear.
16. Apoyo a la red de centros maternales para ofrecer recursos a las madres en situación de riesgo
Se potenciará la red de centros que tienen el objetivo de dar acogida temporal a jóvenes y mujeres adultas gestantes o a madres con hijos a cargo, generalmente menores de tres años, que se encuentran en situación de riesgo o exclusión social, fomentando los procesos de aprendizaje con respecto a su maternidad y propiciando la adquisición de hábitos dirigidos a su plena integración.
Su finalidad es proporcionar a las mujeres madres en riesgo de exclusión alojamiento temporal, manutención y un plan de intervención individualizado.
17. Puesta en marcha de un nuevo programa de visitas domiciliarias para la asistencia a la maternidad desde el nacimiento hasta los dos años de edad del bebé
El nuevo programa consiste en la realización en una visita mensual a domicilio por parte de personal especializado desde el nacimiento hasta los dos años de edad del niño o la niña. Las visitas incluirán asistencia en ámbitos como la dieta, lactancia, seguridad, habilidades parentales o salud mental. El programa estará dirigido a familias en una situación socioeconómica vulnerable, y especialmente a madres primerizas.
A través de este programa se persiguen los siguientes objetivos:
- Dotar tanto a las familias como a la infancia de los recursos necesarios que contribuyan a su bienestar posterior.
- Mejorar la salud maternal y de los recién nacidos, reducir los accidentes infantiles o los comportamientos dañinos, mejorar el rendimiento escolar y el aprendizaje, mejorar la autonomía familiar y la dependencia de programas de apoyo, así como la relación entre los distintos miembros de la familia.
18. Nuevo protocolo de ayuda a las mujeres embarazadas en situación de vulnerabilidad
Se aprobará un nuevo protocolo de ayuda a las mujeres embarazadas en situación de vulnerabilidad para coordinar la actuación de todas las Administraciones implicadas en su protección.
Para ello, se definen los criterios de comunicación y cooperación entre la Administración Autonómica, y las Corporaciones Locales para la derivación de mujeres gestantes y/o madres con hijos de hasta tres años, susceptibles de adjudicación de una plaza residencial en alguna de las Residencias Maternales de la Comunidad de Madrid.
19. Recogida de bebés para evitar su abandono a través del 112 y el 012 garantizando la protección de la identidad de la madre
La Comunidad de Madrid ofrece ayuda y protección tanto a la madre como al bebé, cuando ésta no puede hacerse cargo de su hijo y decide renunciar a él de una forma responsable y con las máximas garantías de seguridad para los menores.
Pueden entregar a los bebés de forma libre y segura para ellas y para los bebés, sin incurrir en un delito como es el abandono a través de una llamada gratuita y totalmente confidencial al teléfono 112 y, como novedad, a través del 012.
El objetivo de esta actuación es:
- Prevenir el abandono de bebés.
- Ofrecer ayuda y protección tanto a las madres que deciden entregar a sus hijos en adopción como a los bebés.
- Garantizar la seguridad y la confidencialidad en el proceso.
20. Programa Especializado de intervención con jóvenes infractoras que cumplen una medida judicial de internamiento y que son madres de hijos menores de 3 años y/o que se encuentran en estado de gestación
Se trata de un programa intervención específica y pormenorizada dirigido a menores y jóvenes que cumplen una medida judicial de internamiento y que tienen a su cargo hijos con edad inferior a 3 años o se encuentran en estado de gestación.
El objetivo es que puedan adquirir las habilidades necesarias en el cuidado de sus hijos, ofrecerles ayuda psicológica, favorecer la asunción de responsabilidades y que adquieran los conocimientos y destrezas necesarias para que, una vez cumplida la medida de internamiento impuesta, puedan normalizar su situación social y laboral, reduciendo así las posibilidades de reincidir en el delito.
21. Ayudas a entidades que trabajan con mujeres embarazadas sin recursos y/o madres con niños de 0 a 3 años
Se trata de ayudas dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas, con especial atención a las adolescentes, y a madres sin recursos con hijos de cero a tres años y al mantenimiento de una red de apoyo.
Son subvencionables las siguientes actuaciones:
- Alojamiento de las mujeres embarazadas o madres sin recursos con hijos de cero a tres años.
- Programas sociolaborales dirigidos a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos de cero a tres años, tendentes a garantizar su autonomía personal y patrimonial frente a situaciones de vulnerabilidad o exclusión social.
- Servicios para el cuidado y atención inmediata para hijos de cero a tres años y sus madres.
- Apoyo psicológico y asesoramiento jurídico.
22. Se ampliará la Red de Atención Temprana de la Comunidad de Madrid, para reducir la lista de espera de tratamientos
Durante los ejercicios 2022 y 2023 se ampliará la red de atención temprana de la Comunidad de Madrid con la incorporación de 1.500 nuevas plazas.
Esta actuación permitirá reducir la lista de espera para recibir tratamiento ambulatorio rehabilitador de atención temprana.
23. Habilitación de Salas de Lactancia en edificios públicos de la administración
Se van a incorporar salas de lactancia, como uso compartido con las salas de descanso en los centros de trabajo de más de 50 empleados, en cada una de las nuevas implantaciones que se proyecten.
En el caso de los empleados públicos el objetivo es garantizarles condiciones óptimas en cuanto a su puesto de trabajo y ayudar a mejorar y fomentar la conciliación familiar y el desarrollo de la maternidad/paternidad.
Estas “salas de lactancia”, a las que tendrán acceso también las personas que visitan dichos edificios públicos, se conciben como espacios confortables y adecuados que facilitan la conciliación y el cometido propio de la crianza de los hijos, -en el caso de los empleados públicos-, en el ejercicio de sus funciones profesionales y, -en el caso del resto de los ciudadanos-, en el ámbito de su interacción con la administración pública.
Medidas para favorecer el acceso al mercado laboral de manera estable y para facilitar la conciliación
ACTUACIONES PARA FAVORECER EL ACCESO AL MERCADO LABORAL DE FORMA ESTABLE
24. Actuaciones para facilitar el acceso al empleo: ayudas a la contratación y mejora de los servicios de intermediación laboral que realizan las Oficinas de Empleo
En el marco de la Estrategia Madrid por el Empleo se contemplan incentivos a la contratación indefinida de hasta 9.500 euros para estimular la contratación estable poniendo especial atención en aquellas personas que tienen mayores dificultades de acceso al empleo. Entre los grupos de población con incentivos a la contratación más elevados se encuentran los jóvenes.
Asimismo, se incluyen medidas para la mejora del funcionamiento de la Red de Oficinas de Empleo adaptándolo a las necesidades actuales tanto de los demandantes de empleo como de las empresas a la hora de gestionar sus ofertas de empleo.
25. Actuaciones para la mejora de la empleabilidad y para fortalecer el tejido productivo de la región
La Estrategia Madrid por el Empleo contempla también actuaciones para la mejora de la empleabilidad a través de la formación profesional para el empleo, tanto de las personas ocupadas como desempleadas, especialmente de aquellas con un menor nivel de cualificación.
El objetivo es facilitar el acceso al empleo a quienes se encuentran en situación de desempleo y favorecer la promoción profesional en el caso de aquellos trabajadores que ya tienen un empleo para que puedan mejorar sus condiciones laborales.
Además, se propiciarán programas para fortalecer el tejido productivo de la región, priorizando los sectores con capacidad de generar empleo y la formación en competencias digitales.
26. Actuaciones para apoyar a los emprendedores: ampliación de la Tarifa Plana para las mujeres autónomas que se reincorporan a su actividad tras la maternidad
Para fomentar el emprendimiento, no sólo como como alternativa al desempleo, sino también como forma de desarrollo del talento, y para apoyar a los que ya han emprendido, la Estrategia Madrid por el Empleo incluye distintas medidas dirigidas a los autónomos y a la Economía Social.
Entre ellas, se encuentra la mejora de la Tarifa Plana de 50 euros en la cotización a la Seguridad Social a las mujeres autónomas que se reincorporan a su actividad tras la maternidad, garantizando que puedan disfrutar de esta ayuda durante 24 meses.
El objetivo es facilitar la reincorporación laboral a las mujeres autónomas que decidan ser madres.
27. Actuaciones para facilitar el acceso al empleo a las personas más alejadas del mercado laboral y a los jóvenes
Con el objetivo de facilitar el acceso al empleo a aquellos grupos de población con mayores dificultades la Estrategia Madrid por el Empleo incluye distintos programas específicos para personas desempleadas de larga duración, personas con discapacidad o personas que se encuentran en riesgo de exclusión social.
Entre ellas, se encuentran los programas mixtos de formación y empleo para las personas paradas de larga duración, el programa de integración laboral a través de empresas de inserción o los programas dirigidos a favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad ya sea a través del empleo protegido en Centros Especiales de Empleo o en el mercado laboral ordinario.
Para facilitar el acceso de los más jóvenes al empleo la Estrategia incluye, entre otras, actuaciones para impulsar los contratos formativos y el programa Mi Primer Empleo cuyo objetivo es facilitar la primera experiencia laboral.
28. Reducción de la cuota empresarial de la Seguridad Social de los trabajadores que se incorporen a su empresa tras el permiso de maternidad o paternidad
La Comunidad de Madrid instará al Gobierno de España a que reduzca la cuota empresarial de la Seguridad Social de los trabajadores que se incorporen a su empresa tras el permiso maternidad o paternidad.
La duración del incentivo sería de al menos un año tras la incorporación de la madre y/o padre a sus respectivas empresas y complementario a las bonificaciones actuales de la cuota que ya disfrutan los empleadores cuando el trabajador es sustituido por otro durante los periodos de permiso por maternidad/paternidad, riesgo en el embarazo o durante la lactancia.
ACTUACIONES PARA FAVORECER LA CONCILIACIÓN
29. Ayudas para el fomento del teletrabajo y la flexibilización de la jornada laboral
Se mantendrán las ayudas económicas para el fomento del teletrabajo y la flexibilización de la jornada laboral en empresas y organizaciones.
Con ello, se pretende promover la efectiva conciliación en el ámbito laboral de las personas trabajadoras, en equilibrio con las necesidades organizativas de la empresa.
Además, se instará al gobierno de la nación a que ponga en marcha incentivos y beneficios fiscales a las empresas que flexibilicen los horarios de trabajo, especialmente a los padres con hijos menores de 10 años.
30. Puesta en marcha de incentivos a la contratación de personas empleadas de hogar para la conciliación de la vida familiar y laboral
Se pondrán en marcha incentivos de hasta 2.000 euros por la contratación de personas empleadas de hogar para el cuidado de hijos, así como de otros familiares con discapacidad o en situación de dependencia a cargo del interesado, que convivan en el mismo domicilio.
El fin de esta actuación es fomentar la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Se trata de una ayuda que favorecerá el fomento del empleo y que contribuye a la lucha contra la economía sumergida y empleo irregular y que es compatible con la deducción en el IRPF por los gastos de cotización a la Seguridad Social de personas empleadas de hogar para cuidado de hijos menores de 3 años.
31. Promoción de la conciliación de la vida familiar y personal para estudiantes con hijos menores
Las alumnas de enseñanzas no universitarias o universitarias que se encuentren embarazadas tendrán preferencia cuando exista la posibilidad de elegir el turno de mañana o tarde en los estudios que estén cursando en el período que va desde los 5 meses de embarazo hasta los 3 años de edad del menor.
Asimismo, los alumnos de enseñanzas no universitarias o universitarias con hijos hasta los 3 años de edad podrán cambiar la fecha de los exámenes, siempre que no sean convocatorias de pruebas finales ordinarias o extraordinarias.
También aquellos alumnos de enseñanzas de formación profesional del ámbito educativo con hijos hasta los 3 años de edad tendrán preferencia para la elección de los turnos y horarios para la realización del módulo de formación en centros de trabajo.
32. Ampliación de la deducción por cuidado de hijos menores de 3 años y extensión al cuidado de mayores en situación de dependencia o con discapacidad
Se ampliará la deducción por cuidado de hijos menores de 3 años, extendiéndose también al cuidado de personas mayores en situación de dependencia o con discapacidad reconocida, incrementando la deducción del 20 al 25 por ciento de las cotizaciones efectuadas a la Seguridad Social por la contratación de personas para dicho fin y el límite de deducción de 400 a 450 euros anuales.
En el caso de titulares de familias numerosas, el porcentaje de deducción se incrementará del 30 al 40 por ciento y el límite de deducción de 500 a 600 euros anuales.
33. Asesoría a empresas y autónomos para la elaboración e implantación de actuaciones en favor de la conciliación y la corresponsabilidad
Se pondrá a disposición de las empresas y organizaciones –especialmente de las PYMES- un servicio de información, asesoramiento y formación a personas y empresas acerca de apoyo a la natalidad, protección a la maternidad y conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
Asimismo, se prestará asistencia técnica a PYMES para el diagnóstico, el diseño de sus Planes de igualdad y la formación complementaria en materia de empleo y liderazgo femenino.
34. Actuaciones para la difusión de la cultura de la conciliación en las empresas madrileñas en colaboración con las organizaciones empresariales
En colaboración con las organizaciones empresariales y organizaciones especializadas se pondrán en marcha acciones que contribuyan al conocimiento y adopción por parte de las empresas madrileñas de medidas y estrategias para el fomento de la conciliación y corresponsabilidad.
También se prestará asistencia y acompañamiento a aquellas empresas interesadas en obtener la certificación que acredita su buena gestión en materia de conciliación.
Asimismo, en colaboración con las organizaciones empresariales, se promoverá la habilitación de escuelas infantiles en los entornos laborales que lo permitan.
35. Ayudas a trabajadores desempleados para conciliar formación y cuidados a menores y dependientes
Implementación de ayudas a la conciliación para los trabajadores desempleados que participen en acciones formativas de formación profesional para el empleo gestionadas por la Dirección General de Formación.
Esta medida pretende ayudar a conciliar la asistencia de trabajadores desempleados a la formación, posibilitando su cualificación o recualificación, con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado.
36. Promoción de la conciliación familiar y laboral de las mujeres investigadoras y profesores universitarios con hijos menores
La Comunidad de Madrid pondrá en marcha actuaciones que contribuyan a que la maternidad no constituya un freno en la carrera profesional de las mujeres.
En este contexto, y con el objeto de que las investigadoras no sean penalizadas por el hecho de ser madres se van a flexibilizar los tiempos de ejecución de los proyectos de investigación en las siguientes circunstancias: bajas por maternidad o reducciones de jornada por cuidados de menores de 12 años o niños con alta dependencias.
Por su parte, los profesores universitarios podrán elegir el horario para impartir sus clases cuando estén disfrutan de una reducción de jornada por cuidado de menores.
37. Seguimiento e los instrumentos de negociación colectiva para evitar la inclusión de cláusulas o pactos contrarios a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral
La Dirección General de Trabajo, en su condición de Autoridad Laboral, revisa los convenios colectivos y los planes de igualdad como requisito previo a su depósito y registro.
El objetivo es evitar la inclusión de pactos o cláusulas en los convenios colectivos o en los planes de igualdad que, directa o indirectamente, puedan generar trabas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
En su condición de Autoridad Laboral, la Dirección General de Trabajo tramitará los expedientes sancionadores que se deriven de los incumplimientos de la normativa laboral que en esta materia se constaten por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la Comunidad de Madrid.
El fin último es exigir la responsabilidad que se deriva del incumplimiento de la normativa laboral respecto a las medidas establecidas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
38. Plan de capacitación digital a los trabajadores para facilitar su acceso o mantenerse en el mercado laboral
En el marco del Plan General de Capacitación Digital de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo un programa específico con el objetivo de acercar a los trabajadores a la nueva realidad digital para que adquieran competencias y habilidades digitales que les permita acceder a un empleo, mejorar su situación laboral o, en su caso, poder teletrabajar y así mejorar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
Se trata de un programa de capacitación que incluye la utilización de herramientas digitales para facilitar la intermediación laboral.
A estas actuaciones específicas en materia de conciliación habría que añadir, por su incidencia directa en este ámbito, las medidas de Educación relativas a la ampliación de plazas en educación infantil, el refuerzo del cheque guardería y la ampliación de horarios no lectivos en centros escolares. También tienen una repercusión positiva sobre la conciliación las medidas dirigidas a extender y favorecer el teletrabajo de los empleados públicos y las actuaciones que, en materia de humanización de la justicia, se están llevando a cabo para hacer posible que las personas con hijos puedan relacionarse de forma más sencilla con la administración de justicia.
39. Exención de tasas por familia numerosa y apoyo a la maternidad en procesos selectivos para acceso a la función docente
Para conseguir una equiparación de los miembros de familias numerosas en los supuestos de exención de tasas por derechos de examen establecidos para la selección del personal al servicio de la Comunidad de Madrid a los procesos de selección del personal docente se va a realizar una modificación parcial del Decreto legislativo 1/2002 de 24 de octubre por el que se aprueba la ley de tasas y precios públicos de la Comunidad de Madrid, de manera que se establecerá:
- 100 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría especial.
- 50 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría general.
Con el objeto de que el embarazo o el parto no tengan repercusión alguna en el proceso selectivo para la función docente, cuando se prevea la coincidencia del parto con las fechas de realización de cualquiera de los ejercicios por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación o, eventualmente, en los primeros días del puerperio, se podrá solicita el aplazamiento de la realización de la prueba.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas.
En el proceso de realización de las pruebas se tendrá en cuenta tanto esta circunstancia como la de estar en el periodo de lactancia materna con el fin de facilitar la adaptación oportuna en el desarrollo de la prueba, así como en los llamamientos individuales.
40. Medidas de apoyo a la maternidad para funcionarias docentes en prácticas
Con el objeto de garantizar que las prácticas o los cursos de formación posteriores al proceso selectivo puedan ser realizados por las opositoras que han aprobado las diferentes pruebas, se podrá conceder un aplazamiento, por el plazo máximo de un año, por maternidad o por cuidado de un hijo menor de tres años. Se reduce el periodo de seis meses a cuatro y medio de servicios docentes del periodo de prácticas.
En situación de permiso de maternidad, licencia de lactancia acumulada, riesgo de embarazo o lactancia, se puede realizar el curso de formación de funcionarios en prácticas en la modalidad online.
41. Ampliación del permiso por asuntos propios tras la maternidad del personal docente
El personal docente podrá solicitar el permiso por asuntos propios durante el tercer trimestre, siempre y cuando se encuentre disfrutando del permiso por maternidad, a continuación del último día de su permiso, estableciendo que el mismo deberá tener una duración mínima de un mes.
42. Protección y ayuda a la maternidad para el personal docente interino
Con el objeto de garantizar a los funcionarios interinos todos los derechos de protección y ayuda a la maternidad, se prevé que puedan disfrutar de una situación similar a la de la excedencia para atender al cuidado de hijos menores de 3 años, pudiendo solicitar la baja temporal en las listas antes de ser asignadas o convocadas, en los casos en los que no tuvieran nombramiento en vigor, o antes de que finalice su permiso por nacimiento, si tuvieran nombramiento en vigor, permitiendo su reincorporación a las listas cuando consideren oportuno.
La funcionaria interina que se encuentre en el periodo de obligado disfrute ininterrumpido del permiso por maternidad podrá optar a que se le reserve la vacante hasta finalizar el correspondiente período.
En igual situación se encuentra quien habiendo finalizado el periodo obligatorio, no pueda ̶ por no cumplir los requisitos ̶ o no desee fraccionar el periodo voluntario del permiso. También podrán fraccionar la parte voluntaria del permiso coincidiendo con el inicio del curso.
Las funcionarias interinas que cesen en su relación de empleo habiendo generado -y no concluido- derecho al permiso por maternidad, tendrán derecho a percibir el subsidio de la Seguridad Social correspondiente (cuyo importe es del 100% de la base reguladora).
43. Regulación e implementación del teletrabajo en la Comunidad de Madrid
La regulación del teletrabajo para el personal funcionario y laboral de la administración se ha recogido en el Decreto 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno.
Los objetivos de esta actuación, en relación con las medidas de fomento de la conciliación de la vida laboral, familiar y personal son:
- Completar los instrumentos existentes de conciliación de las responsabilidades laborales, personales y familiares.
- Permitir una incorporación más eficiente al entorno laboral de las empleadas públicas durante el período de gestación.
Medidas para facilitar el acceso a la vivienda
MEDIDAS PARA FACILITAR EL ACCESO A LA VIVIENDA
44. Plan Alquila Joven: ampliación del seguro de impago de rentas hasta dos años para los menores de 35 años
Los jóvenes menores de 35 años que alquilen una vivienda contarán con un seguro de impago durante dos años en lugar de uno. Además, dispondrán de asistencia jurídica mediante un plan de intermediación.
Los objetivos de esta actuación son:
- Fomentar el anticipo en la edad de emancipación.
- Fomentar la creación de nuevos hogares.
- Estimular la natalidad.
45. Construcción de nuevas viviendas en suelo público para abaratar el alquiler (Plan Vive)
En el marco del Plan “Vive Madrid”, se construirán viviendas en suelo público, sin coste para la Comunidad, con el objetivo de conseguir precios más bajos de alquiler, mediante concesiones en colaboración público-privada.
Se establecerán reservas de viviendas a determinados colectivos entre los que se encuentran los menores de 35 años, mujeres embarazadas y familias con hijos, especialmente numerosas y monoparentales.
Los objetivos de esta actuación son:
- Fomentar el anticipo en la edad de emancipación.
- Fomentar la creación de nuevos hogares.
- Estimular la natalidad.
En el marco de este Plan se contempla también un cupo y para familias numerosas.
46. Impulso al programa Mi Primera Vivienda con ayudas a la compra para jóvenes menores de 35 años
Habitualmente las entidades financieras conceden al comprador de una vivienda una financiación que no supera el 80% de su valor. En el marco del programa Mi primera vivienda, destinado a jóvenes que, siendo solventes, no dispongan del ahorro suficiente para hacer frente al pago de la totalidad del 20% restante, se facilitará el acceso a una financiación hipotecaria de hasta el 95% articulando un aval o seguro de hasta un 15% del valor del inmueble.
47. Ampliación de 1.000 a 1.200 euros de la deducción por arrendamiento de la vivienda habitual
Con el fin de facilitar el acceso a la vivienda en alquiler a los menores de 35 años residentes en la Comunidad de Madrid y a los menores de 40 que estén en situación de desempleo y tengan cargas familiares se va a incrementar la cuantía máxima de la deducción en el impuesto de la Renta por arrendamiento de vivienda habitual de 1.000 a 1.200 euros anuales.
La deducción se aplica a los contribuyentes menores de 35 años, así como a los mayores de dicha edad y menores de 40 que estén en situación de desempleo (más de 183 días del periodo impositivo) y tengan cargas familiares (dos o más descendientes o ascendientes a su cargo).
48. Nueva deducción por intereses de préstamos para adquisición de vivienda de menores de 30 años
Con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda a los jóvenes residentes en la Comunidad de Madrid se aprobará una nueva deducción en el IRPF del 25 por ciento de los intereses satisfechos por préstamos hipotecarios obtenidos para la adquisición de la vivienda habitual por menores de 30 años.
El límite de deducción anual es de 1.000 euros.
49. Nueva deducción por adquisición de vivienda motivada por el nacimiento o adopción de hijos
Con el objeto de fomentar y favorecer la natalidad y facilitar la adquisición de viviendas por la ampliación de la familia se va a aplicar una deducción en el impuesto de la Renta del 10 por ciento del precio de adquisición de la nueva vivienda, prorrateado en 10 años, con un límite de deducción anual de 700 euros.
El cambio de vivienda debe producirse en los tres años posteriores al nacimiento o adopción.
50. Bonificación de la cuota gradual de la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para los documentos notariales que formalicen la adquisición de viviendas por familias numerosas
Se mantendrá una bonificación del 95 por ciento de la cuota gradual, en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para los documentos notariales que formalicen la adquisición de inmuebles, por titulares de una familia numerosa, que vayan a constituir la vivienda habitual de la familia.
Se exige, en caso de que la familia contase con una vivienda anterior en propiedad, que se proceda a su transmisión en el plazo máximo de 2 años desde la adquisición de la nueva, salvo que se trate inmuebles contiguos y se unan físicamente.
51. Reducción del tipo de gravamen en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para la adquisición de viviendas por familias numerosas
Se mantiene un tipo impositivo reducido, del 4 por ciento, en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para la adquisición de inmuebles, por titulares de una familia numerosa, que vayan a constituir la vivienda habitual de la familia.
Se exige, en caso de que la familia contase con una vivienda anterior en propiedad, que se proceda a su transmisión en el plazo máximo de 2 años desde la adquisición de la nueva, salvo que se trate inmuebles contiguos y se unan físicamente.
Ayudas a las familias
MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA EDUCACIÓN
52. Ampliación en casi 5.400 plazas en centros financiados con fondos públicos en la etapa 0 a 3 años
A lo largo de la vigencia de la Estrategia se ampliará la oferta de plazas públicas de educación infantil de 0 a 3 años en casi 5.400, hasta alcanzar las 54.064, lo que supone un crecimiento del 11% con respecto al número actual.
Se facilitará, por tanto, el acceso a centros educativos de niños menores de tres años para contribuir a su desarrollo físico, afectivo, social e intelectual. A través de esta actuación se pretende también compensar de manera precoz aquellas carencias de los niños que puedan tener su origen en situaciones de desventaja social, cultural o económica.
Además, se mantendrá la gratuidad de la escolaridad en las Escuelas Infantiles y en las Casas de Niños de la red de la Comunidad de Madrid.
53. La cuantía del cheque- educación 0-3 años alcanzará los 2.658 euros anuales y llegará a más de 33.000 familias
Como complemento a la red pública de escuelas infantiles, se aumentará durante el periodo de vigencia de la Estrategia la cobertura de los cheques educativos en la etapa 0-3 años en al menos 17.000 beneficiarios, garantizando que todas las familias con una renta per cápita inferior a 35.913 euros puedan tener acceso a dichas plazas.
De esta forma, más de 33.000 familias se podrían beneficiar de una medida que, además, refuerza su capacidad de elección del centro que mejor se ajusta a sus necesidades.
En relación a la cuantía de las becas se va a duplicar en los próximos cuatro años pasando de los 1.146 euros al año de la actualidad a los 2.658 euros anuales.
54. Ampliación del horario no lectivo en colegios e institutos para facilitar la conciliación y reducir el fracaso escolar
Se reforzará el Programa de Apoyo y Refuerzo Escolar en colegios públicos, del que se benefician 14.000 alumnos, que se desarrolla en horario extraescolar y constituye un elemento que además de facilitar la conciliación de la vida escolar y familiar contribuye a reducir los porcentajes de fracaso escolar.
Los institutos de educación secundaria, en el ejercicio de su autonomía pedagógica, pueden incorporar a su proyecto educativo la programación de actividades extraescolares dirigidas a los alumnos que deseen reforzar y completar su formación en el propio centro, fuera del horario escolar.
Los objetivos que se persiguen con la ampliación del horario escolar son:
- Disminuir el déficit formativo que puedan presentar los alumnos en aspectos como el proceso de aprendizaje de las áreas instrumentales básicas, la ausencia de hábitos de trabajo, la escasez de motivación por el estudio, el retraso en el proceso de maduración personal, o la falta de integración en el grupo y en el centro.
- Reducir el porcentaje de fracaso escolar.
- Facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.
55. Adaptación de los criterios de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos a las distintas situaciones familiares
Para facilitar la conciliación familiar se adaptarán los procesos de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos adjudicando puntuación a las distintas situaciones familiares: familias numerosas, nacimiento en parto múltiple, familias monoparentales, acogimiento familiar y considerando al niño no nacido a efectos de obtener puntuación por el apartado de familia numerosa.
56. Incremento de las ayudas por comedor escolar para los alumnos de educación infantil y primaria hasta alcanzar los 100.000 alumnos
Se ampliarán hasta alcanzar casi los 100.000 alumnos al final de la vigencia de la presente Estrategia las ayudas al servicio de comedor en los centros financiados con fondos públicos.
Se podrán beneficiar de estas ayudas las familias de los alumnos escolarizados en centros de educación infantil y primaria.
MEDIDAS GENERALES DE APOYO A LA FAMILIAS
57. Consideración del concebido como nacido y como un miembro más de la unidad familiar
El concebido se considerará como nacido y como un miembro más de la unidad familiar a todos los efectos que sean beneficiosos para el niño o niños todavía no nacidos, la madre gestante o la unidad familiar en la que se inserten ambos.
Partiendo de esta premisa, se va a facilitar:
- El acceso de las familias a los distintos beneficios existentes en la Comunidad de Madrid en los cuales, la determinación del acceso al derecho depende del número de miembros de la unidad familiar.
- El apoyo y fomento de la natalidad, removiendo todos los obstáculos existentes para que las familias tengan los hijos que puedan desear.
58. Apoyo a las familias adoptivas y simplificación de los trámites a los que se enfrentan
La Comunidad de Madrid pondrá en marcha, a lo largo de la vigencia de la Estrategia, acciones de formación, asesoramiento y otros recursos dirigidos a las familias adoptivas, tanto en la fase previa a la llegada del menor, como en los tres años iniciales de la convivencia familiar.
Asimismo, instaremos al Gobierno central a poner en marcha el mecanismo de coordinación entre comunidades autónomas para la búsqueda de familias adoptivas para los menores adoptables que no encuentren familia en los respectivos registros regionales, así como a facilitar y simplificar los trámites actuales a lo que se enfrentan las familias adoptivas, sin menoscabo de la necesaria garantía del proceso.
59. Reconocimiento de las familias monoparentales por la Comunidad de Madrid y expedición del título acreditativo
En el marco de la normativa estatal y atendiendo a la definición que se realice en la misma, en la Comunidad de Madrid se regulará el procedimiento para el reconocimiento y acreditación de las familias monoparentales.
Asimismo, se establecerá el procedimiento para la expedición del título acreditativo.
60. Ampliar los beneficios a las familia numerosas y monoparentales
En el marco de la nueva regulación del gobierno de España relativa a las familias numerosas y a las monoparentales mejoraremos los beneficios a los que tienen derecho en el ámbito de la Comunidad de Madrid e instaremos al Gobierno de España a que también lo haga en el marco de sus competencias.
61. Mantenimiento y renovación del reconocimiento de familia numerosa y de las familias monoparentales
Mantendremos la categoría de familia numerosa especial hasta que el último hijo reúna los requisitos contemplados en la ley.
Asimismo, renovaremos el título de familia numerosa por cuatro años cuando el menor continúe sus estudios, sujetando su vigencia al mantenimiento de los requisitos que dan derecho a esta prórroga mediante declaración responsable.
Posteriormente, en el marco de la normativa estatal y atendiendo a la definición que se realice en la misma, la Comunidad de Madrid fijará los procedimientos para el reconocimiento y mantenimiento del título de las familias monoparentales.
BENEFICIOS FISCALES A LAS FAMILIAS
62. Nueva deducción por la adquisición de la condición de familia numerosa general o especial durante tres años
Se aplicará una nueva deducción en el IRPF por la adquisición de la condición de familia numerosa de categoría general o especial:
- Durante los tres primeros años posteriores a la adquisición de la condición de titular de familia numerosa de categoría especial se aplicará una deducción del 100 por ciento de la cuota autonómica del IRPF con el límite máximo de 12.000 euros si se trata de una declaración individual o de 24.000 euros si es una declaración conjunta.
- Durante los tres primeros años posteriores a la adquisición de la condición de titular de familia numerosa de categoría general se aplicará una deducción del 50 por ciento de la cuota autonómica del IRPF con el límite máximo de 6.000 euros si se trata de una declaración individual o de 12.000 euros si es una declaración conjunta.
63. Deducción para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos
Los contribuyentes que tengan dos o más descendientes por los que se aplique el mínimo por descendientes y en los que la suma de las bases imponibles, computando tanto los progenitores de los descendientes como los propios descendientes, no sea superior a 24.000 euros, podrán seguir beneficiándose de una deducción del 10 por ciento de cuota íntegra autonómica, tras la aplicación del resto de deducciones autonómicas y la parte imputable en dicha cuota de las deducciones estatales.
El objetivo de la deducción es aliviar la carga tributaria de las familias con hijos y escasos recursos económicos.
64. Ampliación de la cuantía en concepto de mínimo por descendientes aplicable en el impuesto de la Renta
Se ha incrementado la cuantía aplicable en concepto de mínimo por descendientes a partir del tercero, en el máximo permitido por la normativa de cesión de tributos (10 por ciento sobre la cuantía fijada por la normativa estatal del impuesto).
Las cuantías aplicables en la Comunidad de Madrid serán:
- 4.400 euros anuales por el tercer descendiente del contribuyente (la normativa estatal establece 4.000 euros).
- 4.950 euros por el cuarto y siguientes (la normativa estatal establece 4.500 euros).
65. Equiparación de los menores acogidos con los hijos y la línea recta descendente a efectos de la aplicación de la bonificación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Se equiparará a los menores acogidos en régimen de acogimiento familiar con los hijos y la línea recta descendente del causante/donante a efectos de la aplicación de la bonificación del 99 por ciento de la cuota del impuesto de sucesiones y donaciones aplicable en la Comunidad de Madrid a las herencias y donaciones de padres a hijos y demás descendientes.
66. Mejora de las deducciones y ventajas fiscales en la Renta a las familias con hijos
La Comunidad de Madrid solicitará al Gobierno de España la mejora de los beneficios fiscales a las familias con hijos. En concreto, propondrá:
- Mejorar el mínimo personal y familiar exento de tributación, especialmente en el caso de las familias numerosas y monoparentales.
- Ampliar la deducción por maternidad de la que pueden beneficiarse las madres trabajadoras dadas de alta en la Seguridad Social desde los tres años (momento en el que dicha deducción finaliza en la actualidad) hasta los seis años de edad del menor.
- Duplicar la deducción para familias numerosas, monoparentales con dos hijos o por hijos con discapacidad pasando de los 100 a los 200 euros mensuales.
67. Establecimiento de beneficios fiscales y medidas de protección para familias monoparentales
La Comunidad de Madrid solicitará al Gobierno de España la puesta en marcha de nuevos beneficios y medidas de protección para las familias monoparentales.
Entre ellas, propondrá que se amplíe en, al menos, hasta las 26 semanas, el permiso de maternidad o paternidad para acercarlo al que disfrutan de manera conjunta las familias con dos progenitores.
MEDIDAS EN EL ÁMBITO DEL TRANSPORTE PÚBLICO
68. Mantenimiento de la tarjeta de transporte público infantil gratuita hasta los siete años
Se va a mantener la Tarjeta de Transporte Público Infantil gratuita dirigida a la población hasta cumplir los siete años edad. Con ella, los niños pueden utilizar todos los servicios de transporte público de la Comunidad de Madrid.
69. Mantenimiento del abono joven hasta los 26 años y por sólo 20 euros para todas las zonas tarifarias
La Comunidad de Madrid pone a disposición de los jóvenes el Abono a 20 euros hasta los 26 años para potenciar la utilización del transporte público.
El Abono Joven 30 días tiene una tarifa única de 20 euros para todas las zonas tarifarias (pudiendo viajar de la zona A hasta la E2) y una validez hasta la fecha en que se cumplen 26 años.
70. Título de transporte para familias numerosas con un descuento de hasta un 50%
La Comunidad de Madrid seguirá poniendo a disposición de las familias numerosas un abono de transporte específico con tarifas reducidas:
- Familia Numerosa de Categoría General: descuento del 20%
- Familia Numerosa de Categoría Especial: descuento del 50%
71. Gratuidad del Transporte Escolar para alumnos escolarizados fuera de su municipio
Los alumnos de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Especial de la Comunidad de Madrid que tienen plaza escolar fuera del municipio de residencia seguirán beneficiándose de un servicio de transporte escolar gratuito.
A través de esta actuación se pretende:
- Facilitar transporte al alumnado de los Centros de Educación Especial.
- Otorgar ayudas a los alumnos matriculados en segundo ciclo de Educación Infantil y en las etapas de educación obligatoria que no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería para que resulten compensados por los gastos que supone el desplazamiento por sus propios medios al centro docente donde cursan estudios en un municipio diferente al de su residencia.
Para hacer efectivo este servicio anualmente se lleva a cabo la contratación de alrededor de 700 rutas.
MEDIDAS DE OTROS ÁMBITOS
72. Ampliación de las compatibilidades entre servicios y prestaciones del catálogo de atención a la dependencia
Para mejorar su apoyo y atención, una misma persona podrá recibir simultáneamente diferentes servicios e, incluso, prestaciones económicas desde el sistema de dependencia.
Serán compatibles, por tanto, los siguientes apoyos en el domicilio: la prestación económica por cuidados en el entorno familiar, el servicio de tele asistencia y el servicio o prestaciones económicas de promoción de la autonomía personal, especialmente para la atención temprana de quienes son menores de edad.
73. Actuaciones para la humanización de la Justicia en el ámbito de la conciliación
La Comunidad de Madrid ha puesto en marcha distintas actuaciones para la humanización de la justicia entre las que se encuentran las dirigidas a facilitar la conciliación de la maternidad con la participación en el servicio de Administración de Justicia.
Para ahondar en este aspecto:
- Se han instalado cambiadores de bebés en todas las sedes judiciales.
- Se están implantando en los nuevos edificios judiciales salas de descanso/lactancia para las mujeres que trabajen en las sedes o acceden a ellas.
Además, se va aponer en marcha Proyecto de protección y cuidado a los menores que acuden a las sedes judiciales, con el objetivo de que las personas que acudan a los juzgados de Violencia sobre la Mujer, bien como denunciantes, acusados o testigos y que, por diversas circunstancias, lo hagan acompañados de sus hijos menores, puedan dejar a éstos al cuidado de un tercero en una sala amigable (ludoteca) integrada en la sede, el tiempo que precise la actuación judicial.
74. Descuentos en la inscripción a clases desarrolladas en instalaciones deportivas y piscinas de la Comunidad de Madrid para familias numerosas.
La Comunidad de Madrid aplicará descuentos del 30% en la inscripción a clases desarrolladas en instalaciones deportivas propias con los siguientes objetivos:
- Mitigar el coste económico que supone para las familias numerosas realizar actividad deportiva
- Hacer que el deporte se convierta en un hábito en la vida diaria de los jóvenes y adultos
- Fomentar la práctica de diferentes deportes
- Favorecer la conciliación Familiar.
75. Apoyo económico a ayuntamientos en riesgo de despoblación para mejorar los servicios y evitar el éxodo de los más jóvenes
Se trata de un programa de ayudas para paliar la pérdida de población en 43 municipios de menos de 2.500 habitantes. A través de esta actuación el Gobierno regional garantiza el funcionamiento ordinario y el desarrollo efectivo de todos los servicios públicos que se prestan en estos municipios.
El objetivo es incentivar y facilitar el arraigo poblacional en las localidades rurales y mejorar su calidad de vida, garantizando la igualdad de derechos y oportunidades de sus habitantes poniendo especial atención en la población más joven.
Medidas instrumentales
MEDIDAS INSTRUMENTALES
76. Información sobre las actuaciones, ayudas y trámites de la Comunidad de Madrid de apoyo a la natalidad, protección a la maternidad y conciliación a través del servicio de atención 012
Para facilitar información más directa y personalizada y difundir las actuaciones y medidas recogidas en la presente Estrategia a través de los canales de atención al ciudadano con los que cuenta la Comunidad de Madrid, se va a ofrecer información integral de las actuaciones, ayudas y trámites de apoyo a la natalidad, protección a la maternidad, conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
En concreto, se facilitará información a través de los siguientes canales, en horario de lunes a viernes de 8:00 h a 22:00 h, sábados, domingos y festivos de 10:00 h a 22:00 h:
- Teléfono 012 (tipificadas incluyendo categorías necesarias)
- Correo electrónico: atencionalciudadano@012.madrid.org
- Chat 012
- Servicio de alertas. Servicio de suscripción a convocatorias y trámites a través de la aplicación, que se tipificarán según esta materia, incluyendo una nueva categoría “Maternidad, natalidad y conciliación”.
77. Puesta en marcha de una herramienta telemática para consultar los servicios y las ayudas de las que dispone de la Comunidad de Madrid para apoyar la natalidad, la maternidad/paternidad y la conciliación
En el ámbito de los servicios de atención al ciudadano se va a diseñar y a poner en marcha una herramienta telemática que permita a los ciudadanos conocer y consultar desde cualquier dispositivo los servicios y ayudas de los que dispone la Comunidad de Madrid para fomentar la natalidad y apoyar a las familias.
El objetivo es facilitar el acceso a estos recursos y mejorar el conocimiento de los mismos por parte del conjunto de la población.
78. Instaremos a los gobiernos municipales para que atiendan las necesidades de las familias en el desarrollo de proyectos en espacios públicos y diseño urbano
La Comunidad de Madrid propondrá que se atiendan especialmente las necesidades de las familias cuando se desarrollen proyectos urbanísticos y durante la planificación de la puesta en marcha de dotaciones y servicios como plazas de aparcamiento. También cuando se organicen actividades y eventos públicos dirigidos a todas las edades para hacerlos amigables para los niños y para las familias.
Asimismo, seguiremos atendiendo las necesidades de las familias a través del Consorcio Regional de Transportes para mejorar su movilidad en transporte público.
79. Iniciativas dirigidas a trasladar una visión positiva de la maternidad y de la paternidad
Desde el ámbito público se impulsarán actuaciones dirigidas a trasladar una visión positiva de la maternidad, la paternidad y la familia a través de manifestaciones de índole educativa, cultural, artísticas y de ocio, así como a través de los medios de comunicación.
80. Se otorgará carácter permanente a la Comisión Interdepartamental para el seguimiento y desarrollo de las políticas de fomento de la natalidad y apoyo a la maternidad y a la paternidad
La Comisión Interdepartamental de protección a la maternidad y de fomento de la natalidad y de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de la Comunidad de Madrid de la que forman parte todos los departamentos del gobierno regional se encargará de velar por el desarrollo de las medidas del presente documento.
Se le otorgará, por tanto, un carácter permanente para llevar a cabo las tareas de seguimiento dirigidas a supervisar la planificación, el grado de avance y el cumplimiento de cada una de las medidas planteadas, así como para la implementación, en su caso, de nuevas actuaciones.
Entre otras actuaciones, la Comisión Interdepartamental se ocupará de coordinar la realización de estudios monográficos y la participación de la Comunidad de Madrid en jornadas y seminarios cuya temática se encuentre relacionada con la natalidad, la maternidad, la paternidad y la conciliación.
Asimismo, la Viceconsejería de Presidencia coordinará la realización de un nuevo estudio demoscópico cuando finalice el periodo de vigencia de la presente Estrategia cuyos resultados se tendrán en cuenta de cara a su posible prórroga.