Etiquetas: Inspección sanitaria
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Comunicación de instalación y utilización de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario

Las personas físicas o jurídicas, organismos, instituciones y empresas públicas o privadas, titulares de aquellos espacios o lugares que, o bien estén obligados o bien no estando obligados pretendan instalar de manera voluntaria un desfibrilador, deberán notificarlo previamente
Comunicación de utilización de plasma rico en plaquetas (PRP)

Los centros sanitarios y profesionales de la medicina, odontología y podología que elaboren y apliquen plasma rico en plaquetas (PRP) por técnica cerrada deberán comunicar su utilización a la Consejería de Sanidad.
Asimismo, si elaboran y aplican PRP por técnica abierta para utilización en el propio centro sanitario, deberán solicitar inspección de verificación de la adecuación de las instalaciones y de las actividades de producción y de control de calidad que se efectúen.
Autorización de centros y servicios sanitarios

Los centros sanitarios deben disponer de autorización para abrir al público y prestar asistencia, como garantía para los usuarios de que se cumplen los requisitos sanitarios mínimos que establece la normativa de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid







