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Resolución número 125/2013

Número de Resolución: 
125/2013
Fecha: 
Miércoles, 11 Septiembre, 2013

Estimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por incorrecta exclusión de la oferta del recurrente al acreditar correctamente la solvencia técnica exigida mediante declaraciones responsables. Exigencias constitutivas de condiciones especiales de solvencia exigibles al adjudicatario. (d)

Resolución número 122/2013

Número de Resolución: 
122/2013
Fecha: 
Miércoles, 31 Julio, 2013

Desestimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios por no ser contraria a derecho, en este caso, la exigencia como compromiso de adscripción de medios de una titulación de Ingeniero Técnico Superior de Montes. Reconociendo que la titulación propuesta por el Colegio profesional recurrente, de ingeniero forestal, es adecuada para la realización de parte del objeto del contrato, se justifica la necesidad de adscripción de medios que figura en el Pliego. No se opone a que además participen en la ejecución del contrato otros profesionales como los ingenieros forestales.

Resolución número 105/2013

Número de Resolución: 
105/2013
Fecha: 
Miércoles, 10 Julio, 2013

Estimación de recurso contra exclusión de contrato de servicios. Incorrecta actuación del órgano de contratación generador de indefensión. Notificación de exclusión por motivo distinto al que figura en el requerimiento de subsanación. Obligación de la Mesa de contratación de examinar la documentación presentada para verificar su adecuación a lo exigido en el PCAP y de conceder plazo para subsanar los defectos de la documentación. Posibilidad de pedir aclaraciones sobre la documentación presentada. Criterios de solvencia técnica o profesional.

Resolución número 099/2013

Número de Resolución: 
099/2013
Fecha: 
Miércoles, 3 Julio, 2013

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Es posible valorar como mejora la adscripción al contrato de un trabajador respecto del que existe obligación de subrogación por encima de la plantilla mínima exigida, puesto que la subrogación implica la sucesión del adjudicatario en los derechos y obligaciones derivados de la relación laboral entre el empresario que vinera prestando el servicio y sus trabajadores, pero no significa que dicho personal deba ser adscrito necesariamente a la prestación del servicio contratado. (d)

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