Resolución número 289/2018
Declaración de concluso de recurso contra pliegos de contrato de servicios por pérdida sobrevenida del objeto del recurso.
Declaración de concluso de recurso contra pliegos de contrato de servicios por pérdida sobrevenida del objeto del recurso.
Estimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por nulidad de pleno derecho de actuaciones al haberse adjudicado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido y con infracción del principio de igualdad, al no haberse celebrado las sesiones públicas de la Mesa de contratación, en acto público. (d)
Desestimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios al no apreciarse ilegalidad alguna por el hecho de no incluir cláusulas sociales. La LCSP solo obliga a incluir cláusulas estratégicas entre las condiciones de ejecución, que a su vez pueden ser de carácter social ambiental o de innovación, siendo así que el sindicato recurrente pretende la inclusión de cláusulas de tipo social cuya elección corresponde discrecionalmente al órgano de contratación.(d)
Desestimación de recurso contra Anuncio de licitación de contrato de servicios al confundir la recurrente el contrato en licitación con otro similar del que es adjudicatario en el distrito Puente de Vallecas.
Desestimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios de limpieza al no considerar la división en lotes propuesta restrictiva del principio de concurrencia. Decisión de la división en lotes discrecional, alcance. (d)
Desestimación de recurso contra exclusión de oferta en contrato de suministros por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Concepto producto nuevo versus producto fabricado con piezas reutilizadas o recicladas.
Declaración de concluso de recurso contra pliegos de contrato de servicios por pérdida sobrevenida del objeto del recurso.
Estimación parcial de recurso contra pliegos de contrato de servicios por lo que se refiere a los criterios de adjudicación al ser obligatoria la pluralidad de criterios y desestimación por lo que se refiere a la discrecionalidad técnica a la hora de determinar el tipo de fórmula a utilizar para la valoración del criterio precio.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios. Valoración de criterios sujetos a juicio de valor: no se han establecido subcriterios ni elementos de valoración no conocidos en el momento de valoración de la decisión de presentar oferta.
Estimación de recurso contra convocatoria y pliegos de contrato de servicios de limpieza por insuficiencia del presupuesto base de licitación de acuerdo con el convenio colectivo sectorial de aplicación.