Resolución número 208/2014
Inadmisión de recurso contra los pliegos de un procedimiento negociado sin publicidad al haberse declarado desierto el procedimiento abierto tramitado previamente. El recurrente carece de legitimación activa pues no acredita ningún beneficio o evitación de perjuicio con la tramitación por uno u otro procedimiento. No se ha producido alteración sustancial de la condiciones del contrato. Desestimación en cuanto a la falta de información del personal a subrogar y visita a las instalaciones.
