Catálogo de Especialidades Formativas de formación para el empleo

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Catálogo especialidades formativas
Inclusión de nuevas especialidades en el Catálogo de Especialidades Formativas.

La Comunidad de Madrid, en su competencia gestora del Catálogo de Especialidades, promueve que entidades como Empresas, otras Administraciones,  Organizaciones Empresariales o Sindicales, Entidades de formación, Centros de Referencia Nacional o cualquier otra entidad que detecte necesidades formativas reales en el mercado de trabajo, puedan proponer la creación de especialidades formativas que tengan como objetivo dotar de competencias profesionales a los trabajadores para que puedan desarrollar su vida laboral activa y, a la par, dotar al tejido empresarial madrileño de profesionales capacitados y cualificados en los sectores laborales más demandados.

Procedimiento

La Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, regula el Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. Cada administración competente, a partir del Catálogo, configurará la oferta formativa que mejor se ajuste a las necesidades y prioridades de su ámbito de gestión.

Las entidades proponentes deberán presentar el modelo de solicitud normalizado aportando:

  • Modelo de programaformativo (Anexo I )
  • Memoria de necesidad y de análisis de impacto laboral (Anexo II), que se configurará según el tipo de propuesta a realizar.

También se habilita la posibilidad de aportar cuanta documentación sea necesaria, para demostrar la oportunidad e idoneidad de la correspondiente gestión en el Catálogo de Especialidades Formativas.

En el plazo máximo de tres meses, se resolverá la propuesta indicando si se procede a incorporar o no la especialidad al Catálogo de Especialidades Formativas y, con la salvedad, de las posibles modificaciones y mejoras propuestas por otras administraciones en el marco de colaboración y coordinación de la aplicación informática del Catálogo de Especialidades Formativas.

Accede a la página de tramitación para la gestión de los procesos de alta, modificación, baja y reactivación de especialidades.

Las entidades proponentes deberán presentar el modelo de solicitud normalizado aportando:

  • Modelo de programaformativo (Anexo I )
  • Memoria de necesidad y de análisis de impacto laboral (Anexo II), que se configurará según el tipo de propuesta a realizar.

También se habilita la posibilidad de aportar cuanta documentación sea necesaria, para demostrar la oportunidad e idoneidad de la correspondiente gestión en el Catálogo de Especialidades Formativas.

En el plazo máximo de tres meses, se resolverá la propuesta indicando si se procede a incorporar o no la especialidad al Catálogo de Especialidades Formativas y, con la salvedad, de las posibles modificaciones y mejoras propuestas por otras administraciones en el marco de colaboración y coordinación de la aplicación informática del Catálogo de Especialidades Formativas.

Accede a la página de tramitación para la gestión de los procesos de alta, modificación, baja y reactivación de especialidades.

Buscador de Especialidades Formativas

Se recomienda visitar previamente el Buscador de Especialidades del Catálogo, en aras de no proponer especialidades preexistentes y, en el caso de existir, de proponer modificaciones o mejoras.

Aclaramos tus dudas

Ante cualquier duda, consulta o necesidad de asesoramiento y/o acompañamiento, se pone a disposición de las entidades proponentes el buzón de correo: catalogo.especialidades@madrid.org

Normativa