Becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad
Lista provisional de ADMITIDOS y EXCLUIDOS 2026-2027
Lista provisional de ADMITIDOS y EXCLUIDOS de becas de Segunda Oportunidad para el curso 2026-2027
El plazo de presentación de SUBSANACIONES será desde el día 31 de agosto hasta el día 11 de septiembre de 2026, inclusive.
Para más información y para la tramitación de la subsanación, puedes acceder a través de este enlace:
¿CÓMO y DÓNDE puedo presentar la SUBSANACIÓN?
PRESENTACIÓN TELEMÁTICA (ACONSEJABLE)
Para poder presentar la SUBSANACIÓN de manera telemática, se requiere disponer de DNI electrónico o de cualquier otro certificado digital reconocido y admitido en la Comunidad de Madrid.
El plazo de presentación de la subsanación comienza el día 31 de agosto de 2026 y finaliza el día 11 de septiembre de 2026.
La tramitación y la obtención de los formularios necesarios tiene que realizarse a través de la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
Puedes acceder desde aquí:
PRESENTACIÓN FÍSICA
Aunque se recomienda la presentación telemática de la subsanación, también se podrá presentar de forma presencial en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, incluidas las de las Direcciones de Área Territorial, y resto de lugares recogidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se recomienda solicitar CITA PREVIA para acudir a las OFICINAS DE REGISTRO y ATENCIÓN AL CIUDADANO de la COMUNIDAD DE MADRID.
Preguntas Frecuentes en fase de SUBSANACIÓN
MUY IMPORTANTE: En el documento de Preguntas Frecuentes aparece información aclaratoria respecto a las dudas que puedan surgir en el momento de presentar la SUBSANACIÓN de Becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad.
RECOMENDAMOS SU LECTURA ANTES DE PRESENTAR LA SUBSANACIÓN. En el siguiente enlace puedes encontrar este documento:
CURSO 2025-2026
Instrucciones para los CENTROS EDUCATIVOS
RESOLUCIÓN del Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por la que se dictan INSTRUCCIONES para la gestión del abono de las becas para el estudio de programas de segunda oportunidad correspondiente al curso 2025-2026:
