Una oferta rápida y poco limpia

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El consumidor

La reclamante, pensionista, atendió en su domicilio a un vendedor, que le mostró las propiedades de un electrodoméstico de limpieza del hogar, y firmó un contrato de compra del aparato por 1.099 euros, que pagaría a plazos. Al día siguiente, viendo lo complicado de su uso, llamó a la empresa para pedir su devolución, siendo la solicitud aceptada por el agente que atendió la llamada. Sin embargo, la empresa no recogió el aparato y comenzaron a llegar las peticiones de pago a la consumidora, que no era consciente de haber firmado un préstamo argumentando problemas de visión.

La empresa

La empresa rechazó la reclamación, aduciendo que la reclamante no le había comunicado por escrito su deseo de devolver el aparato dentro del plazo establecido por la ley.

El colegio arbitral

El colegio arbitral dio la razón a la consumidora, ya que la empresa no demostró haberle informado claramente de cómo ejercer su derecho a examinar el producto durante 7 días y a cancelar el contrato en caso de cambio de opinion. Además, la empresa emitió factura antes de que transcurriera ese plazo.