Fianza por desperfectos en vivienda

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El consumidor: 
Al finalizar el contrato de la vivienda que tenía alquilada, la inmobiliaria se queda con una parte de la fianza, porque en la encimera de la cocina habían aparecido desconchones. El consumidor alega que ese desperfecto ya se encontraba previamente al alquiler, y aporta las fotografías que, al entrar en la vivienda, subió al área de clientes de la web de la inmobiliaria. Aclara que detectó el desperfecto, pero que no presentó ninguna queja porque el desconchón no era impedimento para el normal uso de la encimera. Reclama la devolución íntegra de la fianza.
La empresa: 
Achaca los desperfectos al cliente, alegando que nunca presentó ninguna queja o reclamación por la presencia de un desconchón previo al alquiler.
El colegio arbitral: 
Da la razón al consumidor, ya que las fotografías que subió al portal al comenzar el alquiler, las cuales aporta, demuestran que el desconchón ya existía, por lo que obliga a la empresa a devolver la fianza de manera íntegra.