Daños en la encimera

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El consumidor

Detecta dentro del periodo de garantía la aparición de desperfectos en la encimera que había comprado para su cocina. El fabricante acepta el defecto de fabricación, y suministra el nuevo material sin cargo. Sin embargo, la empresa que le vendió la cocina se niega a asumir el coste de la instalación. Reclama que le instalen la nueva encimera sin ningún coste.

La empresa

Asegura que los defectos en la encimera se han producido por mal uso o por defectos del material, por lo que al no ser culpa suya se niega a asumir los gastos de la nueva instalación.

El colegio arbitral

Da la razón al consumidor, ya que, la encimera se encontraba dentro del plazo de garantía y, habiendo admitido el fabricante que se debía a un defecto de fabricación, la empresa deberá realizar la nueva instalación sin coste alguno para el consumidor.