
Becas de Excelencia para universitarios
Becas para alumnos universitarios con aprovechamiento académico excelente
Listados provisionales

Plazo de subsanación de errores: del 12 al 25 de noviembre, ambos inclusive
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Plazo de solicitud
Del 3 al 23 de septiembre de 2019, ambos inclusive.
Objeto y requisitos de los solicitantes
Objeto
Estas becas tienen por objeto facilitar el desarrollo de los estudios universitarios y de las enseñanzas artísticas superiores de los alumnos con aprovechamiento académico excelente, a cuyo fin los beneficiarios podrán destinar libremente los fondos concedidos a costear su propio mantenimiento.
Requisitos de los solicitantes
Podrán ser beneficiarios los estudiantes que, reuniendo los requisitos establecidos en las bases reguladoras, se encuentren matriculados en enseñanzas oficiales en una universidad de la Comunidad de Madrid o en un centro adscrito a la misma, y cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid, o en un centro superior de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid durante el curso académico al que hace referencia la presente convocatoria.
En el caso de alumnos que participen en programas de movilidad, únicamente podrá ser beneficiarios aquellos cuya universidad, centro adscrito universitario o centro superior de enseñanzas artísticas de origen sea alguno de los contemplados en el párrafo anterior.
Convocatoria
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Presentación de solicitudes
Cumplimentar el formulario. Antes de generar el documento de solicitud, comprobar que todos los datos son correctos.
El modelo de solicitud será de uso obligatorio para los interesados. Una vez cumplimentada la solicitud, deberá presentarse con la firma del interesado, adjuntando la documentación requerida, en el plazo que se establezca en la convocatoria e irá dirigida a la Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores. Los interesados podrán realizar la presentación de la solicitud de forma presencial, mediante envío postal o de forma telemática:
Presentación en forma presencial
La presentación en forma presencial se podrá realizar en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, y en oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.
Envío postal
En caso de envío postal, la solicitud y documentación anexa se presentará en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja de la solicitud se haga constar con claridad el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión, de acuerdo con lo establecido en el art. 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la Prestación de los Servicios Postales.
Dirección de envío postal preferente:
Registro de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación de la Comunidad de Madrid
D. G. de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores
Calle del General Díaz Porlier, 35.
28001 Madrid
Presentación telemática
- En el supuesto de presentación por vía telemática, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” establecidos en España. Una vez cumplimentada la solicitud, se enviará a través del Registro Telemático de la Consejería competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores, junto con el resto de la documentación requerida. La documentación en formato digital deberá reunir los siguientes requisitos:
- Proceder del documento original y contar con la suficiente calidad que permita su correcta visualización.
- El formato de los ficheros de documentación así como su tamaño máximo deberá ajustarse a lo establecido, a estos efectos, en la página web institucional de la Comunidad de Madrid.
- El solicitante deberá conservar los documentos originales, pudiendo ser requeridos por el órgano instructor o cualquiera de los previstos en el artículo 23 de estas bases reguladoras.
El impreso será firmado por el alumno, sin necesidad de asistencia del padre, madre o tutor, en el caso de solicitantes con edades comprendidas entre 16 y 18 años, de conformidad con el artículo 3.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 10.1 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor.
NOTA: si una vez cumplimentada la solicitud se observa algún error o se quiere realizar algún cambio en los datos:
- Si no se ha presentado la solicitud, se pueden modificar los datos que se consideren incorrectos. El sistema ofrece la posibilidad de recargar los datos de la misma con el número de referencia indicado en la parte de arriba de la misma. A continuación, seguir el procedimiento.
- Si se ha presentado la solicitud vía registro: contacte con nosotros.