Viceconsejería de Transportes e Infraestructuras
c/ Maudes nº 17
* Decreto 194/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOCM nº 184 de 4 de agosto de 2021)
* Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 155 de 1 de julio de 2021)
* Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 146, de 21 de Junio)
* Decreto 274/2019 de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras. (BOCM nº 253 de 24 de octubre de 2019)
* Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se establece el numero y denominación de las consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 197, de 20 de agosto)
* Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 204, de 28 de agosto)
1. Corresponden a la Viceconsejería de Transportes e Infraestructuras, con carácter general, las competencias previstas en el artículo 44 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
2. En particular, le corresponden las siguientes:
a) El impulso en la consecución de objetivos, así como la ejecución y control del cumplimiento de los proyectos que le encargue el titular de la Consejería.
b) La dirección y la coordinación de las Direcciones Generales de la Consejería.
c) El impulso y desarrollo en las materias propias de la Consejería, de la cooperación con otras administraciones y entidades, tanto públicas como privadas.
d) La actuación como órgano de comunicación, seguimiento y coordinación de la actividad de la administración institucional adscrita a la Consejería.
e) La promoción, impulso y coordinación de las estrategias y planes promovidos por la Consejería, así como el seguimiento y control del cumplimiento de las medidas que figuren en los planes y estrategias promovidos por otras Consejerías que afecten al ámbito competencial de las Direcciones Generales adscritas a la misma.
f) La representación del departamento en caso de vacante, ausencia o enfermedad del titular de la Consejería.