Viceconsejería de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112

Municipio : 
Pozuelo de Alarcón
Transportes próximos: 
Normativa aplicable

 

*Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior. (BOCM nº 184, de 4 de agosto de 2021)

*Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 155, de 1 de julio de 2021)

*Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 146, de 21 de junio de 2021)

Competencias

1. Corresponde a la Viceconsejería de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 ejecutar, bajo la dirección del titular de la Consejería, la acción del Gobierno en las materias relacionadas en el artículo 1.3.c) de este Decreto, además de ejercer las competencias previstas en el artículo 44 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, respecto de los centros directivos adscritos a la misma.

En particular, le corresponde el impulso, coordinación, apoyo y supervisión de las actividades que competen a la Consejería en materia de:

a) Coordinación de los servicios operativos pertenecientes a la Comunidad de Madrid con competencias en materia de seguridad, atención y gestión de emergencias.

b) Seguridad y política interior.

c) Prevención y extinción de incendios y salvamentos.

d) Protección civil.

e) Atención de llamadas al número único europeo 112.

f) Coordinación y demás facultades en relación con las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

g) Formación y calidad en materia de seguridad y emergencias.

h) Dirección y coordinación del Grupo Operativo de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Comunidad de Madrid (ERICAM).

i) Espectáculos públicos y actividades recreativas, incluyendo los espectáculos taurinos, sin perjuicio de las competencias de otras Consejerías.

j) Asociaciones de ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

k) Coordinación de la acción del organismo Autónomo Madrid 112.

l) Ordenación y control del juego.

m) Colaboración con SUMMA 112, organismo gestor y coordinador de las urgencias/emergencias sanitarias, para la elaboración de los procedimientos de activación de los recursos sanitarios en emergencias en la Comunidad de Madrid. En esta colaboración se contará igualmente con otros servicios de emergencias y organismos de seguridad y salud en el trabajo existentes en la Comunidad de Madrid.

n) Impulso y seguimiento de los procedimientos de actuación conjunta de los diferentes servicios de emergencia que actúan en la Comunidad de Madrid.

ñ) Coordinación operativa de los grupos de acción movilizados en aplicación de planes, de competencia autonómica, en materia de protección civil.

o) Información a la ciudadanía, y en su caso a los medios de comunicación, de la prevención de emergencias, alertas y respuesta a las emergencias, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la dirección general competente en medios de comunicación.

p) Coordinación de la acción del Centro de Asuntos Taurinos.

q) Seguimiento y participación en el procedimiento de intervención, medidas preventivas, formación y planes de actuación ante ciberataques que comprometan la seguridad de infraestructuras críticas, sin perjuicio de las atribuciones de la Agencia para la Administración Digital de Madrid.

2. Al Viceconsejero de Interior y Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 le corresponderá la representación del departamento en los ámbitos materiales que tenga atribuidos en caso de vacante, ausencia o enfermedad del titular de la Consejería.