Titular: 
Dirección: 

Pta. del Sol, 7

Código Postal: 
28013
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Centro
Transportes próximos: 
Teléfono: 

91 580 12 03 / 04 / 02

Normativa aplicable

 

*Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior. (BOCM nº 184, de 4 de agosto de 2021)

*Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 155, de 1 de julio de 2021)

*Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 146, de 21 de junio de 2021)

Competencias

Al titular de la Viceconsejería, como Viceconsejero de Asuntos Jurídicos, le corresponde bajo la superior dirección del titular de la Consejería, el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 44 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y, en especial, las siguientes:

a) Impulsar la consecución de los objetivos, así como la ejecución y control del cumplimiento de los proyectos que le encargue el titular de la Consejería.

b) Dirigir y coordinar la acción de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.

c) Actuar como órgano de comunicación de la Administración de la Comunidad de Madrid con la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.

d) Cuantas otras determinen la normativa vigente o le sean expresamente delegadas o atribuidas.

Al titular de la Viceconsejería, como Secretario General del Consejo de Gobierno, le corresponde asistir, con voz pero sin voto, a las reuniones del Consejo de Gobierno; asumir directamente el Secretariado del Consejo de Gobierno, de sus Comisiones Delegadas y de la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos y, en particular, el desempeño de las siguientes funciones:

a) La preparación de las reuniones y el análisis de todos los expedientes administrativos que se elevan al Consejo de Gobierno, a las Comisiones Delegadas y a la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos para su aprobación, toma de conocimiento, prestación de conformidad o manifestación que en cada caso proceda.

b) La coordinación de las Consejerías en relación con los asuntos que estas sometan al Consejo de Gobierno a las Comisiones Delegadas y a la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos.

c) El establecimiento de criterios homogéneos para la normalización de los documentos de decisión del Consejo de Gobierno, de las Comisiones Delegadas y de la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos.

d) La distribución del orden del día y de la información y documentación que precisen los miembros del Consejo de Gobierno, de las Comisiones Delegadas y de la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos, para conocer los asuntos sometidos a deliberación.

e) La elaboración y custodia de las actas de los acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno, las Comisiones Delegadas y la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos.

f) El control del cumplimiento de las instrucciones sobre la tramitación de los asuntos de los órganos colegiados del Gobierno.

g) La determinación de la tramitación conjunta de disposiciones y actos administrativos.

h) La realización de estudios e informes sobre las materias propias de la competencia de la Secretaría General del Consejo de Gobierno.

i) La remisión a la Asamblea de Madrid de los proyectos de ley y de los decretos legislativos aprobados por el Consejo de Gobierno.

j) La elaboración de propuestas de disposiciones de carácter general, así como de las instrucciones en el ámbito competencial de la Secretaría General del Consejo de Gobierno.

k) El desempeño del Secretariado General de la Orden del Dos de mayo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 91/2006, de 2 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la “Orden del Dos de mayo” de la Comunidad de Madrid y se regulan los correspondientes honores y distinciones.

l) La gestión del libro registro de la Medalla Internacional de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 145/2017, de 12 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Medalla Internacional dela Comunidad de Madrid.

m) La determinación de los contenidos de la aplicación informática Gestión Documental de Consejo de Gobierno (GDCG), o de las que la sustituyan, y de las demás aplicaciones de la Secretaría General del Consejo de Gobierno, así como la coordinación para su implementación en las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.