Secretaría General Técnica de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
C/ Alcalá, 16.
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* Resolución de 30 de marzo de 2022, de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias (BOCM nº 87, de 12 de abril)
* Resolución de 30 de marzo de 2022, de la Viceconsejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias (BOCM nº 87, de 12 de abril)
* ORDEN 369/2022, de 24 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa, con carácter permanente, a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería. (BOCM nº 53, de 3 de marzo)
* DECRETO 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura. (BOCM nº 275, de 18 de noviembre)
* DECRETO 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 155, de 1 de julio)
* DECRETO 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 146, de 21 de junio)
La Secretaría General Técnica, bajo la dependencia directa del titular de la consejería, ejercerá, con carácter general, las competencias a que se refiere el artículo 46 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y demás normas autonómicas y, en su caso, estatales, que le fueran aplicables y en particular, las siguientes:
a) La coordinación de la actividad administrativa de todos los órganos de la consejería y de la administración institucional adscrita a la misma, así como la comunicación a estos efectos con el resto de consejerías de la Comunidad de Madrid.
b) El asesoramiento y la asistencia jurídica y técnica al titular de la consejería y a los distintos órganos de esta, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
c) La instrumentación de las solicitudes de los informes preceptivos, y la valoración y en su caso traslado de las solicitudes de informes facultativos a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
d) El estudio, impulso y coordinación de la tramitación de los anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones generales en materias propias de la consejería, así como la emisión del informe preceptivo. El estudio, y en su caso, formulación de observaciones a los anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones generales elaborados por otras consejerías. El estudio, coordinación y elevación de los asuntos que deban someterse al Consejo de Gobierno o cualquiera de sus comisiones delegadas, a propuesta de la consejería.
e) La propuesta de publicación de disposiciones y actos administrativos de la consejería en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID u otros diarios oficiales y en los portales y medios exigidos en la normativa vigente.
f) La gestión de los procedimientos derivados del protectorado de fundaciones cuyos fines tengan relación con las competencias atribuidas a la consejería.
g) La coordinación de la actividad convencional de la consejería. El depósito de los convenios, acuerdos y protocolos suscritos por la consejería con otras administraciones o con entes públicos o privados, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.
h) La tramitación y la propuesta de resolución de la revisión de los actos en vía administrativa, y de los expedientes de responsabilidad patrimonial cuya resolución corresponda al titular de la consejería, así como la tramitación y propuesta de resolución de los recursos cuya resolución corresponda a los titulares de las viceconsejerías.
i) La elevación al titular de la consejería de las propuestas de resolución de los procedimientos citados en la letra anterior que hayan tramitado y elaborado los órganos colegiados y las demás entidades adscritas o dependientes de la consejería, por afectar a materias que inciden en su ámbito competencial.
j) Relaciones con los órganos jurisdiccionales, coordinando, tanto el traslado de las actuaciones desarrolladas en el ámbito de sus competencias por las direcciones generales y demás centros directivos de la consejería, como la comunicación de las medidas adoptadas por los mismos en orden al cumplimiento de las sentencias y demás decisiones judiciales que les correspondan.
k) La elaboración y tramitación del anteproyecto de presupuesto de gastos e ingresos de la consejería; la coordinación de la elaboración de los presupuestos de los organismos autónomos y su consolidación con los de la consejería; el análisis y tramitación de las modificaciones presupuestarias; el seguimiento y control de las subvenciones otorgadas por la consejería, cuando proceda; el seguimiento de la ejecución del presupuesto de gastos e ingresos; la tramitación de los expedientes de gasto de la consejería en el ámbito de las competencias de la Secretaría General Técnica, y la coordinación y control de las operaciones de cierre del ejercicio.
l) La confección de la cuenta anual de la consejería, así como la coordinación de las alegaciones al anteproyecto de fiscalización anual de la Cámara de Cuentas.
m) La coordinación, seguimiento y control de los anticipos de caja fija y pagos a justificar y cuentas extrapresupuestarias de la consejería, así como la tramitación de los pagos correspondientes a las cajas adscritas a la Secretaría General Técnica.
n) El impulso, la ordenación y la tramitación de los expedientes de contratación de la consejería, así como la gestión de cuantas incidencias guarden relación con dicha tramitación.
ñ) La gestión del régimen interior, la elaboración y actualización del inventario de bienes muebles y derechos de propiedad incorporal de la consejería y el seguimiento, coordinación y apoyo de la política patrimonial de la misma, a excepción de las propiedades administrativas especiales y del patrimonio de suelo y sin perjuicio de las competencias en esta materia de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
o) La gestión y administración del sistema de información ambiental de la consejería, cuando no esté atribuido a otro centro directivo. La gestión, administración, custodia y difusión de los fondos documentales y de las publicaciones generales de la misma, sin perjuicio de las funciones del Organismo Autónomo BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en orden a la distribución comercial y venta. Organización y dirección de los archivos centrales de la consejería.
p) Las funciones atribuidas a la consejería en materia de transparencia de la actividad pública, y velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad, en los términos previstos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y en la Ley 10/2019, de 10 de abril de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las funciones que en esta materia tenga atribuidas la dirección general con competencias en materia de transparencia.
q) La gestión del personal de la consejería, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
r) La planificación, el análisis, valoración y tramitación de las propuestas de racionalización de la estructura orgánica y funcional de la consejería, así como la propuesta de elaboración y modificación de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria de la consejería.
s) La gestión y tramitación de las nóminas, Seguridad Social y mutualidades del personal de la consejería, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
t) Los registros y la dirección de los servicios de información administrativa de la consejería y la gestión del sistema de sugerencias y reclamaciones, así como el estudio, la planificación y determinación de las prioridades de las necesidades informáticas de la consejería, sin perjuicio de la coordinación atribuida en estas materias a la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano y a la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
u) La gestión de las marcas de la consejería, así como la realización de los actos y operaciones ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.
v) El ejercicio de las competencias relativas al Área de Auditoría Interna del organismo pagador, de conformidad con la normativa reguladora del Organismo Pagador de la Comunidad de Madrid de los gastos financiados por los fondos europeos agrícolas.
w) La coordinación e impulso de la protección de datos personales en los centros directivos y en la administración institucional adscrita a la consejería.