Dirección de Área de Política Interior y de Ordenación y Control del Juego
Unidad Organizativa historificada.
*Decreto 271/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas (BOCM nº 253 de 24 de octubre)
*Decreto 73/2019 de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 204 de 28 de agosto)
*Orden 485/2018, de 18 de julio, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se modifica la Orden 1/2018, de 30 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el protectorado de fundaciones (BOCM nº181, de 31 de julio)
*Orden 1/2018 de 30 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones (BOCM nº 130, de 1 de junio)
En materia de espectáculos públicos, incluidos los taurinos, y las actividades recreativas:
a) La autorización de la celebración de los espectáculos taurinos en todos los municipios de la Comunidad de Madrid, el nombramiento de los veterinarios de servicio que intervengan en los mismos y el nombramiento de los Presidentes-Delegados y asesores artísticos de los espectáculos taurinos que se celebren en las plazas y recintos taurinos ubicados en el municipio de Madrid.
b) El ejercicio de las competencias en relación con los espectáculos públicos y las actividades recreativas atribuidas a la consejería competente por la disposición adicional cuarta de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid.
c) El ejercicio de las competencias sancionadoras que atribuye a los Gobernadores Civiles la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.
d) El ejercicio de las competencias sancionadoras establecidas en el Decreto 112/1996, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Madrid.
e) La asignación del número identificativo a los locales, recintos, instalaciones y establecimientos comprendidos en el Catálogo de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
En materia de asociaciones:
a) El registro, las inscripciones y publicidad registral de las asociaciones en cumplimiento de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, y demás disposiciones aplicables dentro del ámbito competencial de la Comunidad de Madrid.
b) La tramitación y la instrucción de los expedientes de declaración de utilidad pública de asociaciones, la verificación del cumplimiento de rendición de cuentas y su conservación, así como la incoación de los expedientes de revocación de declaración de utilidad pública.
En materia de ordenación y control del juego:
a) La gestión y tramitación de las autorizaciones en materia de casinos, juegos y apuestas.
b) Las funciones de control e inspección en materia de casinos, juegos y apuestas.
c) La homologación del material de juego.
d) La gestión del Registro del Juego y del Registro de Interdicciones de acceso al Juego.
e) La aplicación del régimen sancionador en materia de casinos, juegos y apuestas.
f) La elaboración de estudios, informes y dictámenes sobre las materias y funciones relacionadas en el presente artículo, o sobre las propuestas formuladas por otros órganos administrativos que incidan sobre la materia de juegos de casinos, juegos y apuestas.
g) La tramitación de los recursos administrativos en materia de casinos, juegos y apuestas.
h) En general, el ejercicio de cualesquiera otras funciones que, en materia de casinos, juegos y apuestas atribuye la legislación vigente a la Comunidad de Madrid y que no correspondan a otros órganos.