Dirección: 

C/ Gran Vía, 30

Código Postal: 
28013
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Centro
Transportes próximos: 
Teléfono: 

91 720 92 95

Normativa aplicable

 

*Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior. (BOCM nº 184, de 4 de agosto de 2021)

*Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 155, de 1 de julio de 2021)

*Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 146, de 21 de junio de 2021)

Competencias

La Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano ejercerá las competencias que se regulan en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre y, en particular, las siguientes:

1. En materia de transparencia, las funciones atribuidas a la Oficina de Coordinación de la Transparencia, por el artículo 28.1 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los criterios básicos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, que serán ejercidas por la subdirección general competente en materia de transparencia.
La subdirección general competente en materia de transparencia integrará a la Oficina de Coordinación de la Transparencia.

2. La coordinación, el impulso y el seguimiento de las actuaciones de gobierno abierto de las diferentes Consejerías, orientadas al desarrollo de los principios de la transparencia, el buen gobierno, la participación ciudadana, la rendición de cuentas y la colaboración, así como la participación en los órganos que fomenten la cooperación o la colaboración con otras administraciones públicas en esta materia.

3. La dirección, la coordinación, el seguimiento y el control del proceso de apertura de datos de la administración de la Comunidad de Madrid, así como la coordinación de un adecuado nivel de interoperabilidad técnica, semántica y organizativa en la reutilización de información del sector público, tanto en la administración de la Comunidad de Madrid como en las relaciones de esta con las demás Administraciones y con los ciudadanos. Asimismo, la realización de estudios, encuestas y análisis que permitan la adecuada utilización e interpretación de la información y los datos, facilitando su apertura pública.

4. En materia de información y atención al ciudadano, las funciones atribuidas por la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y su normativa de desarrollo, a la Oficina de Atención al Ciudadano, y en particular:

a) El Impulso, la coordinación y la definición de estrategias del sistema de información y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid, a través de sus diferentes canales, promoviendo la omnicanalidad, en coordinación con las herramientas impulsadas en el ámbito de la Administración electrónica.

b) La gestión, el desarrollo, la coordinación y el seguimiento del servicio de información y atención al ciudadano 012 de la Comunidad de Madrid.

c) La gestión, la coordinación y el seguimiento de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.

d) La puesta en marcha de puntos de información especializados que potencien la Atención al Ciudadano en sectores y ámbitos específicos.

e) El sistema de sugerencias, quejas y agradecimientos, incluyendo las funciones del Defensor del Contribuyente relativas al funcionamiento de los servicios tributarios de la Comunidad de Madrid a las que se refiere el artículo 2 del Decreto 22/1999, de 11 de febrero, sin perjuicio de las atribuciones conferidas por la
normativa vigente a las Consejerías competentes en materia de asistencia sanitaria y consumo, respectivamente.

f) La definición de estrategias y la coordinación de la actividad de registro de la Administración de la Comunidad de Madrid.

g) La coordinación de las oficinas de atención al ciudadano y de asistencia en materia de registro que se constituyan en los municipios de la Comunidad de Madrid, en los términos que se dispongan en los correspondientes instrumentos convencionales que se formalicen a tal efecto.

h) El estudio, la formulación y el desarrollo de las normas y criterios generales para la adecuada gestión del sistema de información al ciudadano, del sistema de sugerencias, quejas y agradecimientos, y de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid.

5. En materia de administración electrónica, las siguientes:

a) La dirección, la coordinación, el seguimiento y el control de los proyectos de administración electrónica que se desarrollen en la Comunidad de Madrid.

b) La coordinación de la utilización de las tecnologías de la información que asegure un adecuado nivel de interoperabilidad técnica, semántica y organizativa.

c) El fomento del uso de las herramientas de administración electrónica por los empleados de la Comunidad de Madrid, extendiendo su conocimiento y determinando un común denominador de uso, en coordinación con las funciones en materia de formación de empleados públicos se ejerzan desde la Consejería competente.

d) La promoción de nuevos canales de acceso e identificación para el uso y fomento de la administración electrónica por parte de los ciudadanos, promoviendo la omnicanalidad.

e) La publicación y actualización en el Portal de Internet de la Comunidad de Madrid de la información relativa a los procedimientos administrativos y la información asociada de cada uno de ellos, así como el desarrollo de herramientas que permitan el acceso de los ciudadanos y empresas a la información específica y personalizada que les afecte, en relación a la Administración pública regional.

f) La autorización de todas aquellas páginas web que no estén incluidas en el Portal de Internet de la Comunidad de Madrid, y que sean impulsadas por organismos u otras entidades adscritos o dependientes de la administración de la Comunidad de Madrid.

g) La promoción de acciones de impulso de la accesibilidad del Portal de Internet dela Comunidad de Madrid, en colaboración con los restantes centros directivos con competencias en la materia.

6. En materia de calidad de los servicios públicos y de elaboración de estudios e investigaciones:

a) El asesoramiento, la colaboración y la cooperación con las unidades que lleven acabo actuaciones en el ámbito de la calidad y evaluación de los servicios públicos.

b) La emisión de informe preceptivo previo al uso de encuestas de percepción, técnicas cuantitativas y cualitativas de investigación para la evaluación de programas, políticas y servicios públicos y otros instrumentos de medición de la calidad.

c) La realización de estudios e investigaciones de carácter sociológico y demoscópico que mejoren el diseño de las políticas públicas.

d) La elaboración de estudios, informes, proyectos y propuestas de mejora y modernización de los servicios públicos, resultado de la realización de evaluaciones, de la aplicación de técnicas de medición de la calidad, y del análisis de encuestas de satisfacción, sugerencias, reclamaciones y de otras técnicas cuantitativas o cualitativas.

e) La emisión de informe preceptivo y vinculante previo a la aprobación de las Cartas de Servicios, así como el impulso, asesoramiento y apoyo a las unidades administrativas en su elaboración, actualización y evaluación.

f) El Informe de los procedimientos administrativos y los impresos normalizados, de acuerdo con el artículo 4.g) y con los criterios establecidos en el Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid.

g) La medición periódica de índices de calidad de los servicios públicos. La evaluación periódica de los sistemas y actividades que integran la Atención al Ciudadano en la Comunidad de Madrid y elaboración de propuestas de mejora para su incorporación a los mismos.

h) La coordinación y gestión del Premio a la Excelencia y Calidad del Servicio Público en la Comunidad de Madrid, así como de otros reconocimientos o distinciones que, en relación a las competencias de la dirección general, vayan a ponerse en funcionamiento.

7. La promoción el uso de la comunicación clara para el ciudadano en el ámbito dela Comunidad de Madrid.

8. La propuesta de actuaciones encaminadas a la reducción de cargas administrativas y simplificación de procedimientos administrativos, sin perjuicio de las competencias que en este ámbito puedan corresponder a las restantes Consejerías.

9. La detección de necesidades formativas en relación a los ámbitos competenciales de la dirección general, así como elaboración de propuestas de planes formativos en estos ámbitos.