
Medidas adoptadas en Formación Profesional para el Empleo a causa del COVID-19
Medidas para la continuidad de la formación para el empleo
Teleformación
Se permite a las entidades de formación de la Comunidad de Madrid solicitar el cambio de la modalidad presencial por la modalidad de teleformación, en la impartición de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas tanto a trabajadores desempleados como a trabajadores ocupados para la obtención de certificados de profesionalidad (ORDEN de 21 de marzo de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad).
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Disponer de una plataforma acreditada por el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) para impartir el certificado de profesionalidad solicitado.
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Disponer de tutores-formadores que puedan acreditar el certificado de profesionalidad correspondiente en la modalidad teleformación.
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Contar con la confirmación de disponibilidad de las personas integrantes del grupo al que se destina la acción formativa.
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Proporcionar a los alumnos los suficientes medios técnicos y didácticos que permitan su realización, garantizando en todo momento la calidad de la formación recibida.
Las entidades deberán presentar los siguientes documentos o por SFOC o por Registro Electrónico a la Subdirección de Estrategia, Evaluación, Seguimiento y Control:
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SEN-15 comunicando el cambio de modalidad de impartición, (en el supuesto de acciones formativas ya iniciadas o cuyo inicio haya sido previamente comunicado).
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Comunicación de inicio de la acción formativa, (en el caso de acciones de formación cuyo inicio no se haya comunicado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5.1.)
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Declaración responsable, según modelo del Anexo II, en la que se relacionarán los certificados de profesionalidad solicitados, la plataforma acreditada para su impartición en la modalidad de teleformación y los centros asociados para impartir las tutorías presenciales.
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Documentación de los tutores-formadores que acredite que pueden impartir telefomación para el empleo, además de los requisitos exigidos en la normativa de cada certificado de profesional.
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Fichas de los alumnos, incluyendo DNI y titulación, en caso de cursos no iniciados o alumnos nuevos.
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SEN-9 comunicando los alumnos que inician la teleformación.
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Declaración responsable, según el modelo del Anexo I.
Finalizado el curso, se remitirá la documentación de finalización correspondiente y una declaración responsable por cada alumno que lo haya finalizado (Anexo II).
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En Programas de formación para el empleo dirigidos a trabajadores desempleados: A través de GESTIONES Y TRÁMITES
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En la convocatoria dirigida a trabajadores ocupados: A través de la aplicación SFOC
Medidas adicionales: Aula Virtual
Para atender las necesidades de los trabajadores de seguir formándose para afrontar con éxito el periodo posterior a la suspensión por el COVID-19, la excepcionalidad de la situación y la prolongación de la suspensión de la actividad formativa presencial, hacen necesario adoptar medidas adicionales para dar continuidad a la formación para el empleo (Orden 17 de abril de 2020) , entre ellas, la impartición de la formación presencial a través de “Aula virtual”.
La Orden de 17 de abril de 2020 ha sido modificada por la Orden de 6 de junio de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad.
Las entidades beneficiarias que hayan participado en el marco de las convocatorias de subvenciones y las entidades adjudicatarias de los contratos de servicios para la impartición de cursos en los Centros de Formación de Referencia Nacional.
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Exclusivamente durante la vigencia de la suspensión de la actividad formativa presencial, establecida por el artículo 3 de la Orden 344/2020, de 10 de marzo de la Consejería de Sanidad, se considerará como formación presencial, la formación impartida mediante un “Aula virtual”.
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Los siguientes colectivos podrán participar en programas formativos dirigidos a trabajadores ocupados:
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Personas trabajadoras cuya relación laboral se haya extinguido por un expediente de regulación de empleio y que estén inscritas como demandantes en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid.
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Personas trabajadoras cuyos contratos se hayan suspendido por un expediente de regulación temporal de empleo, en este caso, se consideran personas trabajadoras.
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Personas trabajadoras autónomas.
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Personas trabajadoras de la economía social.
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Ampliación de los plazos de realización de la actividad subvencionada.
Las entidades de formación deberán cumplir los siguientes requisitos para impartir las acciones formativas presenciales mediante un aula virtual:
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Garantizar la transmisión de conocimientos y el desarrollo de los objetivos y contenidos de cada acción formativa.
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Estructurar y organizar la impartición de la formación de modo que se garantice en todo momento la conectividad sincronizada entre el formador y los alumnos, así como la bidireccionalidad de las comunicaciones.
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Contar con un registro de conexiones generado por la aplicación informática que sirva de soporte al aula virtual, en el que se identifique para cada acción formativa las personas participantes en aula, así como la fecha y tiempo de conexión.
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Contar con un mecanismo que posibilite que los órganos de control de las acciones formativas puedan conectarse al aula virtual, con el fin de realizar las actuaciones de seguimiento y control de la actividad formativa previstos en cada convocatoria de ayudas.
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Acreditar la conformidad y la disponibilidad para participar en el aula virtual por parte de las personas participantes en las acciones formativas. Para las personas que no den su conformidad se podrán realizar grupos formativos específicos en modalidad presencial una vez finalice el estado de alarma.
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Poner a disposición de las personas participantes en las acciones formativas un número de teléfono y una dirección de correo electrónico destinados a la resolución de dudas en el manejo e incidencias técnicas relacionadas con el aula virtual.
Las entidades de formación beneficiarias de subvenciones en las convocatorias de ayudas de formación profesional para el empleo, comunicarán a la Subdirección General de Evaluación, Seguimiento y Control de la Dirección General de Formación, el reinicio o inicio de las acciones de formación presencial para su impartición mediante “Aula virtual”:
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En Programas de formación para el empleo dirigidos a trabajadores desempleados, a través de: GESTIONES Y TRÁMITES.
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En Programas de formación para el empleo dirigidos a trabajadores ocupados, a través de la aplicación SFOC.
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Las entidades de formación adjudicatarias de los contratos de servicios para la impartición de las acciones formativas programadas en los Centros de Referencia Nacional, que estén en disposición de impartir la formación presencial mediante “Aula virtual”, comunicarán al Servicio de Centros Propios de la Dirección General de Formación, a través de E-REG.
Instrucciones para habilitar la modalidad de impartición mediante “aula virtual” en las actividades formativas referidas a la FORMACIÓN DIRIGIDA A LOS AGENTES SOCIALES.
Instrucciones para habilitar la modalidad de impartición mediante “aula virtual” y sesiones presenciales en las actividades formativas referidas dentro de los PROGRAMAS DE ALTERNANCIA CON EL EMPLEO.
Instrucciones relativas a la impartición de Formación para el Empleo al reanudarse la impartición presencial
NUEVAS INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN RELATIVA A LA IMPARTICIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS EN EL ÁMBITO DE LA FORMACIÓN PARA EL EMPLEO
RELACIÓN DE INSTRUCCIONES ANTERIORES RELATIVAS A LA FINALIZACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL ESTADO DE ALARMA
Instrucciones para habilitar la modalidad de impartición mediante "aula virtual" y sesiones presenciales en las actividades formativas referidas dentro de los programas en Alternacia con el empleo (23/10/2020). Accede al documento
Nuevas instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de acciones formativas en el ámbito de la formación para el empleo (4/10/2021). Accede al documento
Segunda actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativas a la impartición de formación para el empleo una vez finalizada la prórroga del estado de alarma. Accede al documento
Primera actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativas a la impartición de formación para el empleo una vez finalizada la prórroga del estado de alarma. Accede al documento
Nuevas instrucciones de la Dirección General de Formación relativas a la impartición de formación para el empleo una vez finalizada la prórroga del estado de alarma. Accede al documento
RELACIÓN DE ACTUALIZACIONES ANTERIORES RELATIVAS AL ESTADO DE ALARMA
Trigésima quinta actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Trigésima cuarta actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Trigésima tercera actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Trigésima segunda actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Trigésima primera actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Trigésima actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Vigesimonovena actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Vigesimoctava actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Vigesimoséptima actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Vigesimosexta actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Vigesimoquinta actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Vigesimocuarta actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Vigesimotercera actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Vigesimosegunda actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Vigesimoprimera actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Vigésima actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Decimonovena actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Decimoctava actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Decimoséptima actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Decimosexta actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Decimoquinta actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Decimocuarta actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Decimotercera actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Decimosegunda actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Decimoprimera actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Décima actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Novena actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Octava actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Séptima actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Sexta actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Quinta actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Cuarta actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Tercera actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de formación para el empleo. Accede al documento.
Segunda actualización de las instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la imparición de Formación para el Empleo. Accede al documento
Actualización de las instrucciones de la Direccion General de Formación relativa a la impartición de Formación para el Empleo. Accede al documento.
Instrucciones de la Dirección General de Formación relativa a la impartición de Formación para el Empleo al reanudarse la impartición presencial, una vez la Comunidad de Madrid ha accedido a la fase II y durante toda la transición hacia la nueva normalidad. Accede al documento.
COMUNICACIÓN DE REINICIO DE IMPARTICIÓN EN MODALIDAD PRESENCIAL, DE FECHAS DE EVALUACIONES, TUTORIAS Y SESIONES PRESENCIALES
Descargar modelo Anexo I
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE AFORO Y CONDICIONES DE HIGIENE PARA EL INICIO/REINICIO DE ACTIVIDADES FORMATIVAS EN MODO DE IMPARTICIÓN PRESENCIAL DURANTE TODA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD
Descargar modelo Anexo II
Instrucciones medidas derivadas situación COVID-19
Instrucciones de la Dirección General de Formación por la que se establecen medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
RELACIÓN DE INSTRUCCIONES ANTERIORES
Nuevas instrucciones de la Dirección General de Formación relativas a la actualización de las medidas extraordinarias de flexibilización para la realización del módulo de prácticas en centros de trabajo, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto-Ley 31/2020, de 29 de septiembre. Accede al documento.
Instrucciones de la Dirección General de Formación relativas a las medidas extraordinarias de flexibilización adoptadas en la Orden EFP/748/2020 de 29 de julio para la impartición de certificados de profesionalidad. Accede al documento.
Instrucciones en materia de Formación Profesional para el Empleo sobre las incidencias y medidas a adoptar derivadas de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19) en el ámbito de gestión de la Dirección General de Formación de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid. Accede al documento.
Redefinición de las prioridades formativas en las convocatorias de formación para el empleo
En colaboración con los agentes sociales y de conformidad con el Estudio de Necesidades Formativas realizado por la Dirección General del Servicio Publico de Empleo y la Dirección General de Formación, con la participación de CEIM, CCOO y UGT, y con el apoyo del grupo de trabajo creado a tal efecto compuesto por diferentes expertos de los sectores económicos, académicos y locales, y respondiendo a las necesidades formativas que la crisis del COVID-1 9 ha puesto de manifiesto, se han redefinido las prioridades formativas en base a los sectores más significativos para la recuperación del empleo, que se incorporarán en las próximas convocatorias de formación para el empleo, dándoles la máxima prioridad.
Se han establecido como sectores significativos para la recuperación del empleo, en los que es objetivo impulsar la formación para el empleo, entre otros, los siguientes:
- Sector de Competencias Digitales.
- Sector de Logística.
- Sector de Suministros.
- Sector de Limpieza.
- Sector de Industria 4.0.
- Sector Socio-Sanitario.
Incorporación de especialidades formativas de duración reducida en los planes formativos dirigidos a personas desempleadas a implantar
Con el fin de conseguir una rápida incorporación o reincorporación al empleo, la próxima oferta formativa dirigida a personas desempleadas que se desarrollará por la Dirección General de Formación, se adaptará a las competencias más demandas por el tejido productivo, incorporando no solo formación que conlleve la adquisición de cualificación mediante certificados de profesionalidad, sino especialidades formativas que tengan una menor duración y que favorezcan por tanto el cumplimiento del objetivo de recuperación del empleo en la Comunidad de Madrid.